TARIFAS MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES
Enviado por betyna36 • 10 de Marzo de 2013 • Informe • 2.940 Palabras (12 Páginas) • 589 Visitas
TARIFAS MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES
Los precios que aquí se muestran son en pesos mexicanos y no incluyen IVA.
MARCAS, AVISOS Y NOMBRES COMERCIALES
Conforme al Título Cuarto de la Ley
14 Por los servicios que presta el Instituto en materia de marcas, avisos y nombres comerciales, se pagarán las siguientes tarifas:
14 a Por el estudio de una solicitud nacional para el registro de una marca hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título; $2,303.33
14 b Por la renovación de un registro de marca nacional, por cada clase; $2,433.41
14 c Por el estudio de una solicitud para el registro de un aviso comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la expedición del título; $614.77
14 d Por la renovación de un registro de aviso comercial; $730.24
14 e Por el estudio de una solicitud de nombre comercial hasta la conclusión del trámite o, en su caso, la publicación, y $528.37
14 f Por la renovación de la publicación de un nombre comercial. $654.81
14 g Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente conocida; $2,578.63
14 h Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa; $2,466.77
14 i Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconoce; $955.95
14 j Por la emisión de la declaración de marca famosa; $44,722.35
14 k Por la actualización de una declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconozca la notoriedad; $1,167.89
14 l Por la actualización de una declaración de marca famosa; $44,722.35
36 Cuando se presenten solicitudes de registro internacional de marca conforme al Protocolo Concerniente al Arreglo de Madrid Relativo al Registro Internacional de Marcas, se pagarán las siguientes tarifas, sin perjuicio de lo dispuesto en dicho Instrumento y en el Reglamento Común del Arreglo y del Protocolo de Madrid:
36 a Tarifas Individuales. Se pagarán directamente a la Oficina Internacional, en FRANCOS SUIZOS.
36 a 1 Por el estudio de una solicitud internacional o, en su caso, una designación posterior, cuando México haya sido designado, hasta la conclusión del trámite, por cada clase, y 193 (Incluye IVA)
36 a 2 Por la renovación de un registro de marca internacional, cuando México haya sido designado, por cada clase. 204 (Incluye IVA)
36 b Tarifas Nacionales. Se pagarán directamente al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, en PESOS MEXICANOS.
36 b 1 Por el estudio de certificación de la solicitud internacional cuando México sea Oficina de Origen, por cada clase; $ 1,145.69
36 b 3 Por la transformación de un registro en una solicitud nacional, y $ 2,016.38
36 b 4 Por la toma de nota de la sustitución de un registro nacional por un registro internacional. $ 503.45
36 b 2 Por la transmisión o presentación de solicitudes, peticiones u otros documentos correspondientes a trámites internacionales ante la Oficina Internacional; $ 772.41
PROTECCION DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL Y DE DERECHOS DE AUTOR EN MATERIA DE COMERCIO
Conforme a los títulos Cuarto, Sexto y Séptimo de la Ley de la Propiedad Industrial y al Capítulo II, Título XII de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Art./
Frac. Concepto Importe
16 Por el estudio y tramite de una solicitud de declaración administrativa de nulidad, caducidad, cancelación e infracción administrativa y declaración administrativa de infracción de derechos de autor en materia de comercio. $1,360.81
17 Por la visita de inspección $486.25
18 Por cualquier inscripción en el Registro General de Poderes. $127.64
27 a Por la expedición de copias certificadas, por hoja $10.44
27 c Por la expedición de copias simples, por pagina $3.01
27 b Por la compulsa de documentos $14.14
27c bis Por la expedición de copias simples, por cada hoja de tamaño carta u oficio a color $10.76
27a bis Por la expedición de copias certificadas, por cada hoja de tamaño carta u oficio a color $13.96
14 g Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca notoriamente conocida $2,578.63
14 h Por el estudio de la solicitud de la estimación o declaración de marca famosa $2,466.77
14 i Por la emisión de la declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconoce $955.95
14 j Por la emisión de la declaración de marca famosa $44,722.35
14 k Por la actualización de una declaración de marca notoriamente conocida, por cada clase en la que se reconozca la notoriedad $1,167.89
14 l Por la actualización de una declaración de marca famosa $44,722.35
¿QUÉ ES EL SISTEMA DE MADRID?
El Sistema de Madrid para el Registro Internacional de Marcas (Sistema de Madrid), establecido en 1891, se rige en virtud del Arreglo de Madrid (1891) y del Protocolo de Madrid (1989). Está administrado por la Oficina Internacional de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), organismo especializado del sistema de las Naciones Unidas, con sede en Ginebra, Suiza.
El Sistema de Madrid se conforma por las partes contratantes que pertenecen al Arreglo (56 Miembros o Estados), y aquéllas que pertenecen al Protocolo (88). Cabe señalar que de las partes contratantes del Arreglo sólo Argelia no pertenece al Protocolo. En el proceso de un registro internacional intervienen tres actores principales:
1. La Oficina de Origen (de la marca de base);
2. La Oficina Internacional, y
3. Las Oficinas Nacionales designadas en la solicitud.
México, así como cada una de las partes firmantes del Protocolo de Madrid, puede desempeñar dos papeles: a) como Oficina de Origen (OO) y b) como Oficina Designada (OD). Además de éstas siempre estará presente la OMPI como Oficina Internacional. El siguiente esquema lo muestra de forma general:
La solicitud o registro de base se refiere a la solicitud presentada o a un derecho otorgado en la Oficina de un estado parte del Protocolo de Madrid y que constituye el fundamento de la solicitud internacional.
El procedimiento de tramitación de la solicitud de marca internacional se lleva en cabo tres etapas principales:
1. La presentación y revisión de formalidades de la solicitud internacional ante la Oficina de Origen,
2. El estudio de formalidades, publicación y remisión a las Oficinas Designadas por la Oficina internacional, y
3. La recepción y análisis de fondo (concesión
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