Titularizacion En Costa Rica
Enviado por cmendozalios • 30 de Noviembre de 2013 • 1.141 Palabras (5 Páginas) • 493 Visitas
REVISTA ACTUALIDAD ECONÓMICA N.244-01
Titularización de Activos
¿Un mercado potencial?
Conforme el mercado de valores se desarrolla, son más los instrumentos de inversión que aparecen, entre ellos la titularización. Esto es importante para las operadoras de fondos de pensión, que se convertirán en demandantes institucionales de los valores asociados a estos procesos.
Por: Isaac Castro Esquivel
Encargado de Proyectos 1
BN Banca de Inversión
Es altamente probable que el mercado de capitales costarricense en un futuro inmediato, experimente el surgimiento de emisores o vehículos de estructuración, con el objetivo de realizar oferta pública de valores cuyo colateral será un conjunto de derechos de crédito o cobro, pues el flujo de caja asociado a estos servirá para hacerle frente a las obligaciones financieras que resulten de los nuevos valores. Esto es, justamente, lo que se conoce como titularización.
Uno de los factores que impulsará la titularización como técnica de financiamiento es el surgimiento del Reglamento sobre la oferta pública de valores provenientes de procesos de titularización. Este nuevo marco normativo posibilitará la titularización de activos bancarios (préstamos, tarjetas de crédito, etc.); o activos de empresas como los contratos de suscripción por la prestación de servicios, peajes de autopistas u otro ingreso futuro.
Esta técnica le permitirá tanto a bancos como empresas una fuente alternativa de financiamiento. En particular, cuando un banco o empresa titularice un conjunto de derechos de crédito o cobro, lo que en definitiva estará realizando es una cesión de este activo, para que su flujo de caja repague las obligaciones financieras de los nuevos títulos valores, cuya colocación dentro del universo de inversionistas habrá ocasionado los recursos alternativos de financiamiento.
¿Qué factores impulsarán la titularización?
Aunado al soporte normativo, se encuentran otros factores estructurales que impulsarán el desarrollo de un mercado de valores provenientes de procesos de titularización, a saber, el interés mostrado por las entidades originadoras de crédito hipotecario para vender estos activos, el aumento del plazo de los créditos hipotecarios, la exploración de las empresas por fuentes alternativas de fondeo y la creación de las operadoras de fondos de pensión.
El interés de las entidades originadoras de crédito hipotecario ha quedado manifiesto con la redefinición de los procedimientos y acciones que dan origen a un crédito hipotecario. En particular, las entidades que otorgan créditos hipotecarios han venido instrumentalizando esquemas de homogenización (estandarización) de estos créditos, con el objeto de facilitar el agrupamiento de esos activos.
Asimismo, esto se ha visto complementado por un aumento en el plazo promedio de vencimiento de los créditos hipotecarios en el país. De esta forma, es común observar a diferentes intermediarios financieros ofreciendo hipotecas con plazos de vencimiento que van desde los quince hasta los treinta años. Por lo tanto, el aumento en el plazo promedio de vencimiento favorecerá a que las emisiones de valores asociadas a procesos de titularización sean de largo plazo.
No obstante, las primeras titularizaciones de créditos hipotecarios originados por instituciones financieras radicadas en el país, se han colocado en los mercados internacionales. La justificación para realizar estas colocaciones afuera, es que servirán para desarrollar el mercado de créditos hipotecarios con fondos de largo plazo provenientes del extranjero, pues existe la percepción de que en el país no hay fondos para hipotecas.
Pero indudablemente, las operadoras de fondos de pensión se convertirán en demandantes institucionales de los valores asociados a procesos de titularización cuya colocación se realice en el mercado interno. Ello debido a que la Ley de Protección al Trabajador establece que estas "deberán invertir, por lo menos, un quince por ciento (15%) de los fondos depositados en ellas por concepto del Régimen Obligatorio
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