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Transporte


Enviado por   •  29 de Mayo de 2015  •  950 Palabras (4 Páginas)  •  172 Visitas

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Contrato de transporte internacional

Es fundamental en este contrato pensar en la compraventa y la retroalimentación. La operación en términos globales y la relación con el medie de pago ej.: el certificado que se entrega al banco.

Es una actividad muy regulada a nivel nacional e internacional. Realizado por una empresa de transporte, un comerciante a cambio de una contraprestación, que se denomina fleta. L obligación que caracteriza es el transportar o trasladar la cosa,

El porteador es el transportista. Este visto como una actividad accesoria, un auxiliar del comercio donde el protagonista es el comerciante (esta es una visión del siglo XIX).

Actualmente tiene mayor poderío la empresa que transporta que el propio comerciante.

El contrato de transporte es de adhesión, no se negocian las condiciones impuestas por el propio transportista.

¿Cómo se regula la responsabilidad del transportista? ¿Cómo y cuándo responde?

Se regula por límites máximos de indemnización producto de las conveniencias del transportista inter.

En el transporte si sube los daños va a recaer en el precio del flete inter. Sube el flete ya que muchas veces el seguro no cubre todos los daños.

El transporte es una esencial parte de la compraventa.

El fletamento es la capacidad de determinado vehículo Hay diversas porteadores que surgieron como agentes o mediadores que acercaban en un inicio al trasportista con el comerciante. Luego pasaron al ámbito intermedio donde se obliga a trasladar la cosa y se convierte en porteador de hecho que asume la obligación y subcontrata con otro que es quien realiza el servicio.

Dos tipos de porteadores→ De Hecho → Jurídico

Primero debemos ir a la norma aplicable y ver lo que dice la convención.

Trasladar la misma cosa en el mismo estado que la recibe, es una obligación de RESULTADO.

No importa si no se cumplió por una ausencia de la culpa del obligado, es responsable igual y se le exige que la cosa llegue a destino en el mismo estado que fue recibida.

*Tiene causales de exoneración: si puede probar que todos han mediado para que se de ese resultado como un vicio de la cosa, o de la mercadería, razón de hecho de la victima porque el mismo cargador procedió mal.

En principio responde, en el contenido de documento que debe entregar el porteador debe probar mediante el documento de transporte si el estado de la mercadería no es el ideal, etc. lo debe expresar en el conocimiento de embarque que puede ser →Limpio (cantidad y estado correcto) o (no corresponde con lo descripto) →Sucio.

Surge por el mismo documento de transporte el estado y se presume por la jurisprudencia que es una presunción absoluta y depende de si lo puede probar o no para exonerarse.

Hay diferencias si el que recibe la propia mercadería en destino es un tercero o el propio comprador. Pueden haber terceros de buena fé involucrados, cuando la mercadería va viajando y

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