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Un Titlulo Sin Nada


Enviado por   •  24 de Noviembre de 2014  •  11.047 Palabras (45 Páginas)  •  196 Visitas

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GUÍA DE CONTENIDOS DE BASES FILOSÓFICAS, LEGALES Y ORGANIZATIVAS DEL SISTEMA EDUCATIVO MEXICANO.

BLOQUE I. LOS PRINCIPIOS FILOSÓFICOS

Propósitos

Mediante el estudio de los temas y la realización de las actividades correspondientes se espera que los estudiantes normalistas:

• Conozcan los principios filosóficos de la educación en México expresados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General de Educación y la ley estatal correspondiente.

• Analicen los fundamentos de estos principios y sus implicaciones en la práctica educativa.

Temas

1. La educación como medio para desarrollar las capacidades humanas y fomentar el progreso científico. La lucha contra la ignorancia y sus efectos: las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

El artículo 3º de la constitución política de los Estados Unidos Mexicanos contempla lo referido a la educación. El concepto de educación, se orienta hacia desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano, fomentando en él a la vez, el amor a la patria, la conciencia de solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

La educación es un patrimonio de todos los hombres, y constituye un deber de la sociedad y del Estado. Ha estado presente a lo largo de nuestra historia, desde la época precortesiana, donde ya estaba a cargo del estado, con dos escuelas: El Calmecac para la nobleza y la enseñanza religiosa y el Telpochcalli, para la guerra y la clase media; el resto recibía la educación de tipo doméstico. En la etapa colonial la educación tuvo un sentido religioso y humanístico, con materias básicas como la teología, derecho y filosofía. No existió la enseñanza científica ni técnica.

En la época de nación independiente, el Estado adquirió la facultad de promover la ilustración, en la constitución de 1824. Se hizo uso de la enseñanza mutua, con la Compañía Lancasteriana. Las reformas educativas y la constitución de 1857, declararon en el artículo 3º la libertad de enseñanza. En especial la enseñanza primaria gratuita, laica y obligatoria.

En la constitución de 1917, el artículo 3º otorgó al Estado, la facultad de impartir educación. Reiterando que la educación primaria permaneciera ajena a la influencia extraña a los intereses nacionales, sea obligatoria y gratuita cuando la imparta el estado.

El artículo 3º establece una serie de principios, propósitos y condiciones que regulan la tarea de educar:

- Laica, ajena a todo credo religioso.

- Democrática, para que el progreso se realice en todos los órdenes: económico, social y cultural, y en beneficio de todo el pueblo.

- Nacional, para proteger los intereses de la patria

- Social, respetando a la persona, aprecio a la familia y el sentido de solidaridad con los demás, así como los principios de igualdad y fraternidad con todos los hombres

En 1992-1993, el laicismo implicó que el Estado no tiene ninguna religión, pero respeta a todos.

La educación se basa en el progreso científico y luchará en contra de la ignorancia, los prejuicios y fanatismos. Esto no se impone a los planteles particulares, aunque se realizan los estudios con apego a los planes y programas de estudio. El estado tiene obligación de impartir educación preescolar, primaria y secundaria.

Dentro del Artículo 7º de la LGE, en la finalidad I, se establece, como fines relacionados con esta característica:

II.- Favorecer el desarrollo de facultades para adquirir conocimientos, así como la capacidad de observación, análisis y reflexión críticos;

VII.- Fomentar actitudes que estimulen la investigación y la innovación científicas y tecnológicas.

La educación impartida por el Estado, se extiende de la primaria a la secundaria. El federalismo educativo se cumple, los tres niveles de gobierno- federación, estados y municipios- mantendrán unidad en materia educativa.

Es un proceso permanente que contribuye al desarrollo del individuo y a la transformación de la sociedad y es el factor determinante para la adquisición de conocimientos y para formar al hombre de manera que tenga sentido de solidaridad social. De ahí que tenga doble función: por un lado una función conservadora, al transmitir principios, normas y valores de la cultura y; transformadora al proponer nuevas objetivos para el desarrollo del país y del mundo.

La función educativa es fundamental para la adquisición de los conocimientos básicos y para los conocimientos más completos que implican los estudios de nivel superior. También forma para la solidaridad, para la unidad con el grupo que produce la comunidad.

Las características de la educación son:

I garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II. El criterio que orientara a esa educación se basara en los resultados del progreso científico, luchara contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Además:

a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

b) será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y

c) contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religion, de grupos, de sexos o de individuos.

2. El laicismo: garantía de la libertad de creencias. Su relación con el principio de la separación entre el Estado y las iglesias.

La constitución de los Estados Unidos Mexicanos, contempla el laicismo en los artículos 3º, 6º y 24º. En el primero garantiza la libertad de creencias, por lo que educación será laica, manteniéndose ajena a cualquier doctrina religiosa. En el articulo 6º, se respeta la manifestación de ideas, siempre y cando no provoquen ataques a la moral. En el artículo 24, se sostiene que todo hombre tiene derecho a profesar la creencia religiosa que más le agrade y a practicar ceremonias, devociones y actos

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