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Conversión de Monedas Extranjeras


Enviado por   •  28 de Mayo de 2015  •  406 Palabras (2 Páginas)  •  216 Visitas

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NIF B-15 Conversión de Monedas Extranjeras

Son normatividades creadas para el reconocimiento de transacciones en moneda u operación extranjera, en los estados financieros. Primeramente una operación extranjera es una unidad generadora de efectivo cuyas operaciones están basadas o se llevan a cabo en un entorno económico o moneda distintos a los de la entidad informante. En segunda hay una clasificación de monedas que fundamentan los efectos de conversión. Primeramente es la Moneda de Informe, que es utilizada por una entidad para producir Estados Financieros; Moneda de Registro, que se mantienen para fines legales o de Información; la Moneda Funcional, aquella con la que opera una entidad en su entorno económico primario que genera y aplica efectivo y por último la Moneda Extranjera, una moneda distinta a las anteriores. El claro ejemplo es una Empresa Mexicana posee el Capital de una Entidad Guatemalteca y sus flujos de efectivo son en su totalidad dólares (Moneda Funcional). Mantiene sus registros en Quetzales (Moneda de registro) para cumplir con la legislación del país que opera. La mexicana presenta su información financiera en pesos (Moneda de Informe).

Con base a lo anterior, un efecto de conversión esta originado por la diferencia de convertir la moneda funcional a la moneda de informe de una operación extranjera. Existe una clasificación de cambios. El principal se define como una relación de cambios entre dos monedas a una fecha determinada, esta fecha es el reconocimiento inicial. Por segunda tenemos el tipo de cambio histórico contado a la fecha de transacción, y por tercero el tipo de cambio de cierres, es el contado a la fecha del balance general.

A la fecha de cierre de los estados financieros los saldos de partidas monetarias derivadas de transacciones en moneda extranjera deben convertirse al tipo de cambio de cierre. El reconocimiento posterior, modifica la información (Moneda Informe) para presentarse con base a las NIF Mexicanas utilizadas por la entidad informante.

Hay un factor primordial en las transacciones de monedas extranjeras, los entornos económicos inflacionarios, los efectos de la inflación deben reconocerse de acuerdo a la NIF B-10, los activos y los pasivos y capital deben convertirse al tipo de cambio de cierre. Y en los entornos no inflacionarios deben reconocerse al tipo de cambio histórico todas las transacciones.

Las normas de Revelación mencionan, el importe de las fluctuaciones cambiarias, las monedas de registro, funcional y de informe, los tipos de cambios utilizados en los procesos, cualquier restricción cambiaria etc.

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