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Conversión De Moneda Extranjera


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2013  •  4.090 Palabras (17 Páginas)  •  845 Visitas

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CONVERSIÓN DE MONEDAS EXTRANJERAS

Objetivo

Establecer la normatividad para el reconocimiento de las transacciones en moneda extranjera y las operaciones extranjeras en los estados financieros de la entidad informante y la conversión de su información financiera a una moneda de informe diferente a su moneda de registro o a su moneda funcional. Así mismo, se establecen normas de presentación y revelación.

Definición de términos:

a) Entidad informante. Entidad emisora de los estados financieros. Para estos propósitos puede ser: una entidad individual, una controladora, una tenedora, un inversionista, o un participante en negocios conjuntos.

b) Efecto por conversión. Diferencia resultante de convertir de la moneda funcional a la moneda de informe, el Balance General y el Edo. de resultados de una operación extranjera.

c) Fluctuación cambiaria o diferencia en cambios.

Diferencia resultante de:

1. Convertir transacciones o saldos denominados en moneda extranjera a otra moneda, utilizando diferentes tipos de cambio.

2. Convertir información financiera de la moneda de registro a la moneda funcional.

d) Inversión neta en una operación extranjera. Importe de participación de la entidad informante en los activos netos de una operacion. Extranjera.

e) Moneda de informe. Aquella elegida y utilizada por una entidad para presentar sus estados financieros.

f) Moneda de registro. Es aquella en la cual la entidad mantiene sus registros contables, ya sea para fines legales o de información.

g) Moneda extranjera. Es cualquier moneda distinta a la de registro, a la funcional o a la de informe de la entidad, según las circunstancias.

h) Moneda funcional. Aquélla con la que opera una entidad en su entorno económico primario; es decir, en el que principalmente genera y aplica efectivo.

Moneda de informe. Aquella elegida y utilizada por una entidad para presentar sus estados financieros.

f) Moneda de registro. Es aquella en la cual la entidad mantiene sus registros contables, ya sea para fines legales o de información.

g) Moneda extranjera. Es cualquier moneda distinta a la de registro, a la funcional o a la de informe de la entidad, según las circunstancias.

h) Moneda funcional. Aquélla con la que opera una entidad en su entorno económico primario; es decir, en el que principalmente genera y aplica efectivo

EJEMPLO:

La Mexicana S.A de C.V. posee el 100% del capital de la Guatemalteca, S.A. la cual inicio operaciones en el año 200x. La guatemalteca se dedica a la actividad comercial y sus flujos de efectivo son en su totalidad en dólares (moneda funcional), no obstante mantiene sus registros en quetzales (moneda de registro) para cumplir con la legislación del país del que opera. La mexicana presenta su información financiera en pesos (moneda de informe)

i) Operación extranjera. Entidad jurídica o una unidad generador de efectivo cuyas operaciones están basadas ose llevan a cabo en un entorno económico o moneda distintos a los de la entidad informante. Por ejemplo: Una subsidiaria, una asociad, una sucursal, un negocio conjunto, o cualquier otra entidad que utiliza una monedada informe distinta a su moneda funcional (por ejemplo una entidad mexicana cuya moneda funcional es el peso y su moneda de informe es el dólar).

i) Partidas monetarias. Son aquéllas que se encuentran expresadas en unidades monetarias sin tener relación con precios futuros de determinados bienes o servicios; su valor nominal no cambia por los efectos de la inflación por lo que se origina un cambio en su poder adquisitivo. Son partidas monetarias, el dinero, los derechos a recibir dinero y las obligaciones de pagar dinero

j) .k) Partidas no monetarias. Aquéllas cuyo valor nominal varía de acuerdo con el comportamiento de la inflación, motivo por el cual, derivado de dicha inflación, no tienen un deterioro en su valor; éstas pueden ser activos, pasivos, capital contable o patrimonio contable. Son partidas no monetarias, los inventarios, el activo fijo y los activos intangibles, entre otros.

l) Transacciones en moneda extranjera. Son aquéllas realizadas por la entidad informante, cuyo importe se denomina o se realiza en una moneda extranjera.

m) Tipo de cambio. Es la relación de cambio entre dos monedas a una fecha determinada.

n) Tipo de cambio de contado. Es el utilizado en transacciones con entrega inmediata) Tipo de cambio de cierre. Es el de contado a la fecha del balance general.

p) Tipo de cambio histórico. El de contado a la fecha de la transacción.

q) Valor razonable. Es el monto de efectivo o equivalentes que participantes en el mercado estarían dispuestos a intercambiar para la venta de un activo, o para transferir un pasivo, en una operación entre partes interesadas, dispuestas e informadas, en un mercado de libre competencia Si para el proceso de conversión están disponibles varios tipos de cambio, debe utilizarse aquél con el que los flujos futuros defectivo representados por la transacción, el saldo en moneda extranjera, o la operación extranjera, pudieron haber sido realizados a la fecha de conversión.

Tipo de cambio Si derivado de un control de cambios existen temporalmente restricciones o ausencias de intercambio de divisas el tipo de cambio a utilizar debe ser el que pueda proporcionar algún mercado de divisas reconocido. De no existir información al respecto en tales mercados y mientras no se pueda determinar un tipo de cambio adecuado, la Entidad:

1. Si se trata de una subsidiaria dejar de consolidar sus estados financieros;

2. La inversión en la subsidiaria, en su caso en la asociada, debe presentarse con el mismo valor determinado en el último periodo en el que se identificó un tipo de cambio adecuado para la conversión;

3. Con base en la NI particular Relevancia, la inversión permanente en acciones debe someterse inmediatamente a las pruebas de deterioro; incluso, cuando no existe una forma realista de repartirla inversión, la entidad debe castigar el valor de dicha inversión hasta llegar a ceo. Transacciones en moneda extranjera.

Se incluyen aquéllas en que la entidad:

a) Compra o vende bienes o servicios cuyo precio se denomina en una moneda extranjera.

b) Presta o toma prestados fondos, si los importes correspondientes se establecen a cobrar o pagar en una moneda extranjera

c) Adquiere o dispone de activos, o bien, incurre, transfiere, o liquida pasivos,

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