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Moneda extranjera


Enviado por   •  17 de Septiembre de 2013  •  Ensayo  •  1.009 Palabras (5 Páginas)  •  422 Visitas

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Artículo 7º.- MONEDA EXTRANJERA. En las operaciones de importación el tipo de cambio será el utilizado por la Aduana para la determinación del valor aduanero.

Artículo 8º.- TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. Las mercaderías que circulen en el territorio nacional, deberán estar acompañadas de su correspondiente factura la cual podrá ser sustituida por la nota de envío la que deberá cumplir con los requisitos y formalidades que establece la Administración para el Impuesto al Valor Agregado.

En el caso de que la mercadería sea trasladada de un local a otro del propio contribuyente, la nota de envío deberá dejar expresamente reflejada dicha situación, identificando el domicilio del local que la recibirá. En todos los casos la nota de envío deberá contener un detalle de la mercadería transportada.

La Administración podrá solicitar otras exigencias a las que deberá someterse la documentación mencionada.

Artículo 9º- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.Artículo 7º.- MONEDA EXTRANJERA. En las operaciones de importación el tipo de cambio será el utilizado por la Aduana para la determinación del valor aduanero.

Artículo 8º.- TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. Las mercaderías que circulen en el territorio nacional, deberán estar acompañadas de su correspondiente factura la cual podrá ser sustituida por la nota de envío la que deberá cumplir con los requisitos y formalidades que establece la Administración para el Impuesto al Valor Agregado.

En el caso de que la mercadería sea trasladada de un local a otro del propio contribuyente, la nota de envío deberá dejar expresamente reflejada dicha situación, identificando el domicilio del local que la recibirá. En todos los casos la nota de envío deberá contener un detalle de la mercadería transportada.

La Administración podrá solicitar otras exigencias a las que deberá someterse la documentación mencionada.

Artículo 9º- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.Artículo 7º.- MONEDA EXTRANJERA. En las operaciones de importación el tipo de cambio será el utilizado por la Aduana para la determinación del valor aduanero.

Artículo 8º.- TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. Las mercaderías que circulen en el territorio nacional, deberán estar acompañadas de su correspondiente factura la cual podrá ser sustituida por la nota de envío la que deberá cumplir con los requisitos y formalidades que establece la Administración para el Impuesto al Valor Agregado.

En el caso de que la mercadería sea trasladada de un local a otro del propio contribuyente, la nota de envío deberá dejar expresamente reflejada dicha situación, identificando el domicilio del local que la recibirá. En todos los casos la nota de envío deberá contener un detalle de la mercadería transportada.

La Administración podrá solicitar otras exigencias a las que deberá someterse la documentación mencionada.

Artículo 9º- Comuníquese, publíquese y dése al Registro Oficial.Artículo 7º.- MONEDA EXTRANJERA. En las operaciones de importación el tipo de cambio será el utilizado por la Aduana para la determinación del valor aduanero.

Artículo 8º.- TRANSPORTE DE MERCADERÍAS. Las mercaderías que circulen en el territorio nacional, deberán estar acompañadas de su correspondiente factura la cual podrá ser sustituida por la nota de envío la que deberá cumplir con los requisitos y formalidades que establece la Administración para el Impuesto al Valor Agregado.

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