Politicas Publicas
Enviado por ardo23 • 19 de Octubre de 2012 • 13.700 Palabras (55 Páginas) • 260 Visitas
INDICE
Medidas Cautelares y vía ejecutiva
1. Concepto……………………………………………………………………
2. Legislación………………………………………………………………….
3. Características……………………………….……………………………..
4. Periculum in Mora………………………….………………………………
5. Fumus Boni Iuris……………………………………..……………………
6. Periculum in damni………………………………………………………..
7. Clasificación……………………………………………………………….
a. Nominadas……………………………………………………………..
i. Embargo…………………………………………………………….
ii. Secuestro de bienes determinados……………………………..
iii. Prohibición de enajenar bienes inmuebles…………................
b. Innominadas………………………………………………………….
i. Providencias cautelares………………………………………….
8. Poder General de decretar Medidas Cautelares……………………..
9. Diferencias entre las Medidas Nominadas y las Medidas innominadas
10. Procedimiento de las medidas preventivas……………………………..
11. Amparo cautelar……………………………………………………………
12. Conclusiones……………………………………………………………...14
13. Bibliografia…………………………………………………………………15
INTRODUCCION
En el siguiente trabajo vamos a ver como las providencias cautelares se diferencian de la acción preventiva definitiva y la permanencia de sus efectos, pues éstos son provisionales y depende la medida en su existencia de un acto judicial posterior, al servicio del cual se dicta.
CALAMANDREI en su obra Introducción al estudio sistemático de las providencias cautelares, que hoy por hoy es la sistematización más completa y más profunda sobre la materia, banalizando sucesivamente los distintos criterios en base a los cuales pudiera lograrse un aislamiento y una definición de las providencias cautelares de las otras decisiones numerosas y variadas que dicta el Juez a lo largo del proceso.
Para la Doctrina, el proceso cautelar sirve de forma inmediata a la composición procesal de la litis pues su finalidad es la garantía del desarrollo o resultado de otro proceso del cual saldrá la composición definitiva.
Calamandrei sostiene que una medida preventiva es la anticipación provisoria de los efectos de la garantía jurisdiccional, vista su instrumentalidad o preordenación.
Para Couture, la finalidad de las medidas cautelares es la de restablecer la significación económica del litigio con el objeto de asegurar la eficacia de la sentencia y cumplir con un orden preventivo: evitar la especulación con la malicia
LA VIA EJECUTIVA
TITULO II
CAPITULO I
LIBRO CUARTO
NATURALEZA JURIDICA
La naturaleza jurídica del juicio ejecutivo es la de un proceso sumario por razones cualitativas. La palabra ejecutiva denota la idea de ejecución. En vista de esta naturaleza del juicio ejecutivo es que se ha admitido por la Corte Suprema de Justicia que dentro de este juicio existe lo que se ha de llamar procedimiento de oficio, esto consiste en la facultad que conservan los jueces o tribunales para denegar la ejecución aún cuando ya la hubieren admitido inicialmente, aún cuando se deduzca la oposición pertinente los jueces y tribunales han conservado esta facultad, esta jurisdicción para denegar la ejecución, revocando el auto de solvendo que inicialmente dictaron o proveyeron cuando a juicio de ellos por un estudio mejor lleguen a la conclusión, a la convicción de que le faltan al título ejecutivo alguno de los requisitos de fondo o de forma, requisitos sin los cuales la ley no lo considera como título ejecutivo bastante o suficiente.
El título ejecutivo tiene dos significados: sustancial y formal:
Sustancial: Lo sustancial consiste en la declaración en él contenida y en esa declaración es que debemos buscar los requisitos de fondo (certeza, liquidez, exigibilidad).
Formal: Los requisitos de forma se refieren al documento mismo, al título, al documento que contiene esa declaración.
CONCEPTO
La especialidad del procedimiento de la vía ejecutiva consiste en el adelantamiento de los tramites de ejecución, excepto el remate, aún antes que tenga lugar el contradictorio, y más allá de esto, en la obtención, sin prestación de garantía alguna, de un embargo sobre bienes muebles o inmuebles indistintamente, cosa que no es posible en el ordinario o cualquier otro procedimiento.
PROCESO EJECUTIVO.
El juicio ejecutivo tiene asignado un procedimiento sumario es decir, procedimiento breve, y las razones que ameritan este procedimiento sumario para el juicio ejecutivo, para las pretensiones ejecutivas no son en relación a la cuantía de la ejecución, al fondo de la ejecución, sino más bien a la calidad que se funda el título ejecutivo. Es decir este título ejecutivo contiene un elemento productor de certezas aparentemente considerado por lo menos en el momento en que se presenta la demanda ejecutiva. El título ejecutivo viene a ser la prueba plena del derecho que afirma poseer, tener el ejecutante.
De modo que el conocimiento del juez se reduce en un principio a examinar este título, a examinar su apariencia, a ver si está asistido de todos los requisitos de fondo y de forma para merecer la tutela privilegiada que indica la vía ejecutiva.
La vía ejecutiva, es un procedimiento con el que se adelantas las medidas cautelares hasta que se decida el proceso ordinario, a menos que no se hubiere presentado oposición; en cuyo caso el proceso ejecutivo culminara sin las dilaciones a que los someten el llamado juicio cognoscitivo
CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL
Artículo 630: Cuando el demandante presente instrumento público u otro instrumento auténtico que pruebe clara y ciertamente la obligación del demandado de pagar alguna cantidad líquida con plazo cumplido; o cuando acompañe vale o instrumento privado reconocido por el deudor, el Juez examinará cuidadosamente el instrumento y si fuere de los indicados, a solicitud del acreedor acordará inmediatamente el embargo
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