Modificaciones a la Ley de Telecomunicaciones
Enviado por octaviosalevsky • 3 de Julio de 2013 • Ensayo • 414 Palabras (2 Páginas) • 319 Visitas
Ernesto Halabi es el abogado que promovió amparo contra la ley 25.873, modificatoria de la ley de telecomunicaciones 19.798. En virtud de ello, el Ejecutivo había dictado el decreto 1563/04, que incluyó en el concepto de "telecomunicaciones" al tráfico de datos por internet.
La ley 25.873 (a veces llamada "ley espía") decía tres cosas. Primero, que las telefónicas debían disponer los medios para que las comunicaciones sean interceptadas a requerimiento del Poder Judicial y del Ministerio Público. Segundo, que debían conservar por diez años los registros de llamadas o conexiones. Tercero, que el Estado se hacía responsable por los eventuales daños y perjuicios derivados de todo esto.
El accionante planteó sus agravios alegando "violación de sus derechos a la privacidad y a la intimidad, en su condición de usuario, a la par que menoscaba el privilegio de confidencialidad que, como abogado, ostenta en las comunicaciones con sus clientes".
En primera instancia, la Justicia habilitó competencia aún cuando la ley no se estaba aplicando por propia decisión del Ejecutivo (quien había postergado la entrada en vigencia de la reglamentación). Pero, con buen criterio, se asumió que la sola vigencia de la ley implicaba que no era cuesbtión "abstracta". Y, en cuanto al fondo, se dijo que la ley era inconstitucional básicamente porque "de sus previsiones no queda claro en qué medida pueden las prestatarias captar el contenido de las comunicaciones sin la debida autorización judicial" (además, en otros fundamentos se aludía al riesgo de que los datos captados sean utilizados para fines distintos de los de investigación, exceso en la reglamentación, insuficiencia del debate parlamentario).
La Cámara luego ratificó,apuntando a la tutela constitucional de un ámbito de privacidad que -señaló- sólo puede ser invadido por el Estado "sobre la base de ponderadísimos juicios que sean capaces de demostrar que las restricciones conciernen a la subsistencia de la propia sociedad" (esto es, por orden judicial de intervención, fundada) siendo insuficiente la sola invocación de la finalidad de "combatir el delito" que se postulaba para lo que era, según su criterio, el "convertir a todos los habitantes de la Nación en rehenes de un sistema inquisitivo en el que todas sus telecomunicaciones pueden ser captadas para su eventual observación remota".
Aunque, como veremos luego, el Estado no apeló sobre la inconstitucionalidad en sí, la Corte Suprema le prestó mucha atención a este caso, celebrando una audiencia en Julio del año pasado a la que asistieron con alegatos adhesivos representantes del Colegio Público de Abogados y de la Federación Argentina de Colegios (FACA).
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