“LAS COBRANZAS COACTIVAS , UNA MEDIDA CAUTELAR COMO MECANISMO DE REPARACIÓN EN LOS PROCESOS DE RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS DE LAS EMPRESAS COMERCIALES DE RENTA DE TERCERA CATEGORÍA EN LA PROVINCIA DE HUAMANGA, AYACUCHO-2014”
Enviado por karyy29 • 28 de Junio de 2016 • Ensayo • 3.990 Palabras (16 Páginas) • 371 Visitas
“LAS COBRANZAS COACTIVAS , UNA MEDIDA CAUTELAR COMO MECANISMO DE REPARACIÓN EN LOS PROCESOS DE RECAUDACIÓN DE TRIBUTOS DE LAS EMPRESAS COMERCIALES DE RENTA DE TERCERA CATEGORÍA EN LA PROVINCIA DE HUAMANGA, AYACUCHO-2014”
AUTORA:
FLORES VÍLCHEZ KARINA
CORREO: karyna29.kfv@gmail.com
Resumen
La presente artículo científico está referido sobre las cobranzas coactivas como mecanismo de reparación en los procesos de recaudación de tributos en la provincia de huamanga ,Ayacucho, que pertenece a la línea de investigación en Tributación, de la Escuela Profesional de Contabilidad de la Universidad Católica Los Ángeles Chimbote (ULADECH - CATOLICA) y tuvo como objetivo general: Demostrar de qué manera las cobranzas coactivas, pueden constituirse como mecanismo de reparación en los procesos de recaudación de tributos de las empresas comerciales de renta de tercera categoría en la provincia de huamanga-Ayacucho, 2014.
Su importancia de esta investigación radica en que mediante los estudios realizados se contribuirá al desarrollo de mecanismos de recaudación tributaria en nuestro país de esta manera se disminuirá el gran incumplimiento y la morosidad en cuanto a los tributos del país evasión e incrementar la recaudación de los mismos generando así mayor desarrollo en la ciudadanía.
En el Perú, para determinar la legislación a aplicar en el procedimiento de cobranza coactiva resulta de suma importancia la determinación de la naturaleza tributaria o no de la deuda que se tiene con el Estado, puesto que las normas, en uno y otro caso, son diferentes, a pesar que en el Perú tiene la tasa más alta en lo que se refiere el impuesto general a las ventas se puede observar también que existe un gran incumplimiento tributario por parte de los contribuyentes.
Se encuentra que entre los problemas del actual sistema tributario se encuentran la baja recaudación tributaria insuficiente para financiar servicios públicos adecuados para la población más necesitada.
Al anterior problema se suma, la concentración de la recaudación en el Gobierno central y la poca participación del gobierno regional y local en la recaudación. También preocupa la estructura tributaria basada en impuestos indirectos y baja recaudación de impuestos directos (renta y propiedad) lo que causa que el impacto de la tributación en la equidad sea mínimo.
Sin embargo la implementación ilegal de garantías y seguridades para los administrados y sus derechos sostenidos por el tribunal constitucional., dificulta la normal realización de la cobranza y su recaída. La complejidad de las normas, las altas tasas de impuestos, la exagerada cantidad de beneficios tributarios direccionados hacia sectores o grupos específicos, la presencia de impuestos anti técnicos, la concentración de la carga tributaria en unos pocos formales y la existencia de un código tributario frondoso y complejo, desalientan el cumplimiento de la obligación tributaria en nuestro país.
Palabras clave: cobranza coactiva, recaudación tributaria, SUNAT, contribuyente, incumplimiento entre otros
- Introducción
El articulo científico La Cobranza Coactiva, medida cautelar, como mecanismo de reparación en los procesos de Recaudación de tributos de las empresas comerciales de renta de tercera categoría en la provincia de Huamanga -Ayacucho, 2014, radica en la importancia que significa para el Estado Peruano de la recaudación y/o Recuperación de tributos. La cobranza coactiva es el mecanismo de ejecución forzosa por excelencia, a través de la cual la Administración se procura la ejecución de una obligación de dar, hacer o no hacer, aun en contra de la voluntad del administrado.
Por razones de especialidad, por ser una actividad moderna y porque viene dando resultados en países del primer mundo, se ha propuesto a la cobranza coactiva como la mecanismo de reparación en los procesos de recaudación de tributos.
Ahora bien, la ejecución coactiva se rige por sus propias normas, señaladas en la normatividad pertinentes. La recaudación tributarias es beneficiada por ciertos mecanismos legales siendo los más conocidos como la cobranza coactiva. En cuanta a la cobranza coactiva en un mecanismo que no es solo nacional sino también en los países del Mundo que a continuación detallamos algunas caracterizaciones de la problemática:
Según el informe de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe(2014), atribuciones reducidas de la administración tributaria para cobrar la deuda tributaria y luchar contra el fraude fiscal. En la mayoría de los países de la región, la cobranza coactiva de los impuestos es responsabilidad del poder judicial. Las administraciones tributarias disponen de escasas competencias para el cobro de impuestos a los contribuyentes morosos. En muchos códigos tributarios se establece el criterio de suspensión de pago del impuesto una vez que el contribuyente recurre ante la instancia judicial sin requerirle que presente alguna garantía. Esto deja a la administración tributaria ‘desprotegida’ para recuperar por lo menos parte de la deuda morosa y en muchos países incentiva el uso del mecanismo del recurso judicial para postergar el pago de los impuestos. Estas debilidades pueden explicar en parte la existencia de niveles de deuda morosa más altos en algunos países del mundo en el año 1999.En el continente de Europa: Tenemos a Italia representando en porcentajes el 19,0 como deuda morosa y que representa el 5,0 de su PBI. Como también al país de nueva Zelandia en deuda morosa el 3,2 y que representa 0,8 de su PBI. En caso del continente de Asia oriental: Tenemos al país de Hong Kong que tiene en deuda morosa el 22,9 y que representa el 1,4 de su PBI.Como también tenemos al país de Singapur que tiene como deuda morosa el 9,6 y que representa el 0,9 de su PBI.Pasando al continente de américa latina, tenemos al país de Perú que tiene como deuda morosa el 31,0 y que representa el 3,6 de su PBI.Como también tenemos al país de México que tiene como deuda morosa el 36,6 y que representa el 2,2 de su PBI.
Guzmán, C. (2013), Derecho Constitucional, en su informe de la Incapacidad del sistema judicial de sancionar el incumplimiento fiscal menciona queal mismo tiempo, en muchos países, la tramitación de los juicios en vía contencioso-administrativa, en vía judicial o en vía penal es muy lenta, lo que retrasa la sanción de los incumplimientos por parte de los contribuyentes morosos. Esto indirectamente supone un incentivo al fraude en la medida que los contribuyentes con más medios recurren indefinidamente, sabiendo que en el mejor de los casos solamente pagarán una parte de la deuda tributaria pendiente. A esto se añade la falta de compromiso en algunos países por parte de los jueces y otros órganos del estado (como la policía) en la lucha contra el fraude fiscal.
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