Decreto supremo 28
Enviado por josef_K • 4 de Noviembre de 2019 • Apuntes • 284 Palabras (2 Páginas) • 163 Visitas
Decreto supremo 28
Dentro de las normativas que rigen a las actividades de la Gerencia se encuentra el Decreto Supremo 28, que está vigente desde fines del año 2013 y se creó para regular las emisiones de ciertos gases por parte de las fundiciones de cobre y otras fuentes emisoras de arsénico.
El decreto tiene por objetivo proteger la salud de las personas y el medio ambiente en el territorio nacional, controlando los niveles de dióxido de azufre (SO2), arsénico (As) y mercurio (Hg) de las emisiones. Tales elementos forman parte de los concentrados de cobre y, al ser procesados en actividades de fusión y conversión, se liberan como partículas en fases líquida y gaseosa, aumentando su nivel de toxicidad.
Para elaborar la norma se consideraron distintos factores relevantes, entre los cuales se pueden encontrar criterios técnicos, económicos y sociales. En primer lugar, se evaluaron tres escenarios de captura y fijación de SO2 con diferentes porcentajes, de los cuales se seleccionó el de 95%, ya que presentaba la mayor eficiencia. Respecto a las emisiones por chimeneas de material particulado y SO2, se consideró la disponibilidad tecnológica existente para recuperar el material.
Con todo lo anterior, se establecen los límites anuales de emisión de azufre y arsénico, tanto para emisiones procesos unitarios de las fuentes emisoras como para las emisiones fugitivas de las mismas.
El artículo N° 3 establece los Límites de emisión anual para fundiciones existentes. Las fundiciones existentes no deberán exceder los siguientes límites máximos de emisión para SO2 y As por año calendario:
Fuente Emisora | SO 2 [ton/año] | As [ton/año] |
Altonorte | 24 | 126 |
Caletones | 47,68 | 130 |
Chagres | 14,4 | 35 |
Chuquicamata | 49,7 | 476 |
Hernán Videla Lira | 12,88 | 17 |
Potrerillos | 24,4 | 157 |
Ventanas | 14,65 | 48 |
Simultáneamente, las fundiciones existentes deberán cumplir con un porcentaje de captura y fijación del azufre (S) y del arsénico (As) igual o superior a un 95%.
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