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Diagnostico


Enviado por   •  12 de Junio de 2014  •  3.467 Palabras (14 Páginas)  •  212 Visitas

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ACTIVIDAD DE SALUD OCUPACIONAL

RIESGOS DE SALUD Y SEGURIDAD EN EL SECTOR DE VENTAS DE PRODUCTOS Y SERVICIOS

BIENVENIDOS Y….MANOS A LA OBRA!

Querid@ Aprendiz, espero que con este tema usted se sienta motivado para indagar acerca de los riesgos a los que estamos expuestos cuando trabajamos en Gestión del Talento Humano.

CUAL ES EL TEMA?

En el área del Talento Humano, los colaboradores se enfrentan a muchos riesgos para su salud y para su vida por las condiciones de las actividades que desarrollan. De esta manera, lo invito a comprender el tema de factores de riesgo y su clasificación, así como las causas, efectos y las medidas preventivas que debemos tener para controlarlos.

QUÉ ESPERAMOS?

El propósito es que identifique y analice los riesgos generadores de enfermedad laboral y accidentes de trabajo en el área del Talento Humano, a partir de su comprensión reconozca los factores de riesgo que se exponen diariamente en esta labor, de manera que tome conciencia de su exacta dimensión y del valor que tiene la prevención de los Riesgos laborales.

QUE DEBE HACER:

1. Consultar la definición de accidente de trabajo y enfermedad laboral según la ley 1562 de 2012.

2. Consultar los Factores de riesgo ocupacional, su definición y como se clasifican, según la Guía Técnica Colombiana GTC 45.

3. Elabore un mapa conceptual de cada uno, identificando las ocupaciones donde se exponen cada uno, los efectos y controles para minimizarlos.

4. Identifique dentro del área del Talento Humano cuales son los que inciden en esta labor.

5. Realice una lista de chequeo o de verificación con la clasificación de los diferentes riesgos que generen enfermedad laboral y accidentes de trabajo.

6. En un día de trabajo como Gestor del Talento Humano que usted realice, identifique los riesgos que se expone y efectos le pueden generar (Enfermedades laboral o accidentes de trabajo) y escriba sus recomendaciones sobre medidas preventivas para el control de los riesgos en la fuente, medio y colaborador.

7. Envíe esta actividad a la plataforma Sofía por el link correspondiente.

Solución:

1.

1.1. Accidente de trabajo.

“Es accidente de trabajo todo suceso repentino que sobrevenga por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.

Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.

Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.

También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.

De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión”. (Art.3, Ley 1562 de 2012)

Es todo suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también Accidente de Trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo.

1.2. Enfermedad laboral.

“Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar. El Gobierno Nacional, determinará, en forma periódica, las enfermedades que se consideran como laborales y en los casos en que una enfermedad no figure en la tabla de enfermedades laborales, pero se demuestre la relación de causalidad con los factores de riesgo ocupacionales será reconocida como enfermedad laboral, conforme lo establecido en las normas legales vigentes”. (Art.4, Ley 1562 de 2012 )

La enfermedad laboral es de carácter transitorio o permanente que se da como consecuencia directa con la clase de labores que se desempeña el talento; por ejemplo el medio en que tiene que desempeñarse.

Un caso alusivo podría ser el de un agente de tránsito que, en medio de una calle y soportando la polución y la radiación constante del sol, sufra con el tiempo enfermedades de tipo pulmonar o en la piel.

Las enfermedades laborales más comunes son el túnel carpiano, el dolor lumbar, la sordera, las dolencias en el hombro y los codos y la inflamación del tendón del dedo pulgar.

De otra parte los accidentes de trabajo se dan por hechos repentinos durante el desarrollo de una labor o en cumplimiento de órdenes del empleador, los cuales ocasionan un daño funcional u orgánico; incluso, la muerte o invalidez.

2. Factores de riesgo ocupacionales

2.1. Definición.

“Esta guía proporciona directrices para identificar los peligros y valorar los riesgos en seguridad y salud ocupacional.

Las organizaciones podrán ajustar estos lineamientos a sus necesidades, tomando en cuenta su naturaleza, el alcance de sus actividades y los recursos establecidos”. (GTC45)

2.2. Clasificación

“- Accidente de trabajo. Suceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo, y que produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional, una invalidez o la muerte. Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la ejecución de órdenes del empleador o durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, incluso fuera del lugar y horas de trabajo (Adaptada de la Decisión 584 de la Comunidad Andina de Naciones).

- Actividad rutinaria. Actividad que forma parte de un proceso de la organización, se ha planificado y es estandarizable.

- Actividad no rutinaria. Actividad que no se ha planificado ni estandarizado, dentro de un proceso de la organización o actividad que la organización determine como no rutinaria

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