Normatividad
Enviado por dayane_jpp • 11 de Abril de 2013 • 733 Palabras (3 Páginas) • 213 Visitas
6.- Implicados en el robo de datos personales, casos, sanciones y artículos aplicables.
Protección de Datos Personales.
Ley 25.326 de Protección de Datos Personales protege los datos personales en bases de datos ya sean de acceso público o privadas destinadas a publicar informes.
Esta ley no protege la autoría o propiedad de la base de datos en sí, sino el derecho del titular de los datos (persona a quien refiere los datos) al acceso, honor, intimidad y correcto uso y tratamiento de los mismos según lo establece el artículo 43 de la Constitución Nacional.
Para esto la ley establece la obligatoriedad de la inscripción de la base de datos cumpliendo con ciertos requisitos y el incumplimiento de esta obligación resulta en infracción penada con multas y clausura de la base de datos.
Por otra parte, esta ley introdujo en nuestro Código Penal, penas de prisión de 6 meses a 3 años a aquella persona que brinde datos falsos a sabiendas a un tercero contenidas en una archivo de datos personales y si además se causa un perjuicio a alguna persona la pena se incrementa de un mínimo de 9 meses a 4 años y medio.
SANCIONES.
También reprime con la pena de prisión de un mes a dos años al que:
1. A sabiendas e ilegítimamente, o violando sistemas de confidencialidad y seguridad de datos, accediere, de cualquier forma, a un banco de datos personales;
2. Ilegítimamente proporcionare o revelare a otra información registrada en un archivo o en un banco de datos personales cuyo secreto estuviere obligado a preservar por disposición de la ley.
3. Ilegítimamente insertare o hiciere insertar datos en un archivo de datos personales.
El órgano responsable de llevar el registro y control de estas bases de datos así como su protección es la Dirección Nacional de Protección de Datos Personales que depende del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Este organismo en su página web prevé una serie de recomendaciones: “Consejos básicos para el uso de las redes sociales con Protección de Datos Personales” Facebook, HI5, y otros…
Las redes sociales generalistas o de ocio cuentan con un nivel de riesgo superior al de las redes sociales profesionales, dado que los usuarios exponen no sólo sus datos de contacto o información profesional (formación, experiencia laboral), sino que se pueden exponer de manera pública las vivencias, gustos, ideología y experiencias del usuario, lo que conlleva que el número de datos de carácter personal puestos a disposición del público es mayor que en las redes sociales de tipo profesional. Asimismo, se tratan datos especialmente protegidos, lo que supone un mayor nivel de riesgo para la protección de dichos datos personales y, por ende, del ámbito de la privacidad e intimidad de los usuarios.
Entre las principales situaciones, cabe señalar las siguientes:
• Existe un problema
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