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Enviado por sandriith18 • 13 de Noviembre de 2014 • 887 Palabras (4 Páginas) • 175 Visitas
DECRETA
CAPITULO I
De los principios y fundamentos de la ley
Artículo 1º. Objeto. Esta ley tiene por objeto establecer el marco institucional y orientar políticas, planes y Programas por parte del Estado y la sociedad civil para la juventud.
Artículo 2º. Finalidad. Como finalidad la presente ley debe promover la formación integral del joven que Contribuya a su desarrollo físico, sicólogo, social y espiritual. A su vinculación y participación activa en la vida Nacional, en lo social, lo económico y lo político como joven y ciudadano. El Estado debe garantizar el respeto y Promoción de los derechos propios de los jóvenes que le permitan participar plenamente en el progreso de la Nación.
Artículo 3º. Juventud. Para los fines de participación y derechos sociales de los que trata la presente ley, se Entiende por joven la persona entre 14 y 26 años de edad. Esta definición no sustituye los límites de edad Establecidos en otras leyes para adolescentes y jóvenes en las que se establecen garantías penales, sistemas De protección, responsabilidades civiles y derechos ciudadanos.
Artículo 4º. Para los efectos de la presente ley se entenderán como:
a) Juventud: Entiéndase por juventud el cuerpo social dotado de una considerable influencia en el presente y en El futuro de la sociedad, que puedan asumir responsabilidades y funciones en el progreso de la comunidad Colombiana;
b) Mundo juvenil: Entiéndase por mundo juvenil los modos de sentir, pensar y actuar de la juventud, que se Expresa por medio de ideas, valores, actitudes y de su propio dinamismo interno.
Artículo 5º. Formación integral y participación. El Estado, la sociedad civil y los propios jóvenes crearán Condiciones para que la juventud asuma el proceso de su formación integral en todas sus dimensiones. Esta Formación se desarrollará en las modalidades de educación formal, no formal, e informal y en su participación En la vida económica, cultural, ambiental, política y social del país.
Artículo 6º. Derechos. El Estado dará trato especial y preferente a los jóvenes que se encuentren en
Circunstancias de debilidad y vulnerabilidad manifiesta, con el fin de crear condiciones de igualdad real y Efectiva para todos. Con tal propósito desarrollará programas que creen condiciones de vida digna para los Jóvenes especialmente para los que viven en condiciones de extrema pobreza, centros urbanos, las Comunidades afrocolombianas, indígenas y raizales e indigentes y para quienes se encuentren afectados por Alguna discapacidad.
Artículo 7º. Todo joven tiene derecho a vivir la adolescencia y la juventud como una etapa creativa, vital y Formativa.
Artículo 8º. Comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas. El Estado colombiano reconoce y Garantiza a la juventud de las comunidades afrocolombianas, indígenas, raizales y campesinas el derecho a un Proceso educativo, a la promoción e integración laboral y a un desarrollo sociocultural acorde con sus Aspiraciones y realidades étnico-culturales.
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