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Programa Desarrollado Introducción al Derecho


Enviado por   •  20 de Septiembre de 2013  •  9.310 Palabras (38 Páginas)  •  518 Visitas

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Programa Desarrollado

Introducción al Derecho

Educación Superior Abierta y a Distancia •Ciencias Sociales y Administrativas

Programa de la asignatura:

Introducción al Derecho

CUATRIMESTRE:

Tercero

Unidad 3.

Elementos de las relaciones comerciales

Clave

ESAD

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Educación Superior Abierta y a Distancia •Ciencias Sociales y Administrativas

UNIDAD 3. ELEMENTOS DE LAS RELACIONES COMERCIALES

Propósitos de la Unidad

La presente unidad tiene como propósito que identifiques los elementos jurídicos que intervienen en las relaciones comerciales, para ello, relacionarás el concepto de bienes, su clasificación, los derechos y obligaciones que pueden derivarse de la posesión de los mismos.

Abordarás el tema de contratos, el cual te servirá de referencia para establecer vínculos comerciales durante el desarrollo de tu vida profesional. Competencia específica

Relaciona los elementos que componen el patrimonio empresarial, mediante la estructura contractual, para identificar las condiciones con las que se establecen las relaciones comerciales. Presentación

Como vimos en las unidades anteriores, el derecho está presente en todos los ámbitos de nuestra vida; ahora abordaremos los elementos que competen y delimitan a las relaciones comerciales para ello identificaremos el concepto de bienes y su clasificación, de la misma forma los derechos y obligaciones que pueden derivarse a partir de la propiedad de ellos, por otra parte veremos lo relacionado a los contratos, siendo estos el medio formal para establecer acuerdos de voluntades, principalmente en el ámbito empresarial. 3.1 Bienes y derechos

Comenzaremos esta unidad hablando de los bienes, los cuales pueden ser definidos como todo aquello que puede ser objeto de apropiación y por tal motivo, tienen un valor económico y se encuentran dentro del comercio. Ahora bien, los bienes en conjunto integran el patrimonio de las personas físicas y morales, que es lo que les permite responder ante sus obligaciones inmediatas y futuras.

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 Clasificación de los bienes

Los bienes se clasifican de forma genérica en dos grandes grupos que podemos identificar de forma cotidiana como:

 Bienes muebles, que se refieren a todos aquellos que pueden ser trasladados de un lugar a otro.

 Bienes inmuebles, que se refieren a todos aquellos que no pueden trasladarse de un lugar a otro.

Asimismo, existen múltiples clasificaciones de acuerdo con las diferentes características y atributos de los mismos, por lo que abordaremos las que son indispensables que conozcas:

 Bienes fungibles, son aquellos que pueden ser substituidos por otros de la misma especie, calidad y cantidad, tales como el dinero y las mercancías.

 Bienes no fungibles son todos aquellos que no pueden ser substituidos por otros de la misma especie, cantidad y calidad, como son una escultura y una pintura.

 Bienes de poder público, son los que pertenecen a la federación, a los estados o a los municipios. Entre estos bienes podemos mencionar, el espacio aéreo nacional, el mar territorial, los puertos, ríos, lagos, carreteras, parques públicos, monumentos artísticos, ruinas arqueológicas, los edificios destinados a oficinas públicas, las escuelas; también lo son todos los bienes que componen el subsuelo, tales como los mantos petrolíferos, substancias minerales y otros.

 Bienes propiedad de particulares o Estos bienes son los que pertenecen a las personas como particulares, ya se trate de personas físicas o morales, y son todos aquellos que constituyen su patrimonio en su elemento activo.

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 Bienes sin dueño o Son reconocidos como bienes sin dueño aquellos que se encuentran abandonados, sin saberse quién es propietario de ellos estos a su vez se dividen en mostrencos y vacantes.  Son bienes mostrencos los muebles abandonados o perdidos, ignorándose quién sea su dueño.  Son bienes vacantes los inmuebles que no tienen dueño.

 Bienes tangibles, se refiere a aquellos que pueden apreciarse por los sentidos, tales como una mesa, un terreno, una casa.

 Bienes intangibles, son aquellos que no pueden apreciarse por los sentidos, sino por la inteligencia, ya que se trata de cosas inmateriales. Entre los bienes intangibles podemos encontrar los derechos sobre patentes, marcas, concesiones, renombre comercial y otros.

3.1.1. Derecho de propiedad y posesión

 Definición de derecho de propiedad.

El Código Civil del Distrito Federal en su artículo 830 define al Derecho de Propiedad como la facultad que tienen las personas de gozar, usar y disponer de un bien con las limitaciones y modalidades que fijan las leyes, esto quiere decir, que el propietario de un bien material o inmaterial (derechos de autor por ejemplo) puede hacer uso de manera libre e irrestricta de este, salvo con las limitaciones que impone las leyes.

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 Definición de derecho de posesión.

El Código Civil del Distrito Federal en su artículo 790, define a la posesión como” el poder de hecho que una persona ejerce sobre una cosa”, esto se traduce como la facultad de poseer que tiene el tenedor de la cosa sobre ese mismo bien.

En un contrato de arrendamiento de casa-habitación, el propietario del bien, es quien tiene la posesión, así como la facultad de uso y goce del inmueble, en el contrato se le denomina arrendador. A través de este tipo de contrato, no se transfiere la posesión del inmueble, pero se puede transferir el uso y goce del bien a un tercero, que en este caso sería el inquilino, a quien en el contrato se le denomina arrendatario.

Dentro de este mismo tema podemos afirmar que el propietario por el simple hecho de ser dueño, tiene la posesión originaria, y la persona que adquiere la posesión a través de un contrato de arrendamiento o comodato, se le denomina posesión derivada.

Por último todos los propietarios tienen la posesión originaria, pero no todos los poseedores tienen la propiedad del bien.

3.1.2. Copropiedad y propiedad en condominio

 Definición de copropiedad

El artículo 938 del Código Civil del Distrito Federal, define a la copropiedad de la siguiente manera:

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