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Enviado por   •  24 de Marzo de 2014  •  1.116 Palabras (5 Páginas)  •  205 Visitas

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Ornato (Limpieza vías y Espacios Publicos).

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

1. La presente Ordenanza tiene por objeto la regulación, dentro del término municipal

de Tudela, de todo lo relacionado con la limpieza viaria y de espacios públicos como

consecuencia del uso por los ciudadanos de la misma y establecer medidas preventivas,

correctoras y/o reparadoras orientadas a evitar el ensuciamiento de la misma.

2. Las normas de la presente Ordenanza se aplicarán por analogía a los supuestos que no

estén expresamente regulados y que, por su naturaleza, estén comprendidos en su

ámbito de aplicación.

Art. 2. Concepto de vía pública. Competencias municipales.

1. Se entiende por vía pública y de responsabilidad municipal su limpieza, los viales o

espacios así definidos por el Plan General de Ordenación Urbana, o por sus

instrumentos de desarrollo aprobados definitivamente (ejemplo, paseos, avenidas,

calles, plazas, aceras, caminos, jardines y zonas verdes, zonas terrosas, puentes, túneles

peatonales) y demás bienes de dominio público, comunales o patrimoniales afectados al

uso o servicio público, así como los terrenos particulares que hayan sido objeto de

cesión temporal por sus propietarios al Ayuntamiento.

2. Se exceptuarán, por su carácter no público, las urbanizaciones privadas, pasajes,

patios interiores, solares, galerías comerciales y similares, cuya limpieza corresponde a

los particulares, sea la propiedad única, compartida o en régimen de propiedad

horizontal.

Art. 3. Colaboración ciudadana.

1. Tanto las personas físicas como jurídicas de

Tudela están obligadas, en lo que

concierne a la limpieza de la ciudad, a observar una conducta encaminada a evitar y

prevenir la suciedad.

2. Asimismo, podrán poner en conocimiento de la Autoridad Municipal las infracciones

que en materia de limpieza pública presencien, o de las que tengan un conocimiento

cierto.

3. El servicio de limpieza viaria concertado por el Ayuntamiento recogerá a través del

teléfono limpio 948 82 61 75, las quejas y sugerencias transmitidas por los ciudadanos.

De ellas dará cuenta, así como del resultado de las mismas al Ayuntamiento.

4. Por parte de los servicios municipales se establecerá un sistema de reconocimiento

público de aquellas personas físicas, empresas, comunidades de propietarios, etcétera,

que destaquen por sus buenas prácticas encaminadas a disfrutar de una ciudad más

limpia y habitable.

Art. 5. Limpieza de elementos de servicios no municipales.

La limpieza de elementos destinados al servicio del ciudadano en la vía pública que no

sean de responsabilidad municipal, corresponderá a los titulares administrativos de los

respectivos servicios, al igual que los espacios públicos de la ciudad cuya titularidad

corresponda a otros órganos de la Administración

Art. 7. Limpieza de aceras y calzadas

1. Corresponde a los propietarios la limpieza a su costa de las aceras, pasajes, calzadas,

plazas, etcétera, de las urbanizaciones de dominio y uso privado. La limpieza de aceras,

en la longitud que corresponda a las fachadas de los edificios, estará a cargo de los

ocupantes y, subsidiariamente propietarios de cada finca, en la

longitud que cada una

ocupe. En defecto de ello serán los vecinos, según el sistema acordado entre ellos,

quienes recogerán los residuos procedentes de la limpieza y los depositarán en las

condiciones establecidas por la Ordenanza Reguladora de los Servicios de Recogida,

Transporte y Tratamiento de Residuos Sólidos Urbanos hasta el paso del vehículo del

servicio de recogida. En caso de incumplimiento lo efectuará el Ayuntamiento, pasando

el cargo correspondiente, independientemente de la sanción que pueda corresponder.

2. Lo aquí dispuesto es aplicable a centros oficiales y establecimientos de cualquier

índole.

3. El Ayuntamiento podrá indicar anticipadamente la prohibición de aparcar en aquellas

calles que su estado de limpieza lo requiera, a fin de efectuar una limpieza a

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