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ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO


Enviado por   •  9 de Abril de 2014  •  1.932 Palabras (8 Páginas)  •  515 Visitas

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1.1. Definiciones:

• Consiste en la explotación abusiva por una o varias empresas de su posición de dominio en todo el mercado nacional o en parte del mismo. La ilicitud no se halla por tanto, en el simple presupuesto económico de sostener una posición privilegiada según la cuota de mercado representada, sino en el hecho de aprovechar tal situación para cometer excesos que vulneren el principio de libertad de competencia.

• La figura del abuso de posición de dominio se encuentra regulada en el Decreto Legislativo Nº 701: “Eliminan las prácticas monopólicas, controlistas y restrictivas de la libre competencia.”

Como es de suponer, la posición de dominio en sí no es reprochable sino más bien lo es el abuso que de dicha posición se ejerza. Al respecto, el artículo 5º del antes citado Decreto Legislativo, define los casos en los que se configura este abuso de posición de dominio, destacando entre ellos los siguientes: a. La negativa injustificada de satisfacer las demandas de compra o adquisición, o las ofertas de venta o prestación, de productos o servicios.- Esto es conocida como una negativa injustificada de contratar, y un caso significativo sobre el particular lo constituye el del roaming automático entre Celular 2000 y Telefónica del Perú (al respecto, es indudable el hecho que, cuando el derecho de propiedad entra en conflicto con el derecho de la competencia, prima el derecho de la competencia por tener un objetivo social).

No obstante, cabe precisar que no constituye abuso de posición de dominio el otorgamiento de descuentos y bonificaciones que correspondan a prácticas comerciales generalmente aceptadas, que se concedan u otorguen por determinadas circunstancias compensatorias, tales como pago anticipado, monto, volumen u otras y/o que se otorguen con carácter general, en todos los casos en que existan iguales condiciones. Esto alude a la discriminación quien tiene posición de dominio es el que mejor puede discriminar.

c. La subordinación de la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones suplementarias que, por su naturaleza o con arreglo a la costumbre mercantil, no guarden relación con el objeto de tales contratos. Como por ejemplo, el caso de una empresa con posición de dominio en materia de artículos de escritorio, la cual supedita la venta de sus cuadernos al hecho que la empresa compradora adquiera también el vinifan que produce.

d. Otros casos de efecto equivalente.

1.2. Abuso de posición de dominio en la legislación

Posición de dominio

La posición de dominio se encuentra regulado por el decreto legislativo 1034 Ley de Represión de Conductas Anticompetitivas que en su artículo 7 señala que: “Se entiende que un agente económico goza de posición de dominio en un mercado relevante cuando tiene la posibilidad de restringir, afectar o distorsionar en forma sustancial las condiciones de la oferta o demanda en dicho mercado, sin que sus competidores, proveedores o clientes puedan, en ese momento o en un futuro inmediato, contrarrestar dicha posibilidad, debido a factores tales como:

Una participación significativa en el mercado relevante.

Las características de la oferta y la demanda de los bienes o servicios.

El desarrollo tecnológico o servicios involucrados.

El acceso de competidores a fuentes de financiamiento y suministro así como a redes de distribución.

La existencia de barreras a la entrada de tipo legal, económica o estratégica.

La existencia de proveedores, clientes o competidores y el poder de negociación de éstos”.

Asimismo el artículo 10 de la mencionada ley señala que Se considera que existe abuso cuando un agente económico que

“Se considera que existe abuso cuando un agente económico que ostenta posición dominante en el mercado relevante utiliza esta posición para restringir de manera indebida la competencia, obteniendo beneficios y perjudicando a competidores reales o potenciales, directos o indirectos, que no hubiera sido posible de no ostentar dicha posición

El abuso de la posición de dominio en el mercado podrá consistir en conductas de efecto exclusorio tales como:

a) Negarse injustificadamente a satisfacer demandas de compra o adquisición, o a aceptar ofertas de venta o prestación, de bienes o servicios;

b) Aplicar, en las relaciones comerciales o de servicio, condiciones desiguales para prestaciones equivalentes que coloquen de manera injustificada a unos competidores en situación desventajosa frente a otros. No constituye abuso de posición de dominio el otorgamiento de descuentos y bonificaciones que correspondan a prácticas comerciales generalmente aceptadas, que se concedan u otorguen por determinadas circunstancias compensatorias, tales como pago anticipado, monto, volumen u otras que se otorguen con carácter general, en todos los casos en que existan iguales condiciones;

c) Subordinar la celebración de contratos a la aceptación de prestaciones adicionales que, por su naturaleza o arreglo al uso comercial, no guarden relación con el objeto de tales contratos;

d) Obstaculizar de manera injustificada a un competidor la entrada o permanencia en una asociación u organización de intermediación;

e) Establecer, imponer o sugerir contratos de distribución o venta exclusiva, cláusulas de no competencia o similares, que resulten injustificados;

f) Utilizar de manera abusiva y reiterada procesos judiciales o procedimientos administrativos, cuyo efecto sea restringir la competencia;

g) Incitar a terceros a no proveer bienes o prestar servicios, o a no aceptarlos; o,

h) En general, aquellas conductas que impidan o dificulten el acceso o permanencia de competidores actuales o potenciales en el mercado por razones diferentes a una mayor eficiencia económica.

10.3. La presente Ley se aplica inclusive cuando la posición de dominio deriva de una ley u ordenanza, o de un acto, contrato o reglamento administrativo.

10.4. Las conductas de abuso de posición de dominio constituyen prohibiciones relativas.

10.5. No constituye abuso de posición de dominio el simple ejercicio de dicha posición sin afectar a competidores reales o potenciales

Multas y Sanciones aplicables.-

Conviene acotar que, en caso de infracciones, dicha Comisión podrá imponer a los infractores las siguientes multas:

a. Si la infracción fuese calificada como leve o grave podrá imponer una multa de hasta mil (1,000) UITs, siempre que no supere el 10% de las ventas o ingresos

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