ACCION PENAL
Enviado por maleniki86 • 3 de Junio de 2015 • 1.472 Palabras (6 Páginas) • 278 Visitas
LA ACCION PENAL
Introducción
La acción penal es aquella que se origina a partir de un delito y que supone la imposición de un castigo al responsable de acuerdo a lo establecido por la ley. De esta manera, la acción penal es el punto de partida del proceso judicial.
Los orígenes de la acción penal se remontan a los tiempos en que el Estado se hizo acreedor del monopolio del uso de la fuerza; al inaugurar la acción penal, ésta reemplazó a la venganza personal y a la autodefensa, al ser el Estado quien asume la defensa y el resarcimiento de sus ciudadanos.
La acción penal, por lo tanto, supone un ejercicio de poder por parte del Estado y un derecho a la tutela para los ciudadanos que sufren las consecuencias de un delito cometido contra su persona.
En un sentido filosófico, la acción penal es una de las formas que tiene el Estado para reestablecer la paz social que fue alterada por la comisión de un delito. La promoción de una acción penal puede ser ejercida tanto por el poder estatal como por particulares.
Una vez iniciada una acción penal, su primera etapa consiste en la investigación (la búsqueda de pruebas), la persecución (el ejercicio de la acción ante el tribunal competente) y la acusación (se exige un castigo). Durante el juicio, cada uno de estos pasos es concretado y, en base a la acción, el juez se encarga de dictar la resolución conforme a lo estipulado por las leyes vigentes.
Naturaleza Jurídica
La naturaleza jurídica de la acción penal radica en el orden normativo existente en el cual se establecen las penas por la comisión de delitos, tienen la característica de ser infringir una sanción con base en el concepto de justicia y además de reparar o restituir el daño en torno al hecho delictivo.
Características
• Es única: Porque sirve para perseguir toda clase de delitos.
• Es pública: Porque persigue que el estado ejercita la acción punitiva contra el infractor de la ley penal. La acción penal siempre es pública su ejercicio puede ser pública o privado.
• Es indivisible: Porque sirve y persigue el castigo de todos los que de uno u otra forma hayan participado en la comisión del ilícito.
• Es autónoma: Porque la persecución o ejercicio de la acción penal no está sujeto al carácter dañoso y su restitución o reparación.
• Es irrevocable: La acción penal no es retractable, desistible, transigible ni conciliable, porque una vez iniciado solo concluye con la sentencia final, con la condena o absolución. .Excepto la aplicación del principio de oportunidad.
ACCION PENAL PÚBLICA
La acción penal pública es aquella ejercida de forma exclusiva, excluyente y de oficio por el ministerio público, para la persecución de un delito.
En términos generales, en derecho procesal, existen procesos que requieren ser iniciados y continuados por una persona con derecho a ello. Ejercer la acción en un proceso es iniciarlo e instar a que se cumplan todas sus etapas hasta su culminación.
En los procesos criminales lo común es la acción pública. En general, la mayoría de estos delitos comienzan a investigarse a partir de una denuncia, pero pueden ser investigados tan pronto tengan los poderes públicos conocimiento de los hechos por cualquier medio. Llegada la noticia de un posible crimen a los organismos del Estado, este actúa sin necesidad de intervención o pedidos de persona alguna, ni siquiera de la víctima directa del crimen, o sus herederos.
El delito público se contrapone al delito de acción privada (o delito privado), que se caracteriza porque el particular que ha sido víctima del mismo tiene derecho a perseguir la acción de la justicia activamente a través de una querella. También existe el delito de acción pública previa instancia particular (o delito semipúblico), en el cual no es necesario que la víctima persiga el delito a través de una querella, pero sí que se exige que medie al menos una denuncia para que los poderes públicos puedan perseguir el delito y enjuiciar al acusado.
El fundamento de la acción pública es que se considera que la sociedad en su totalidad ha sido perjudicada por el delito cometido y el Estado asume entonces el papel de defensa de la sociedad.
Asimismo, el artículo 131 del Código Nacional de Procedimientos Penales establece que el Ministerio Publico tendrá las siguientes obligaciones respecto del ejercicio de la acción penal:
I. Vigilar que en toda investigación de los delitos se cumpla estrictamente con los derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los Tratados;
II. Recibir las denuncias o querellas que le presenten en forma oral, por escrito, o a través de medios digitales, incluso mediante denuncias anónimas en términos de las disposiciones legales aplicables, sobre hechos que puedan constituir algún delito;
III. Ejercer
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