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ADMINISTRACION 1 AÑO DERECHO PARCIAL APROBADO


Enviado por   •  21 de Julio de 2017  •  Tarea  •  2.362 Palabras (10 Páginas)  •  1.496 Visitas

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Caso 1: Pagar lo que se debe

Ud. asesora al señor Roberto Rodríguez, que le consulta sobre el siguiente caso. Juan Carlos Suárez le adeuda el pago de las cuotas del precio de un camión, que vencieron los días 10 de febrero, marzo y abril de este año, a razón de $ 20.000 mensuales. Se ha pactado que se deberán pagar intereses del 3 % mensual en caso de mora. El 10 de abril, Suárez se ha presentado a pagar y Rodríguez quiere saber lo siguiente: 1°) Suárez sólo ofrece pagar $ 30.000; ¿está obligado a recibir este pago parcial? 2°) Si recibiera el pago parcial, ¿qué rubros se imputarían con dicho importe? 3°) Si puede reclamar intereses y en su caso desde cuándo, y los elementos que se deben tener en cuenta para el cálculo (tasa, capital, tiempo). 4°) Si en el recibo que en su caso entregara debe tomar alguna precaución para no perjudicarse ni perder la posibilidad de hacer algún reclamo. 5°) En qué situación se encontrarían las mensualidades vencidas en octubre, noviembre y diciembre del año anterior cuando se ha otorgado un recibo por la mensualidad de enero de este año. 6°) Si pasan más de diez años sin que el acreedor reclame el pago de la deuda, ¿en qué situación se encontrará el crédito?

Caso 1: Pagar lo que se debe

1) El señor Rodríguez no está obligado a recibir ese pago de $30.000. En ningún caso el deudor puede obligar al acreedor a recibir en parte el cumplimiento de la obligación.

2) Si el pago se hace a cuenta de capital e intereses y no se precisa su orden, se imputa en primer término a intereses. En este caso del total se imputan $1.800 por intereses en concepto de los meses pagados fuera de termino, $20.000 correspondientes al mes de febrero, y $8200 (41%) correspondientes al mes de marzo, donde se emite un comprobante de pago a cuenta.

Abril sigue estando fuera de termino, ya que a la fecha no abona el total de la deuda si no que hace un pago parcial.

3) Los intereses se reclaman luego del plazo que se estableció para que se pagara la deuda, es decir, luego del día 10 de cada mes si el saldo se encuentra impago, el deudor incurre en mora y se cobran los intereses del 3% mensual.

4) El recibo es un instrumento escrito firmado por el acreedor que debe indicar el capital abonado por el deudor, el periodo al que corresponde, la fecha en la que se realizó el pago (para justificar el interés moratorio que existe en este caso) y la tasa de interés que se adiciona por incurrir en mora.

El señor Rodríguez al emitir este recibo reconoce lo detallado en él.

5) Cuando el pago es en cuotas, el último periodo hace presumir el pago de los anteriores, salvo que el acreedor pruebe lo contrario, en caso de que no lo pueda probar, funcionara como presunción legal a favor del deudor y deberá considerarse extinguida la deuda.

En este caso, si existe el recibo de Enero de este año, todos los meses anteriores a este periodo se consideran saldados.

6) Si pasan diez años sin que se reclame la deuda, el crédito se encuentra extinguido. Se aplica la Prescripción Liberatoria, esta empieza a correr en contra del acreedor en el momento en el que este puede usar las vías legales para ejercer su derecho y no lo hace, tiene como efecto extinguir la relación jurídica, dejando una relación de derecho natural.

Caso 2: Cosas del matrimonio

El señor Fernando Gatti desde hace algunos años viene desarrollando su actividad como comerciante en el rubro ferretería, habiendo instalado varios negocios en la ciudad de Córdoba. Le comenta que un posible cliente, el señor Carlos Godoy, quiere comprar mercadería en una de las ferreterías. Le ha pedido que le dé crédito para retirar materiales de construcción y pagárselos en cuotas mensuales. A los fines de otorgarle el crédito, como se trata de una suma importante, le ha pedido al señor Godoy que le presente una manifestación de bienes, cuya copia le exhibe. Sin embargo en la verificación de las propiedades denunciadas por Godoy, se encuentra con que todas están a nombre de su cónyuge. Quiere saber: 1°) si la esposa de Godoy será responsable con esos bienes en su carácter de cónyuge de Godoy si éste no cumple. 2°) Le pregunta si por tratarse de bienes gananciales podría pedir en caso de incumplimiento el embargo del 50 % de esos bienes para cobrar su deuda en contra de Godoy 3°) Si para adquirir un camión para la ferretería es necesario que firme la documentación su esposa y también si la firma de su esposa será necesaria cuando venda dicho camión.

Caso 2 Cosas del matrimonio

1)La esposa de Godoy no será responsable ya que al ser un bien registrable, puede probar que se trata de un bien propio o un bien ganancial adquirido a su nombre. Son bienes gananciales los que adquieren los cónyuges durante el matrimonio, por cualquier título que no sea herencia, donación o legado, estos bienes cuando se adquieren a nombre de uno solo de los cónyuges, es este, quien lo administrara de forma exclusiva y con ese bien responderá frente a sus acreedores.

En este caso, el señor Gatti puede ejecutar su crédito sobre los bienes propios o gananciales que estén bajo la titularidad de Godoy, porque es el quien debe responder a su fiador.

2)En caso de incumplimiento no podrá pedir el embargo del 50% del bien ganancial ya que no es un bien que se adquirió en conjunto, es un bien que se encuentra registrado bajo la titularidad de la esposa de Godoy.

Cuando los dos cónyuges adquieren un bien en conjunto, no pueden enajenar su parte por separado, en cambio para los acreedores se aplican las mismas reglas que para cualquier condominio que pueda integrar el patrimonio de su deudor, los acreedores de uno de ellos podrán ejecutar o embargar sobre la parte que le corresponde a su deudor. Esto se podría hacer si las propiedades hubiesen sido registradas a nombre de ambos, pero no es el caso.

Por otro lado lo que puede hacer Godoy para subsanar su deuda con los bienes gananciales que se encuentran a nombre de su esposa es extinguir el matrimonio. El efecto que produce la disolución es la liquidación y partición de bienes. Le corresponde la mitad de bienes gananciales sin interesar quien los adquirio.

3) El crédito es solicitado por el Señor Godoy, es el quien debe responder a Fernando Gatti, no la esposa del deudor. En caso de que el bien sea adquirido por Godoy, si necesitara el consentimiento de la esposa para enajenarlo.

Caso 3: Bienes desaparecidos

El señor Roberto Almada, propietario de una estación de servicios ha sufrido grandes pérdidas en sus negocios. A pesar de tener varios acreedores transfiere a título gratuito (dona) un importante

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