ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

AFORISMOS ROMANOS USADOS EN LA ACTUALIDAD


Enviado por   •  13 de Junio de 2018  •  Trabajo  •  1.810 Palabras (8 Páginas)  •  219 Visitas

Página 1 de 8

ASIGNATURA:

DERECHO  ROMANO

[pic 2]

TEMA:

AFORISMOS ROMANOS USADOS EN LA ACTUALIDAD


Índice

Índice        2

Introducción        3

Contenido:        4

Conclusiones        12

Bibliografía        13

Introducción

[pic 3]


Contenido:

 Se presenta a continuación una lista de aforismos latinos usados en la actualidad en el lenguaje jurídico y cómo son usados también:

  1. A posteriori.- Argumento según las consecuencias. El conocimiento a posteriori es aquel que, en algún sentido importante, depende de la experiencia.
  2. A priori.- Argumento de lo que precede.  El conocimiento a priori es aquel que, en algún sentido importante, es independiente de la experiencia
  3. A quo.- De quien. Expresión procedente del latín, utilizada en Derecho para definir el principio de un período de tiempo, de un proceso o acto procesal. La expresión está compuesta por la proposición a sumada al ablativo del pronombre relativo quo, por lo tanto la interpretación de la expresión latina iudex a quo podría traducirse  como el Juez o Tribunal contra cuya sentencia o resolución se interpone un recurso
  4. Ab initio.- La expresión latina ab initio significa desde el principio y se usa en diferentes contextos:
  1. En literaturacontado desde el principio en oposición a in medias res (que significa en el medio de las cosas, empezar a contar la historia a partir de cierto punto intermedio).
  2. Como término legal;
  3. En ciencias (especialmente física y química), se dice que un cálculo es "ab initio" (o "a partir de primeros principios") cuando sólo asume leyes básicas y bien establecidas, excluyendo por ejemplo tablas de parámetros externos o modelos simplificadores.
  1. Ab intestato.- Sin haber hecho testamento. Abintestato es un término jurídico procedente del latín ab intestato (sin testamento), que se refiere al procedimiento judicial sobre la herencia y la adjudicación de los bienes del que muere sin testar o con un testamento nulo, pasando entonces la herencia, por ministerio de la ley, a los parientes más próximos.
  2. Actio.- Medio jurídico utilizado por el particular para poder entrar en un proceso determinado con el fin de proteger sus intereses. Para que se dé el acto jurídico no basta con que haya un sujeto y un objeto con bastante capacidad, se necesita algo que los ponga en relación, estableciendo un lazo o un vínculo que los una, haciendo pasar la relación jurídica del estado de posibilidad al estado de existencia. Este tercer elemento es un hecho, que por ser productor de efectos jurídicos se denomina hecho jurídico. Cuando éste procede de la voluntad humana recibe el nombre de acto jurídico. No es lo mismo acto jurídico que hecho jurídico. El acto jurídico puede definirse como "el hecho dependiente de la voluntad humana que ejerce algún influjo en el nacimiento, modificación o extinción de las relaciones jurídicas
  3. Actio in personam.-Acción personal. egún el jurista Gayo, una acción es personal (actio in personam) cuando reclamamos frente a quién está obligado con nosotros, como consecuencia de un contrato o un delito, como por ejemplo, una deuda: si el deudor no paga, entonces el acreedor tiene que iniciar un proceso ejecutivo, siempre y cuando medie un título ejecutivo o de lo contrario será procedente iniciar únicamente un proceso ordinario para reclamar el(los) derecho(s) pretendido(s)
  4. Actio in rem scripta.-Acción real. Una acción es real (actio in rem) cuando decimos que un objeto es de nuestra propiedad o que un derecho nos compete. Las acciones personales servían para proteger un derecho de obligación, y las acciones reales para proteger un derecho real.
  5. Ad calenda graecas.- Plazo que nunca ha de cumplirse. Ad kalendas graecas es una locución latina de uso actual que significa literalmente "hasta las calendas griegas". Se indica con ella que una cosa no se realizará nunca, ya que en Grecia no existían las calendas (división del mes romano). Cuenta Suetonio que la empleaba mucho Augusto en las conversaciones familiares para dar a entender que alguien no pagaría nunca. Existen expresiones de similar significado en castellano: cuando las ranas críen pelo o cuando las vacas vuelen.
  6. Ad efesios.- Totalmente fuera del asunto. El término proviene del latín ad efesios refieriéndose a la epístola del apóstol Pablo a los Efesios.Miguel de Unamuno (1864-1936) explica que el origen de "adefesio" está en los consejos y analogías (extraídos de la Epístola a los Efesios).
  7. Ad hoc.- Argumento referido al caso que se considera. Ad hoc es una locución latina que significa literalmente «para esto». Generalmente se refiere a una solución elaborada específicamente para un problema o fin preciso y, por tanto, no es generalizable ni utilizable para otros propósitos. Se usa pues para referirse a algo que es adecuado sólo para un determinado fin. En sentido amplio, ad hoc puede traducirse como «específico» o «específicamente» o también significa reemplazo.
  8. Ad pedem litterae.- Al pie de la letra
  9. A Pari.-Es muy frecuente la expresión "argumento a pari", que se define como aquel fundado en razones de semejanza y de igualdad entre el hecho propuesto y el que de él se concluye.
  10. Ad referéndum.-A condición de ser aprobado por otro sujeto
  11. Addenda.- Adiciones a una obra escrita
  12. Adhuc sub judice lis est.- El pleito está todavía con el juez.
  13. Alieni iuris.- Estar sometido al poder de otro
  14. De facto.- De hecho
  15. De iure.- De derecho. significa literalmente «de derecho», esto es, con reconocimiento jurídico, legalmente. Una situación de iure es aquella que está reconocida por la legalidad vigente o por la autoridad competente en virtud de algún acuerdo o acto formal. La situación de iure no tiene por qué corresponderse con la situación real y es en esos casos en los que se opone la situación de iure a la de facto
  16. Ex officio.- De oficio. Ex officio es una expresión latina que significa por virtud del oficio o cargo de uno. Se usa cuando alguien tiene un cargo por razón de tener otro, cuando una persona automáticamente recibe otra posición por el solo hecho de tener un cargo
  17. Ex post facto.- Posterior al hecho. Ley ex post facto es una expresión latina, traducible al español como "ley posterior al hecho", utilizada para referirse a una norma o ley retroactiva, es decir, que retroactivamente cambia las consecuencias jurídicas de un acto cometido, o el estatus legal de hechos o relaciones existentes con anterioridad a la vigencia de la ley. En referencia al Derecho penal, una ley de este tipo podría criminalizar actos que fueron legales al momento de su comisión; o podría agravar un crimen cambiando sus consecuencias; o podría incrementar o cambiar la pena establecida para el delito, como agregando nuevas sanciones o extendiendo su duración; o podría alterar las reglas sobre la prueba. Principio de retroactividad de la ley.
  18. Ibidem.- En el mismo lugar. se usa en las citas o notas de un texto para referir a una fuente que ya fue declarada en la cita previa. En este contexto significa 'igual que la referencia anterior', para no repetir la referencia que ya ha sido enunciada. En este sentido, tiene la misma función que el vocablo opere citato ('en la obra citada', abreviado op. cit.) o loco citato ('en el lugar citado', abreviado loc. cit.), sin embargo ambos se usan en distintos casos, y no deben confundirse.
  19. In extenso.- En su totalidad. Las locuciones in extenso y por extenso son equivalentes. Significan 'con todo detalle'. La locución latina in extenso se escribe sin resalte de comillas o letra cursiva por considerarse plenamente incorporada al léxico del español. Puede funcionar como adverbio: citar in extenso; o como adjetivo: una disertación in extenso.
  20. In fine.- Al final
  21. In situ.- En el mismo sitio. in situ es una expresión latina que significa «en el sitio» o «en el lugar»,1 2 y que es generalmente utilizada para designar un fenómeno observado en el lugar, o una manipulación realizada en el lugar.
  22. Per capita.- Por cabeza. Per cápita es una locución latina de uso actual que significa literalmente ‘por cada cabeza’ (está formada por la preposición per y el acusativo plural de caput, capitis ‘cabeza’), esto es, ‘por persona’ o ‘por individuo
  23. Prior tempore, prior iure.- Primero en el tiempo , primero en el derecho. es una expresión latina, que puede traducirse como "Primero en el tiempo, mejor en el Derecho", que hace referencia a un principio de Derecho, en virtud del cual, en el caso de existir controversia entre partes que alegan iguales derechos sobre una cosa (ejemplo: una hipoteca a su favor) se entiende que tiene la preferencia en el derecho la parte que la haya inscrito primero en el Registro de la Propiedad.
  24. Quid pro quo.- Una cosa por otra. es una expresión que originalmente se refería al error de confundir dos términos similares. La locución se refiere, literalmente, a la confusión producida al usar el pronombre interrogativo/indefinido singular de género neutro en caso nominativo (quid) cuando debiera de usarse en caso ablativo (quo). El sentido original de la locución es, pues, cometer un error gramatical. Se usaba figurativamente para indicar un error conceptual, o la confusión de una persona por otra semejante
  25. Semel heres, semper heres.- Una vez heredero, siempre heredero. Hace referencia a la irrevocabilidad de la institución del heredero
  26. Vacatio Legis. Vacío legal, plazo en el que entra en vigor una ley. Vacatio legis se denomina, en derecho, al periodo que transcurre desde la publicación de una norma hasta que esta entra en vigor. Si bien es habitual que la propia norma establezca el momento de entrada en vigor, puede no ser así, por lo que se establecen normas de aplicación subsidiaria. Por ejemplo, en España en caso de que una ley no establezca un plazo específico para su entrada en vigor, se entiende que lo hará 20 días después de su completa publicación en el Boletín Oficial del Estado. Para el caso del derecho canónico el período de vacatio legis es de tres meses tras su publicación en las Acta Apostolicae Sedis (cf. CIC canon 8).
  27. VADES. Fiador que garantiza la comparecencia del demandado ante el magistrado en el procedimiento de las legis actiones y posiblemente en el per formulan respondiendo pecuniariamente. Primitivamente era un rehén que el demandante retenía hasta la comparecencia del demandado

Conclusiones

El latín es de suma importancia para los hombres que ejercen el  derecho. En tiempos antiguos la mayoría de Europa estaba regida por los romanos, de aquí que sus vocablos todavía se utilizan hoy en día. Estos implantaron su idioma (latín) y sus leyes. Tras la caída del imperio romano,  bárbaros germanos conquistaron las tierras dominadas por los romanos. Estos bárbaros no sabían leer ni escribir, así que tuvieron que usar el latín, pues en ese idioma estaban escritas las leyes con las que se regía el pueblo conquistado.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (11 Kb) pdf (258 Kb) docx (1 Mb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com