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ALIMENTOS POR COMPARECENCIA.


Enviado por   •  19 de Marzo de 2013  •  817 Palabras (4 Páginas)  •  1.846 Visitas

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PADILLA LETICIA

VS.

OLEGARIO HERNANDEZ RODRIGUEZ

CONTROVERSIA DEL ORDEN FAMILIAR

ALIMENTOS POR COMPARECENCIA

EXPEDIENTE: 1423/2000

SECRETARIA:”A”

C. JUEZ DECIMO OCTAVO DE LO FAMILIAR

EN EL DISTRITO FEDERAL

PRESENTE

OLEGARIO HERNANDEZ RODRIGUEZ, por mi propio derecho, con la personalidad debidamente acreditada al rubro citado, ante usted con el debido respeto comparezco para exponer:

Que por medio del presente ocurso vengo a solicitar a su Señoría decrete que ha causado estado la sentencia definitiva, dictada en el presente juicio en consecuencia a lo anterior, solicito se gire atento oficio a la empresa ABRASIVOS AUSTROMEX, S.A., con domicilio en Avenida Michoacán, número 109, Colonia Guadalupe Del Moral, Código Postal 09300, Delegación Iztapala, en ésta Ciudad de México, Distrito Federal., para que se informe que deberá solo descontar el salario del suscrito y demás percepciones ordinarias y extraordinarias, el porcentaje del TRECE PUNTO TRES POR CIENTO MENSUAL por concepto de alimentos, a favor de JENNY LETICIA HERNANDEZ PADILLA, tal y como lo ordena el resolutivo, el cual a la letra dice:

“ - - - - - - - - - - - - - - - R E S U E L V E - - - - - - - - - - - - - - -

- - -PRIMERO.- Fue procedente la VIA DE CONTROVERSIA DE ORDEN FAMILIAR ALIMENTOS, en el que la actora probó su acción y el demandado, se constituyó en rebeldía, en consecuencia., - - - - - - - - - - - - - - SEGUNDO.- Se condena al señor OLEGARIO HERNANDEZ RODRIGUEZ, al pago de una pensión alimenticia definitiva únicamente a su hija JENNY LETICIA HERNANDEZ PADILLA, consistente en el TRECE PUNTO TRES POR CIENTO MENSUAL del total de los ingresos ordinarios y extraordinarios, que perciba en su centro de trabajo, para lo cual deberá girarse atento oficio al Representante Legal de Abrasivos Austromex, S.A, de C.V., a fin de que la cantidad que resulte de dicho porcentaje, se entregue a su acreedora, por conducto de su señora madre, previa identificación y entrega del recibo correspondiente, haciéndole saber a dicho representante deje sin efectos la pensión alimenticia provisional que se decretó con antelación, ya que en lo sucesivo quedará como pensión alimenticia definitiva la decretada en este fallo.- TERCERO.- Notifíquese, - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - ASI, Definitivamente juzgando lo resolvió y firmo el Ciudadano Licenciado GUSTAVO GARDUÑO NAVARRO, Juez Décimo Octavo de lo Familiar en el Distrito Federal, ante el C. Secretaria

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