AMPARO CONSTITUCIONAL
Enviado por 152282 • 19 de Mayo de 2013 • 1.416 Palabras (6 Páginas) • 288 Visitas
EL AMPARO CONSTITUCIONAL.-
En primer lugar, hay que precisar que el amparo constitucional es un derecho establecido en nuestra Carta Magna, en su Artículo 27; sin embargo no siempre se ha aceptado pacíficamente la idea de que el amparo constitucional es un derecho, pues algunos autores parecen limitar esta institución a un mero procedimiento, mientras que otros piensan se trata de una garantía constitucional.
En ese sentido, se define la Acción del Amparo Constitucional, como un derecho que tienen todas las personas de acudir a los tribunales para ser amparadas y protegidas cuando sientan que sus derechos, garantías constitucionales o cualquier derecho susceptible de protección, han sido violados o existe el peligro cierto de violación, a objeto de que se reestablezca la situación jurídica infringida.
La Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, sancionada en fecha 27 de septiembre de 1988, mediante Gaceta Oficial No. 34.060, conjuntamente con la nueva Constitución de 1999, regulan la materia de Amparo Constitucional, desde entonces esta ha tenido importantes transformaciones.
El procedimiento de amparo procede contra normas, actos administrativos de efectos generales y de efectos particulares, contra sentencias, resoluciones emanadas de los órganos jurisdiccionales, contra actuaciones materiales, vías de hecho, abstenciones y omisiones de las autoridades o particulares, todas estas proceden cuando se viole un derecho o garantía constitucional o cualquier derecho susceptible de protección o, inclusive, cuando exista un peligro cierto de violación, siempre y cuando no exista un medio procesal breve, sumario y eficaz acorde con la protección constitucional.
Características:
1) El procedimiento de amparo constitucional será oral, público, breve, gratuito y no sujeto a formalidades (Art 27 C.R.B.V).
2) La acción de amparo a la libertad o seguridad podrá ser impuesta por cualquier persona, y el detenido o detenida será puesta bajo la custodia del tribunal de manera inmediata, sin dilación alguna.
3) Se caracteriza por la moral y ausencia de formalidades en los procedimientos.
4) Los derechos y garantías amparados en el ordenamiento jurídico y en el derecho internacional público son imprescriptibles y irrenunciables, y están regidos por el principio de progresividad.
5) Tiene total retroactividad.
6) En su tramitación se aplica el principio de la simplicidad.
7) Su tramitación debe garantizar la defensa, el debate y la prueba.
ORÍGENES DE LA ACCIÓN DEL AMPARO.-
La génesis de la figura del amparo como medio expedito y sumario para proteger los derechos y garantías de los ciudadanos es el origen mismo del enfrentamiento del súbdito contra las arbitrariedades del poder supremo. Por consecuente, en los diversos esfuerzos de la doctrina universal, por encontrar las raíces de esta institución suelen destacarse innumerables acontecimientos históricos que determinan su nacimiento.
Las inquietudes de los autores han llegado incluso a señalar como remoto antecedente del amparo a la tragedia griega de Sócofles Antígona o la muerte de Lucrecia, narrada por TiTo Livio: cuando el juez Appió falló en favor de Claudio
ordenando que se le entregara a Lucrecia como su esclava, el pueblo se escandalizó y el Juez aceptó “suspender sus funciones de Juez y retrasar la ejecución de la sentencia hasta el otro día”.
Por lo general la mayoría de la doctrina discute en asumir como origen del amparo a las diversas cartas o declaraciones acontecidas en Inglaterra y Estados Unidos de América, ya que estos documentos significaban una limitación a los poderes del soberano en beneficio de los ciudadanos, debiendo quedar consagrados en un texto expreso con supremacía sobre los demás actos de ejecución de poder.
Dentro de los antecedentes de la acción del amparo a nivel mundial que más destacan, podemos mencionar:
La Carta magna de Juan sin tierras del 11 de febrero de 1215 en Inglaterra.
La Petición de Justicia del año 1627, en Inglaterra.
El Bill of Rigthas del 13 de Febrero de 1688, en Inglaterra.
El Justicia Mayor de los procesos forales de Aragón, en el año 1265 (España).
La
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