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ANALISIS ARTICULO 230A CODIGO PENAL “EJERCICIO ARBITRARIO DE LA CUSTODIA”


Enviado por   •  11 de Febrero de 2018  •  Tarea  •  584 Palabras (3 Páginas)  •  302 Visitas

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ANALISIS ARTICULO 230A CODIGO PENAL “EJERCICIO ARBITRARIO DE LA CUSTODIA”

Como se puede determinar, en este tipo penal, los sujetos activo y pasivo son determinados, esto debido a que los sujetos activos serían los padres y en el caso de los sujetos pasivos serían los hijos menores de edad, debido a que existe una clara responsabilidad de ambos padres en cuidado del hijo menor de edad ya sea que tengan o no la custodia y cuidado del menor, esto debido a la custodia compartida, claro está que este concepto es algo nuevo, ya que  está muy arraigado en los jueces, el concepto de la custodia única y definitiva, porque según muchos, la custodia solo la tiene el padre que sale vencedor en el proceso de custodia y el otro padre solo tiene un beneficio a raíz del derecho del menor de estar con el padre o madre en sus visitas y de este modo compartir con su familia extensa.

Ahora bien el concepto de custodia compartida es dinámico y del mismo modo nombra que la custodia, aunque la tiene un solo padre en un gran porcentaje, pasa a ser del otro padre el día de las visitas y el tiempo que el menor se encuentre con él, por el solo hecho de las visitas del padre que no tiene la custodia, esto lo podemos ver en el proceso de visitas ya que si el padre que tiene a cargo la visita del menor, no tuviera la custodia y cuidado personal del menor, no podría ejercer entre ese tiempo el debido cuidado como padre o madre del menor, ni representarlo en actividades académicas o de otro tipo, ya que si solo colocamos al padre o madre a que responda por la visita del menor, estaríamos quitándole la responsabilidad al padre o madre y dejando la mayor carga en uno de los dos como tal.

Es por esto que este tipo del artículo 230A del código penal, está diseñado para que  cualquiera de los dos padres pueda incurrir como sujeto activo del mismo, ya que según los verbos rectores cualquiera por medio de la dinámica de la custodia compartida cometería las acciones de sustraer, ocultar, etc., al menor,  incurriendo en el delito, otro de los puntos a ver seria que si dejáramos a uno de los padres fuera de este tipo penal, no se le impondría el delito de ejercicio arbitrario de la custodia y tendría que imponerse otro delito o se podría dejar como un acto atípico del padre debido a que no habría que lo amarrara como tal a un delito de familia.

Desde mi punto de vista este es un tipo penal que es algo fácil de demostrar ya que los padres que no tienen  la custodia, sino solo las visitas, pueden llegar a retener al menor para protegerlo ya sea por maltrato o por protección del mismo en otros casos, lo cual si, el tipo penal no existiera para ambos padres, no se podría diferenciar quien estaría cometiendo el delito y no se equilibraría el tipo penal debido a que el padre con la custodia, sería el único que cometería el delito lo cual nos lleva a la misma posición que comento desde el comienzo, y es que el otro padre no solo es que tenga derecho a unas visitas si no que debe ejercer la custodia en momentos como lo son los 15 días de vacaciones del menor que tiene por el año escolar y en los periodos de visitas quincenales. 

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