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ANALISIS DE SENTENCIA No. 28282 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SALA DE CASACION PENAL


Enviado por   •  27 de Marzo de 2016  •  Síntesis  •  911 Palabras (4 Páginas)  •  259 Visitas

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ANALISIS DE SENTENCIA No. 28282 CORTE SUPREMA DE JUSTICIA SSALA DE CASACION PENAL

ESSTUDIANTE:  KAROL

DR.

PROF.

UNIVERSIDAD AUTONOMA DEL CARIBE  

OCAÑA N. DE S.

AÑO 2016


  1. IDENTIFICACION

Bogotá D. C., doce (12) de Septiembre de dos mil siete (2007).

Referencia.: proceso No. 28282, acta No. 170

Magistrado Ponente: Dr. JAVIER ZAPATA ORTIZ

La Sala de Casación Penal  Corte Suprema de Justicia

Revisión de decisiones en los fallos proferidos el 13 de abril de 2007 por el juzgado sexto penal del circuito de Puente Nacional (Santander) y la del 25 de mayo de 2007 por el Tribunal Superior de San Gil (Santander) relacionados con la demanda sobre la homicidio simple con dolo eventual, una pena principal de dieciocho (18) años cuatro (4) meses de prisión, e inhabilidad de derechos y funciones públicas por igual lapso.  Por la muerte del señor Excelino Vanegas, y como causante de esta el señor José Ezequiel Pacheco Cifuentes.

  1. PARTES  DEL PROCESO

Actor: Fiscalía General de la Nación, fiscal primero seccional de puente Nacional.

Contra: José Ezequiel Pacheco Cifuentes

  1. HECHO RELEVANTES

  1. El día 23 de noviembre de 2006, en el corregimiento de la         Quitaz, el señor Jorge Ezequiel Pacheco, luego de ciertos hechos y un disgusto, al disparar sin objetivo claro, le propino un disparo en la cabeza al señor Excelino Vanegas que le causó la muerte.
  2. El día 24 de noviembre de 2006, ante el juzgado promiscuo de Puente Nacional, se realizó audiencia preliminar de control de legalidad de captura del señor Jorge Ezequiel Pacheco Cifuentes, se le formulo imputación en presencia de su defensor por el delito de homicidio y se solicitó medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario.
  3. El 13 de diciembre de 2006, el fiscal segundo seccional de Puente Nacional, presento ante el juez penal del circuito de esa localidad el escrito de acusación contra el implicado, por el delito de homicidio con dolo eventual, previsto en el artículo 103 de código Penal (Ley 599 de 2000).
  4. La audiencia de formulación de la acusación se llevó a cabo el 18  de enero de 2007 en los términos del artículo 339 del código de procedimiento penal y el implicado no acepto los cargos.
  5. El 19 de febrero de 2007 tuvo lugar la audiencia preparatoria; el juicio oral inicio el 8 de marzo de este año, el 15 de marzo siguiente el juez de conocimiento anuncio el fallo absolutorio, y la sentencia fue proferida el 13 de abril de 2007.
  6. El fiscal Delegado interpuso el recurso de apelación, aduciendo que el procesado era penalmente responsable; y al destacar la alzada, con fallo del 25 de mayo de 2007, el Tribunal Superior de San Gil (Santander) revoco íntegramente  la sentencia de primera instancia y, en su lugar, condeno a PACHECO CIFUENTES, por el delito de homicidio con dolo eventual.
  7. Inconforme con la determinación anterior, el defensor del implicado interpuso el recurso extraordinario de casación, cura admisibilidad se analiza, esto porque alega que el Tribunal Superior de San Gil por violación indirecta de la ley sustancial.

  1. PROBLEMA JURIDICO:

¿Existe violación indirecta de la ley sustancial fundamentado en la causal tercera de casación prevista en el artículo 181 de la ley 906 de 2004, por parte del Tribunal Superior de San Gil (Santander)?

  1. OBITER DICTA

El juicio de legalidad se relaciona con el proceso de formación de la prueba, con las normas que regulan la manera legítima de producir e incorporar la prueba al proceso, con el principio de legalidad en materia probatoria y la observancia de los presupuestos y las formalidades exigidas para cada medio.

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