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APUNTES PARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL


Enviado por   •  18 de Febrero de 2020  •  Apuntes  •  2.090 Palabras (9 Páginas)  •  170 Visitas

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APUNTES PARA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL

POR DURACION MAXIMA DEL PROCESO.

CASO: FIS-BENI: 018/2015 FISCALIA MAMORE E INTENEZ (MAGDALENA)

IANUS:

MINISTERIO PUBLICO CONTRA JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE

FECHA DE LA DENUNCIA: 20 DE MARO DE 2015

DENUNCIANTE: EDGAR VACA MAYUBE (17 años de edad)

QUERELLA DE FECHA _______________.

QUERELLA PRESENTADA EN FISCALIA EN FECHA ________________

FECHA DE ADMISION DE QUERELLA EN FISCALIA: _______________

DENUNCIA INICIALMENTE PLANTEADA EN CONTRA DEL SR. ROMULO SANCHEZ CLAURE.

SE NECESITA SABER LOS SIGUIENTES DATOS QUE CURSAN EN EL CUADERNILLO INVESTIGATIVO DE LA FISCALIA:

  1. A FS. 1 DE CUADERNO PROCESAL DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA, CURSA UNA DENUNCIA DE 20 DE MARZO DE 2015, RECIBIDA POR EL SGTO. 1ro. ALFREDO LAURA MAMANI, EN DONDE SE INDICA QUE SE PRESENTA EN ESAS OFICINAS EL SR. EDGAR VACA MAYUBE, SINDICANDO AL SR. ROMULO SANCHEZ CLAURE, por una presunta violación ocurrida en contra de su persona en fecha 19 de marzo de 2015, aprox., a horas 22:00 pm., en el interior del cementerio General de la Localidad de Magdalena, en circunstancias de que él denunciante, se encontraba en inmediaciones del cementerio compartiendo unas bebidas alcohólicas con unos 11 amigos y se apareció el Sr. ROMIULO SANCHEZ CLAURE en estado de ebriedad y que con engaños lleva a la víctima al interior del cementerio y luego lo amenaza con un cuchillo, indicándole que si no se quitaba la ropa lo iba a matar, posteriormente el sindicado abusa sexualmente del denunciante y víctima, y luego se da a la fuga por la puerta del cementerio, desconociéndose el paradero del agresor.
  2. A FS. 2, SE ENCUENTRA EL AVISO AL JUEZ DE MAGDALENA SOBRE EL INICIO DE LAS INVESTIGACIONES PRESENTADO EN FECHA 30 DE MARZO DE 2015, (VULNERANDO LOS ARTS. 289, 298 ambos parte infine) DEL CPP, QUE INDICAN QUE EN TODOS LOS CASOS EN UNA INVESTIGACION SE DEBE INFORMAR AL JUEZ DENTRO DE LAS 24 HORAS DE CONOCIDO EL INFORME POLICIAL Y/O LA DENUNCIA ANTE LA FISCALIA. QUE MERECE DECRETO DE FS.2 Y VLTA., RECOMENDANDO QUE SE PROCEDA CONFORME AL ART. 301 DEL CPP.

HAY PASARON 10 DIAS (AUNQUE LA FISCAL HAYA PRESENTADO UNA BAJA MEDICO DEL 25 AL 27 DE MARZO DE 2015 SEGÚN MEMORIAL DE FS. 4) 

  1. FS. 6-8 CURSA ACTA DE DECLARACION DE IMPUTADO DEL SR. JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE DE FECHA 01 DE ABRIL DE 2015.
  2. FECHA Y FOJAS: DE LA SOLICITUD DEL FISCAL AL JUEZ, PIDIENDO AMPLIACION DEL TERMINO DE LAS INVESTIGACIONES PRELIMINARES (SI HAY).
  3. FECHA Y FOJAS: DE LA ACEPTACION DEL JUEZ CAUTELAR SOBRE EL PEDIDO DE AMPLIACION DEL TERMINO DE LAS INVESTIGACIONES PRELIMINARES QUE HACE EL FISCAL (SI HAY).
  4. FECHA Y FOJAS: DE UNA SEGUNDA POSIBLE SOLICITUD DEL FISCAL AL JUEZ, PIDIENDO AMPLIACION DEL TERMINO DE LAS INVESTIGACIONES PRELIMINARES (SI HAY).
  5. FECHA Y FOJAS: DE LA ACEPTACION DEL JUEZ CAUTELAR SOBRE EL SEGUNDO PEDIDO DE AMPLIACION DEL TERMINO DE LAS INVESTIGACIONES PRELIMINARES QUE HACE EL FISCAL (SI HAY).
  6. FECHA Y FOJAS: DE LA DECLARATORIA DE REBELDIA DEL IMPUTADO (SI HAY).
  7. FECHA Y FOJAS: DE LA PURGA DE REBELDIA REALIZADA POR EL IMPUTADO. ASI COMO LA PRESENTACION PERSONAL DEL MISMO ANTE EL JUEZ (SI HAY).
  8. A FS. 9-10, CURSA IMPUTACION FORMAL (CON CARGO DE PRESENTACION DE 01/04/15) EN CONTRAL DEL SR. JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE, EN DONDE SE PIDE LA DETENCION PREVENTIVA DEL MISMO, SE FIJA FECHA DE AUDIENCIA PARA EL 02 DE ABRIL DE 2015, A HORAS 08:00 AM., EN LA MISMA SE DETERMINA LA DETENCION PREVENTIVA DEL SR. JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE.

DESDE AQUÍ SE TIENEN CON CONTAR LOS 6 MESES ESTABLECIDOS EN EL ART. 134 DEL CPP., ES DECIR HASTA EL (02/10/15)

  1. A FS. 48-50, CURSA OTRA IMPUTACION FORMAL (CON CARGO DE PRESENTACION DE 11/04/15) EN CONTRAL DEL SR. ROMULO SANCHEZ CLAURE, EN DONDE SE PIDE LA DETENCION PREVENTIVA DEL MISMO, SE FIJA FECHA DE AUDIENCIA PARA EL 11 DE ABRIL DE 2015, A HORAS 11.30 AM., EN LA MISMA SE DETERMINA LA DETENCION PREVENTIVA DEL SR. ROMULO SANCHEZ CLAURE. (11/10/15)

DESDE AQUÍ SE TIENEN CON CONTAR LOS 6 MESES ESTABLECIDOS EN EL ART. 134 DEL CPP.,

  1. A FS. 65-66, CURSA UNA AMPLIACION DE RIESGOS PROCESALES (CON CARGO DE PRESENTACION DE 13/04/15) EN CONTRAL DEL SR. JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE, EN DONDE SE PIDE LA IMPOSICION DE LOS RIESGOS DEL ART. 235 INCISOS 1, 2 4 DEL CPP., SE FIJA FECHA DE AUDIENCIA PARA EL 22 DE ABRIL DE 2015, A HORAS 16:00 PM., LA MISMA FUE SUSPENDIDA POR NO TENER ABOGADO DEFENSOR (FS.114), SE FIJA FECHA PARA EL 27 DE ABRIL DE 2015 A HORAS 10:00AM. -  EN FECHA 27/04/15 NUEVAMENTE SE SUSPENDE LA AUDIENCIA POR FALTA DE ABOGADO DEFENSOR DEL IMPUTADO ESTO A FS.117, FIJANDOSE NUEVA AUDIENCIA PARA EL 29/04/2015 A HRS. 08:00 AM, DESIGNANDOSELE COMO ABOGADO DE OFICIO AL DR. ADRIEL ANIBAL VIRUEZ MERCADO, ABOGADO ESTE QUE 121 ADJUNTA UN CERTIFICADO MEDICO SOLICITANDO SE RECONSIDERE SU DESIGNACION.- A FS.124 CURSA ACTA DE AUDIENCIA DE 29/04/2015, DONDE SE LLEVA A CABO LA AUDIENCIA DE AMPLIACION DE RIESGOS PROCESALES DE FS 124-128, EN DONDE SE AMPLIAN LOS RIESGOS PROCESALES DEL ART. 235 2 Y 4 DEL CPP.
  2. A FS. 133 Y 134 SE PLANTEA RECURSO DE APELACION DE FECHA 01/05/2015 A LA AUDIENCIA DE LOS RIESGOS PROCESALES AMPLIADOS, CONFORME AL 251 Y DEBIO REMITIRSE EN EL PLAZO DE 24 HORAS, Y ALZADA DEBIO RESOLVER EN EL PLAZO DE 3 DIAS, A FS. 136 CURSA RECIBO DEL COURRIER DONDE SE EVIDENCIA QUE LA APELACION SE ENVIO EN FECHA 05/05/2015 CONC. CON LA NOTA DE 05/05/15 DE FS. 137, INGRESADA EN EL TRIB. DE ALZADA A FS. 137 VLTA., EN FECHA 08/05/15 Y RADICADA EN FECHA 12/05/15, SEÑALANDOSE AUDIENCIA PARA EL 14/05/15 A HORAS 15:30 PM., FS. 138, A FS. 142 CURSA INSTRUCION DEL PRESIDENTE DE SALA PENAL DE FECHA 14/05/15, DIRIGIDA AL COMANDANTE DE LA POLICIA DE MAGDALENA PARA QUE LLEVE ESE MISMO DIA AL IMPUTADO A LA AUDIENCIA DE HRS. 15:30 PM.,
  3. A FS. 144-148 Y VLTA CURSA ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION Y EL AUTO QUE REVOCA LA RESOLUCION DEL JUEZ CAUTELAR DE MAGDALENA DONDE INDICA QUE NO SE APLICA LOS RIESGOS PROCESALES AMPLIADOS. Conc. CON EL ART. 314 DONDE SE INDICA QUE LAS APELACIONES LOS INCIDENTES NO SUSPENDERAN LAS ACTUACIONES INVESTIGATIVAS.
  4. A FS. 151 HAY REMISION DEL TRIB. DE ALZADA DE LA RESOLUCION DE LA APELACION DE FECHA 28 DE MAYO DE 2015 RECIBIDO EN EL JUZGADO CAUTELAR EL 03 DE JUNIO DE 2015, DE DONDE SACAMOS QUE ENTRE LA APELACION, LA REMISION, RESOLUCION Y REMISION DE ACTUADOS DE DICHA APELACION TUVO UN TIEMPO DE 33 DIAS DE DURACION DE LA RESOLUCION DE DICHA APELACION, SIENDO LO CORRECTO 24 HORAS PARA LA REMISION Y 3 DIAS PARA LA RESOLUCION, ES DECIR EXISTIO UNA MORA PROCESAL DEL TRIB. DE JUSTICIA DE 29 PARA CUMPLIR LO QUE MANDA EL ART. 251, ESO CONSIDERANDO QUE NO EXISTE DECRETO QUE JUSTIFIQUE LA DEMORA POR CUALQUIER CARGA PROCESAL U OTRA CUESTION AJENA JUSTIFICABLE.
  5. A FS. 179-186 Y VLTA., CURSA ACTA DE AUDIENCIA DE CESACION A LA DETENCION PREVENTIVA INTERPUESTA POR EL SR. JORGE ALCIDES PIEROLA CHOQUERE, EN DONDE SE LE NIEGA LA CESACION, DE FECHA 17 DE JUNIO DE 2015 A HORAS 11:00 AM.,
  6. A FS. 188 Y VLTA., CURSA APELACION INCIDENTAL DE FECHA 19 DE JUNIO DE 2015 A LA NEGACION DE CESACION A LA DETENCION PREVENTIVA, A FS 189 CURSA DECRETO DE 19/06/2015 EL JUEZ CAUTELAR ORDENA LA REMISION DE ACTUADOS A LA SALA PENAL DEL BENI, SEA EN EL TERMINO DE 24 HORAS, A FS. 191 CURSA COMPROBANTE DEL COURRIER DONDE SE EVIDENCIA QUE LOS ACTUADOS DE APELACION FUERON REMITIDOS RECIEN EN FECHA 22 DE JUNIO DE 2015, ES DECIR 3 DIAS DESPUES, A FS. 192 VLTA., CURSA NOTA DE RECEPCION DE LA DOCUMENTAL EN SALA PENAL DE FECHA 23 DE JUNIO DE 2015 Y A FS. 193 CURSA DECRETO DE FECHA 30 DE JUNIO DE 2015 POR EL CUAL SE FIJA AUDIENCIA PARA EL 14 DE MAYO (ERROR DE MES) DE 2015 A HORAS 11:00 AM., A FS. 196 CURSA INSTRUCION DEL PRESIDENTE DE SALA PENAL DE FECHA 01 DE JULIO DE 20155, DIRIGIDA AL COMANDANTE DE LA POLICIA DE MAGDALENA PARA QUE LLEVE AL IMPUTADO EN FECHA 02 DE JULIO DE 2015 A HORAS 11:00 AM., PARA LA AUDIENCIA DE APELACION INCIDENTAL,
  7. A FS. 197 Y 198 CURSA UNA RESOLUCION DE DECLARATORIA EN COMISION DE LOS VOCALES DE SALA PENALY NOTA A LA ENCARGADA DE RECURSOS HUMANOS DEL TRIB. DPTAL., DE JUSTICIA DEL BENI.
  8. A FS. 199 CURSA UN DECRETO DE 06 DE JULIO DE 2015 POR EL CUAL SE HACE CONOCER LA VACACION DEL PDTE., DE SALA PENAL Y SE REMITEN ACTUADOS A LA SALA CIVIL Y CONVOCAN A LA VOCAL DRA ARTEAGA, A FS. 200 CURSA DECRETO DE 06 DE JULIO DE 2015 Y FIJAN AUDIENCIA PARA RESOLVER LA APELACION PARA EL 07 DE JULIO DE 2015 A HRS. 10:00 AM.A FS. 201 CURSA NOTA DIRIGIDA AL COMANDANTE POLICIAL DE MAGDALENA DE FECHA 02 DE JULIO DE 2015 PARA QUE REMITAN AL IMPUTADO A LA AUDIENCIA DE 07/07/15 A HRS. 10:00 AM., A FS. 205-210 CURSA ACTA DE AUDIENCIA DE APELACION Y RESOLUCION Y A FS. 212 CURSA NOTA DE REMISION DE ACTUADOS AL JUZGADO DE ORIGEN RECIBIDO EN ESA EN FECHA 20 DE JULIO DE 2015, DE DONDE SACAMOS QUE ENTRE LA APELACION, LA REMISION, RESOLUCION Y REMISION DE ACTUADOS DE DICHA APELACION TUVO UN TIEMPO DE 30 DIAS DE DURACION DE LA RESOLUCION DE DICHA APELACION, SIENDO LO CORRECTO 24 HORAS PARA LA REMISION Y 3 DIAS PARA LA RESOLUCION, ES DECIR EXISTIO UNA MORA PROCESAL DEL TRIB. DE JUSTICIA DE 26 PARA CUMPLIR LO QUE MANDA EL ART. 251, ESO CONSIDERANDO QUE NO EXISTE DECRETO QUE JUSTIFIQUE LA DEMORA POR CUALQUIER CARGA PROCESAL U OTRA CUESTION AJENA JUSTIFICABLE.
  9. A FS. 222-225 CURSA LA ACUSACION PRESENTADA EL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015 FS. 225 VLTA., CURSA DECRETO DE 28 DE SEPTIEMBRE DE 2015 POR EL CUAL SE ORDENA LA REMISION DE ACTUADOS CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL ART. 325 DEL CPP., ES DECIR EN 24 HORAS, A FS. 232 CURSA DECRETO DE RADICATORIA DE FECHA 30 DE SEPTIEMBRE DE 2015, POR EL CUAL SE EVIDENCIA QUE EL JUZGADO CAUTELAR TARDO 2 DIAS EN LA REMISION DE ACTUADOS,
  10. A FS. 234 CURSA MEMORIAL DE 04 DE NOVIEMBRE DE 2015 (RECIBIDO EL 05/11/15) DE LA FISCAL DE MATERIA DE SANTA ANA DRA MIRNA VASQUEZ NOZA, POR LA CUAL HACE CONOCER QUE HAY NULIDAD DE NOTIFICACION Y PIDE SE REMITAN ACTUADOS A LA FISCALIA DE DISTRITO Y A FS. 234 VLTA, HAY DECRETO DEL TRIBUNAL DE FECHA 04 DE MAYO DE 2016, DONDE INDICARIAN QUE EL MEMORIAL SE ENTREPAPELO Y ANULAN NOTIFICACION PARA QUE EL MINISTERIO PUBLICO PUEDA PRESENTAR SUS PRUEBAS DE CARGO EN 24 HORAS CONFORME AL ART. 340 DEL CPP., Y ORDENAN LA ORDEN INSTRUIDA PARA DICHO EFECTO, A FS. 235 CURSA EL COMPRANTE DEL COURRIER DE FECHA 12 DE MAYO DE 2016, REMITIENDO LA ORDEN INSTRUIDA PARA DICHO EFECTO, NOTAMOS QUE DESDE LA PRESENTACION DE LA ACUSACION Y ORDEN DE REMISION AL TRIBUNAL PASARON 7 MESES Y 14 DIAS HASTA LA REMISION DE LA ACTUACION PARA QUE EL MISTERIO PUBLICO PRESENTE SUS PRUEBAS, Y EL 23 DE MAYO DE 2016 RECIEN NOTIFICAN A LA FISCAL, SON 11 DIAS MAS, A FS. 243 CURSA DECRETO DEL TRIBUNAL DE FECHA 02 DE JUNIO DE 2016, POR EL CUAL RADICAN EL EXHORTO SUPLICATORIO.
  11. A FS. 244 LA FISCAL RATIFICA SUS PRUEBAS E INDICA QUE LAS PRESENTO EL 28 DE SEPTIEMBRE DEL 2015 (ESE DECRETO SE ANULO), A FS. 244 VLTA.EXISTE DECRETO DE 17 DE JUNIO DE 2016 DONDE EL TRIBUNAL LAS ACEPTA LAS PRUEBAS Y MANDA NOTIFICAR A LA VICTIMA, DENUNCIANTE Y DEFENSORIA DE LA NIÑEZ, MEDIANTE ORDEN INSTRUIDA, Y SE REMITE VIA COURRIER EL 06 DE JULIO DE 2016,

      

  1. FECHA Y FOJAS: DE LOS POSIBLES INCIDENTES Y EXCEPCIONES QUE EL IMPUTADO HAYA PLANTEADO EN LA ETAPA PREPARATORIA (SI HAY).
  2. FECHA Y FOJAS: DE ALGUNA POSIBLE APELACION A LA DETERMINACION DEL CAUTELAR SOBRE LOS INCIDENTES Y EXCEPCIONES Y SU RESOLUCION DEL TRIBUNAL DE ALZADA (SI HAY).
  3. FECHA Y FOJAS: DE LA ACUSACION FISCAL Y PARTICULAR (SI HAY).
  4. FECHA Y FOJAS: DE LAS NOTIFICACIONES A LAS PARTES SOBRE LA PRESENTACION DE LA ACUSACION Y LA PROPOSICION DE LAS PRUEBAS DE PARTE DEL MINISTERIO PUBLIC Y QUERELLANTE, ASI COMO DEL IMPUTADO.
  5. FECHA Y FOJAS: DE AUTO DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA QUE FIJA DIA Y HORA DE AUDIENCIA DE JUICIO ORAL, Y DE LAS POSIBLES SUSPENSIONES DEL MISMO, ANOTAR LOS MOTIVOS DE LAS SUSPENSIONES Y QUIEN LOS PIDE (SI HAY).

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