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ARRENDAMIENTO DE LOCAL COMERCIAL


Enviado por   •  20 de Abril de 2017  •  Síntesis  •  1.640 Palabras (7 Páginas)  •  267 Visitas

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                                                                                                                                                                                                CONTRATO   DE     ARRENDAMIENTO   DE   LOCAL  COMERCIAL

LUGAR Y FECHA DEL CONTRATO: 8 de marzo de 2017

ARRENDADOR:     INMOBILIARIA LAURA RIVERA S.A.S, identificado con NIT 900985803-9.

ARRENDATARIO: JOSE ANTONIO ACEVEDO HIGUITA,   mayor de edad, identificado con la cédula de ciudadanía 5532002 de Villa del Rosario

CODEUDOR: LUZ ENELIA HIGUITA, mayor de edad identificada con cedula de ciudadanía número 42000739 de Pereira.

OBJETO: Conceder el goce de un inmueble  LOCAL COMERCIAL, que se encuentra en ubicado en la calle 5 #8-83, Centro, Villa del Rosario.

PRECIO DE LA RENTA: El precio de la renta del local  comercial objeto del presente contrato es la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS  M/C ($350.000) M/cte.,  mensuales, pagaderos en mesadas cumplidas los primeros cinco (5) días de cada período mensual al ARRENDADOR, de no ser así acarrea con un la mora sobre cada día que no se cancele.

TERMINO: El presente contrato tendrá una vigencia de SEIS (6) MESES contado  desde el día 8 de Marzo de 2017 hasta de 4 de Septiembre de 2017, fecha  de  la  entrega  real  y  material  por  parte de los arrendadores  a  los  arrendatarios,  Si se acordare prorrogar el presente contrato a voluntad de ambas partes, el término de prórroga será de un periodo adicional.

FECHA  DE  INICIACIÓN: 09 de marzo de 2017

FECHA  DE  TERMINACIÓN: 09 de septiembre de 2017

SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS: Los servicios públicos domiciliarios de,  energía eléctrica, agua, estarán el  pago en  su  totalidad a cargo del arrendador. En caso de desconexión o suspensión de cualquiera de los servicios  públicos domiciliarios por la omisión del ARRENDATARIO  en el pago, su reinstalación será por cuenta del mismo,  quién además en caso de  causar perjuicios al ARRENDADOR se los resarcirá por completo.  

EL ARRENDATARIO,  entregará a la terminación de este contrato  las instalaciones de los mencionados servicios en perfecto estado de funcionamiento.

PARRAFO:  Nosotros los arrendatarios, hemos recibido las cañerías, desagües,  como también las instalaciones  y redes eléctricas, de acueducto y alcantarillado,  en buen estado de funcionamiento y no podremos hacer  ninguna  modificación de ellas,  además seremos responsables ante las empresas respectivas por la violación de sus reglamentos y por los daños que pudiéremos causar en las instalaciones o aparatos.

Primera. Pago. —Oportuno y sitio.  Los  arrendatarios se obligan a pagar la suma del precio de la renta en mesadas cumplidas dentro de los primeros cinco (5)  días  de cada período  mensual, al arrendador, en las oficinas de la inmobiliaria Laura Rivera S.A.S

Segunda. Destinación. — Los arrendatarios se comprometen a utilizar el inmueble objeto de este contrato para establecimiento comercial, venta de celulares y servicios técnicos.

Tercera. Subarriendo y cesión.—  Los arrendatarios no podrán subarrendar ni ceder   total  ni  parcialmente el   inmueble- local  comercial-   sin  la  autorización  expresa   por  escrito  de  los  arrendadores.

Cuarta. Lesión de los derechos de los arrendadores. — Para los efectos del cambio de destinación del inmueble y del subarriendo, son lesivos de los derechos del arrendador: a) Subarrendar para cualquier objeto diferente al acordado en cláusulas anteriores.  b) Usar el bien arrendado destinándolo a un objeto diferente al inicialmente acordado.

Quinta. Reparaciones.—El arrendatario se obliga a efectuar las reparaciones locativas y aquellas que sean necesarias por hechos de él o de sus dependientes, los daños  que sean ajenos al ARRENDATARIO deben informarse inmediatamente al ARRENDADOR o a quien está a cargo de la administración del inmueble, de lo contrario por su omisión, el ARRENDATARIO responderá. En cuanto a las mejoras le queda absolutamente prohibido ejecutarlas,  en  caso de hacerlas es con previa autorización del ARRENDADOR, al momento de restituir el inmueble, podrá el ARRENDADOR solicitar que las retire y entregue el bien inmueble objeto del presente contrato en el estado en  que se recibió inicialmente, o perderlas a favor  del ARRENDADOR, sin que pueda reclamar suma alguna  por tal concepto el ARRENDATARIO.

Sexta. Inspección.— Los arrendatarios permitirán en cualquier tiempo las visitas que los arrendadores o sus representantes, apoderados  o administradores,  con la previa  exhibición de la autorización, para que tengan a bien realizar para constatar el estado y conservación del inmueble,  pago  de los  servicios  públicos  domiciliarios  u otras circunstancias que sean de su interés.

Séptima. Daños y Perjuicios. — Los   arrendatarios  pagaran  los daños y perjuicios ocasionados por incendio, inundaciones u otro cualquiera  al local arrendado o al inmueble en su conjunto por su culpa o dolo, indistintamente de las  acciones judiciales a que diere lugar.

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