Abolicionismo Penal
Enviado por rondal • 22 de Octubre de 2012 • 3.216 Palabras (13 Páginas) • 1.132 Visitas
El abolicionismo penal
CARLOS ALBERTO FERREIRA PINTO
Licenciado en Derecho por la Universidad Estacio de Sá, 2006. Postgrado en Derecho Civil, Procesal Civil y Derecho de los Negocios FESUDEPERJ (Fundación Escuela de Defensoría Pública del Estado de Río de Janeiro), 2007. El estudiante de posgrado en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal por la Universidad Cândido Mendes, 2008.
Resumen: Este artículo es un documento legal importante sobre abolicionismo penal, el movimiento ideológico de la oposición al sistema penal actual, mostrando los abolicionistas base ideológica y su proyecto de resolución de situaciones problemáticas.
Resumen: El presente artículo es una visión agradable crítico respecto al abolicionismo penal, el movimiento ideológico de la oposición al actual Sistema Penal vigente, mostrando Refiriéndose al abolicionismo a las bases ideológicas de la proposta y la resolución de la situación-problema.
Palabras clave: Abolición Penal. Sistema Penal. Ultima Ratio. Control Social.
Contenido: 1. Introducción - 2. La Criminología Crítica - 3. El Movimiento Abolicionista - 4. Conclusión - 5. Notas - 6. Bibliografía.
Una. Introducción
El control social se ejerce de varias formas, entre ellas el Sistema Penal, que utiliza la autoridad de sancionar a tratar de mantener el orden y el bien común, cuando otras ramas del derecho no logran sus propósitos. El derecho penal se traduce en la ultima ratio, es decir, en palabras de Muñoz Conde "el derecho penal sólo debe intervenir en los casos de ataques muy graves sobre bienes jurídicos más importantes, y las alteraciones más ligero ordenamiento jurídico están sujetas a otras ramas de la derecho ". [1]
La sociedad contemporánea vive la incertidumbre de Política Criminal. Viene gradualmente vivir la paradoja de ver a la cárcel, cuando ella promueve y establece que los conflictos deben resolverse a fin criminal. El derecho penal está pasando por una crisis, que caracterizan el fracaso de las medidas penales. Como resultado de las propuestas que se hicieron reformas legislativas, a fin de lograr soluciones que sean eficaces en la lucha contra la delincuencia.
El aumento de la delincuencia es indiscutible. Puede explicarse por varias razones, incluyendo, por ejemplo, es el desorden legislativo. Hay tantas leyes, emitidas por el poder legislativo, que proporcionan una ineficiencia en el sistema. Hay leyes para todo lo imaginable, por no mencionar algunas transformaciones en delitos menores criminales, como la dirección sin licencia de conducir, delito hoy en día como el Código de Tránsito Brasileño, debe tenerse en cuenta que en otras jurisdicciones se una infracción administrativa.
Es evidente que la expansión del derecho penal momento, debido al crecimiento demográfico, la revolución industrial, medios de transporte, la tecnología, cada día trae nuevos bienes que necesitan protección por el derecho penal, el progreso trae esta modernización, y con ella nuevas formas de delito. Así que él enseñó Sánchez, en su estudio sobre la expansión del derecho penal:
El progreso técnico cede bajo el delito tradicional intencional (cometido con la intención de grado directo o de primera), la adopción de nuevas técnicas como una herramienta que les permite producir resultados especialmente nocivos, de todos modos, las modalidades de surgir de nuevo la intencionalidad criminal que sobresalen en los espacios abiertos por la tecnología. La delincuencia asociada con el medio de ordenadores y de Internet (los llamados delitos cibernéticos), es sin duda el mejor ejemplo de esta evolución. [2]
Como resultado de esta modernización es la aparición de nuevos delitos, la violencia, la impunidad, aumentó la incertidumbre. Todo esto se suma la generación de gran sentimiento de inseguridad, la sociedad exige una pronta respuesta por parte del Estado. Se utiliza el derecho penal para tratar de resolver estos problemas, transfiere toda la responsabilidad, lo que no está seguro de su competencia. En este sentido, el consejero Sánchez manifestó:
El resultado es desalentador. Por un lado, porque la visión del derecho penal como el único instrumento eficaz de la pedagogía política y social, como mecanismo de socialización, la civilización, supone un absurdo mayor de una vez la ultima ratio. Pero sobre todo, porque esta expansión es en gran medida inútil, ya que las transferencias a la Ley Penal una carga que no puede soportar. [3]
La compañía parece estar dispuesto a aceptar la expansión del derecho penal como mecanismo de represión de la violencia. En este camino el Sistema Penal pasa por una cuestión doctrinal. En el Código Penal se infla tipos de sanciones penales y legales, pero por lo demás la delincuencia está aumentando sucesivamente. Esto viene en contra de algunas teorías, entre ellas abolicionismo, entendiendo que el derecho penal es incapaz de resolver los problemas sociales en una sociedad cada vez más desigual. Para los abolicionistas, Derecho Penal es ineficaz, al no cumplir con sus fines, es decir, no impiden ni ressocializa, sino todo lo contrario, en lugar de educar, desinformar, humanizar, censura, acentúa la distorsión cada vez más social.
Por el contrario hay conductas practicadas por las clases dominantes - estas clases para abolicionismo ha llegado - considera perjudicial para la sociedad, contra la cual el sistema penal simplemente no reacciona. Los crímenes cometidos por algunas personas que la clase dominante nunca será marcado como normas penales, los delitos no se contabilizan en las estadísticas, hay una distorsión del principio constitucional de igualdad.
Hoy en día, en el derecho penal moderno, las corrientes doctrinales surgen en oposición al modelo tradicional, entre ellos se encuentran la abolición de la Ley de Circulación y de Orden, Derecho Penal y el Derecho Penal Min Enemy. En este aspecto se tendrá en cuenta el movimiento abolicionista.
2 º. La Criminología Crítica
La nueva criminología, criminología critica, es un movimiento que se originó en la segunda mitad del siglo XX, se rebela contra el romanticismo tradicional de Criminología, que se desarrolló a partir del siglo XIX.
En vista del Nilo Batista doctrinario:
A diferencia de Criminología tradicional, Revista de Criminología no es aceptado, que una incuestionable priori, el código penal, sino que investiga cómo, por qué y para quién (en ambas direcciones: contra quién y para quién), este código fue redactado y no otro. La Criminología Crítica por lo tanto no autodelimita
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