Accion De Amparo Constitucional
Enviado por eaguilare • 28 de Marzo de 2014 • 2.602 Palabras (11 Páginas) • 313 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA
UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FUNDACIÓN MISIÓN SUCRE
ALDEA UNIVERSITARIA LA CONCORDIA
PROGRAMA DE FORMACIÓN DE GRADO ESTUDIOS JURÍDICOS
ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL
Nombres:
Emily Aguilar G. C.I.: 13261715
Facilitadora: Abog. Lorena Chaparro
Decimo semestre
SAN CRISTÓBAL, MARZO 2014.
INDICE:
Índice…………………………………………………………………………………………………………………….............2
Introducción………………………………………………………………………………………………………………………3
Reseña Histórica……………………………………………………………………………….………………………………4
Acción de Amparo Constitucional……………………………………………………………………………………..4
Características……….………………………………………………………………………………………………..…..….5
Naturaleza Jurídica…………………………………………………………………………………………………………..6
Principios que la Orientan…………………………………………………………………………………………………7
Control Constitucional……………………………………………………………………………………………………..8
El Amparo en el Marco Jurídico venezolano y Ley de Amparo……………….………………………….9
Procedimiento…….………………………………………………….……………………………………………………..…9
Conclusión………………………………………………………….………………………………………………………….11
Bibliografía…………………………………………………………………………………………………………….………12
INTRODUCCION:
El Amparo Constitucional es un derecho que tienen todas las personas de acudir a los tribunales para ser amparadas y protegidas cuando sientan que sus derechos, garantías constitucionales o cualquier derecho susceptible de protección, han sido violados o existe el peligro cierto de violación, a objeto de que se restablezca la situación jurídica infringida. El artículo 27 de nuestra constitución, reza que toda persona tiene derecho a ser amparada por los tribunales en el goce y ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.
El artículo 1 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales señala que toda persona puede solicitar ante los tribunales el amparo previsto en el mencionado artículo 49, con el propósito de que se restablezca inmediatamente la situación jurídica infringida
El amparo es equiparable a un proceso cautelar y restitutorio, tendente únicamente a la constatación de la violación o amenaza de violación del derecho o garantía constitucional, a objeto de que se le restablezca al solicitante el pleno goce y ejercicio de tales derechos sin prejuzgar sobre ninguna otra materia, quedando abiertas a las partes las vías ordinarias para reclamar las indemnizaciones o restituciones a que haya lugar en derecho.
ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL:
RESEÑA HISTORICA:
Tiene por antecedentes una ley visigoda en Castilla: el fuero Juzgo y las leyes Castellanas empezando por las Siete Partidas. También los recursos contra los actos del poder utilizados en la baja edad media, de ahí pasan al Virreinato de Nueva España (México) en donde hay un amparo Colonial.
Dentro de la península de Yucatán en su descontento por el régimen centralista enmarcado en la entonces vigente Constitución de 1836, comúnmente conocida como Las Siete Leyes de 1836 amenazó con su intención de separarse de la República mexicana. Con la consiguiente preocupación, se le otorgó la facultad de legislar su propio régimen jurídico, como si se tratase de un Estado federalista dando origen a la Constitución de Yucatán del 31 de marzo de 1841.
Esta constitución tuvo a bien recoger un proyecto en el artículo 53, elaborado por Manuel Crescencio Rejón, que expresaba textualmente: "Corresponde a este tribunal la Corte Suprema de Justicia reunido: 1º. Amparar en el goce de sus derechos a los que pidan su protección contra las providencias del Gobernador o Ejecutivo reunido, cuando en ellas se hubiese infringido el Código Fundamental o las leyes, limitándose en ambos casos a reparar el agravio en la parte que procediere".
Así se habló por primera vez en el derecho legislado, del amparo decretado por órganos jurisdiccionales para combatir agravios contra las garantías individuales, en el proyecto de Rejón y en la Constitución yucateca de 1841.
En Venezuela se remonta a las cláusulas de la Constitución de 1811, sobre la supremacía constitucional y la nulidad de las leyes contrarias al Texto Fundamental, pasando por el control político de las leyes provinciales, el inicio de la acción directa de inconstitucionalidad contra leyes, en Venezuela, nuestra primera Constitución, en 1811, consagró la supremacía constitucional, (Capítulo IX, artículo 227), estableciendo que las leyes que se expidieran contra la Constitución "no tendrán ningún valor, sino cuando hubiesen llenado las condiciones requeridas para una justa y legítima revisión y sanción".
La garantía de la nulidad de toda ley contraria a la Constitución se consagró en el Texto de 1811, aún más expresamente, en relación a las leyes fundamentales o provinciales contrarias a los derechos fundamentales, al establecerse en el último de los artículos del Capítulo relativo a los derechos del hombre (artículo 199): "Para precaver toda transgresión de los altos poderes que nos han sido confiados, declaramos: que todas y cada una de las cosas constituidas en la anterior declaración
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