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Accion De Tutela


Enviado por   •  31 de Agosto de 2014  •  1.579 Palabras (7 Páginas)  •  246 Visitas

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LA ACCION DE TUTELA.

¿ES EFICAZ LA TUTELA?

La finalidad principal de este ensayo es el análisis sobre si es o no eficaz la Acción de Tutela; desde la perspectiva como mecanismo para la defensa en esa relación desigual entre las estructuras de poder “Politico-Economico” que ha sido tan marcada en nuestra sociedad, donde el ciudadano del común llega a un total estado de indefensión frente al poder del dominador, por lo tanto se devela el resultado a esa lucha intensa que ha librado el hombre a través de la historia, por encontrar alternativas de protección que le garanticen por lo menos sus derechos fundamentales, los cuales están consagrados en la constitución política.

En la reseña histórica de la Acción de Tutela, los momentos más importantes que precedieron la Acción de Tutela fueron la Carta Magna de 1215 y su confirmación de 1297, la Petición de Justicia de 1627 y el Bill of Rights del 13 de febrero de 1688, todas de Inglaterra, este se considera el antecedente más significativo de la acción de tutela como instrumento que atenúa en favor de los individuos el poder del Estado. En el tiempo la declaración de Derechos de Virginia del 12 de enero de 1776, la Declaración de Derechos de Maryland del 14 de agosto de 1776, la declaración de derechos Massachusetts de 1780 y la Constitución de 1787, estas últimas en Estados Unidos. Posteriormente la declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano del 4 de agosto de 1789, en Francia. Finalmente la Constitución de Yucatán en México en 1841 y las actas de Reforma de 1857.

Antecedente normativo de la Acción de Tutela en el Derecho Romano Interdicto, amparaba la libertad personal de los hombres libres. La Intercessio se refería a la apelación ante un magistrado superior de una persona por la de la decisión de un magistrado. En Colombia la ley de Indias, se refería a la protección de tierras de los aborígenes.

Teniendo como base una estructura tan poderosa y dominante frente a los ciudadanos como lo es poder político y económico de parte del Estado además de los movimientos económicos del País; donde se han librado muchas luchas para encontrar espacios de protección y que no fue suficiente con las pretensiones de la revolución francesa cuando proclamaron los principios y las constituciones con el fin de garantizar la protección por parte del estado, pues la interpretación que este último le dio a dichas promulgaciones donde la política, la igualdad, la solidaridad, la legalidad entre otros, tienen contenidos distintos a la luz de la interpretación del que posee el poder a como lo ve el ciudadano del común. En consecuencia fue tan evidente la desigualdad y la inaplicabilidad de los derechos constitucionales que se pensó que si no se creaban mecanismos de control para dar cumplimiento a estos mandatos constitucionales no se vería la eficacia de los mismos.

Es ahí cuando La Asamblea Nacional Constituyente consiente de la importancia de crear una herramienta ágil y eficaz a los ciudadanos, que fuera de la mano del nuevo modelo de Estado social y democrático de derecho, para garantizar el cumplimiento de los derechos y constitucionales, donde sus miembros presentaron proyectos que sustentaron la creación de la acción de tutela como fueron: El proyecto 2, del Gobierno Nacional, llamado Derecho de Amparo; el proyecto 7, de la Alianza Democrática M-19, AD-M19, llamado Recurso de Amparo; el proyecto 9, del constituyente Juan Gómez Martínez; el proyecto 67, del constituyente Misael Pastrana Borrero; el proyecto 81, del constituyente Juan Carlos Esguerra Portocarrero; el proyecto 87, del co-presidente de la Asamblea Nacional Constituyente, Horacio Serpa Uribe, llamado también Recurso de Amparo; el proyecto 113, de los constituyentes, Alfredo Vásquez y Ayda Avella; el proyecto 116, del constituyente, Antonio Galán Sarmiento; el proyecto 126, del constituyente, Iván Marulanda Vélez; y el proyecto 130, del constituyente, Eduardo Espinosa Facio-Lince. a estos, en la comisión correspondiente y en la plenaria de la Asamblea Nacional Constituyente, se unieron otros sectores políticos y sociales, con argumentos y propuestas que terminaron por concretar lo que sería la actual Acción de Tutela, del artículo 86 de la Constitución Nacional. Así: .” Toda persona tendrá acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos constitucionales fundamentales, cuando quiera que éstos resulten vulnerados o amenazados por la acción o la omisión de cualquier autoridad pública. La protección consistirá en una orden para que aquel respecto de quien se solicita la tutela, actúe o se abstenga de hacerlo.

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