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Acción Plenaria De Posesion


Enviado por   •  13 de Mayo de 2015  •  1.192 Palabras (5 Páginas)  •  373 Visitas

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ACCIÓN PLENARIA DE POSESIÓN

Esta acción compete al adquirente con justo título y buena fe; tiene por objeto que se le restituya la posesión definitiva de una cosa mueble o inmueble. Se da esta acción en contra del poseedor sin título del poseedor de mala fe y del que tiene título de buena fe, pero una posesión menos antigua que la del actor.

ARTICULO 9º.- Al adquirente con justo título de buena fe le compete la acción para que, aún cuando no haya prescrito, le restituya la cosa con sus frutos y accesiones, en los términos del artículo 4º, el poseedor de mala fe, o el que teniendo título de igual calidad ha poseído por menos tiempo que el actor. No procede esta acción en los casos en que ambas posesiones fueren dudosas o el demandado tuviere su título registrado y el actor no, así como contra el legítimo dueño.

ARTICULO 4º.- La reivindicación compete al propietario de la cosa que no la tiene en su posesión, para que se declare que le corresponde el dominio de ella y que el poseedor se la entregue con sus frutos y accesiones en los términos prescritos por el Código Civil.

OBJETO DE LA ACCIÓN PLENARIA:

Esta acción se intenta para que se resuelva sobre la mejor posesión: la controversia se referirá siempre a la calidad de la posesión; se trata siempre de investigar quien tiene una mejor posesión originaria entre actor y demandado.

El objeto de esta investigación es proteger la posesión definitiva; reconcer el mejor derecho para poseer, a efecto de que sólo en juicio reivindicatorio se pueda privar al poseedor de la cosa, o bien en juicio de nulidad respecto al título para que como consecuencia de la misma proceda la restitución.

Conforme al artículo 9° del Código de Procedimientos Civiles, sólo compete la acción plenaria, al adquirente con justo título y buena fe. Po consiguiente, la acción plenaria de posesión conforme a nuestro derecho procesal, no puede intentarse por el poseedor animus dominio que haya adquirido por virtud de un delito o de un acto ílito, ya que no tiene título ni menos buena fe.

La acción procede en contra del poseedor que no tiene título, del que conoce sus vicios, es decir, que es de mala fe y, finalmente, respecto al poseedor con título y buena fe, pero que ha poseído por menos tiempo que el actor. Aunque el Código de Procedimiento no lo dice, podríamos agregar otro caso, tratándose de inmuebles, esta acción procede cuando el actor tiene su título registrado y el demandado no la ha inscrito, independientemente de la antigüedad en este caso, siempre y cuando el actor sea poseedor de buena fe.

En la doctrina se estudian tres hipótesis fundamentales:

 Ambas partes tienen título.

 Sólo una de ellas lo tiene

 Ninguna de las partes tiene título.

Estas hipótesis cuando la acción prospera suponen una mejor posesión del actor, porque litiga contra un poseedor que no tiene título, o que es de mala fe, o contra un poseedor que tiene título y buena fe, pero menos antigüedad.

La aludida hipótesis, no prevista en el Código Procesal para bienes inmuebles, supone que el actor tiene menos antigüedad, pero ha registrado su título, y el demandado no lo ha inscrito. Conforme al Código Civil tratándose de inmuebles, la mejor posesión no es la más antigua, sino la primeramente registrada. Prosperará, por consiguiente, la acción plenaria de posesión, aunque el demandado demostrase mayor antigüedad, si el actor comprobara el registro de su título y la no inscripción del título contrario.

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