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Administracion Financiera


Enviado por   •  14 de Noviembre de 2014  •  2.551 Palabras (11 Páginas)  •  264 Visitas

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NORMATIVA DEL SISTEMA DE ADMINISTRACION FINANCIERA

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El Sistema de Administración Financiera “SAFI” es el conjunto de elementos

interrelacionados, interactuantes e interdependientes, que debidamente ordenados y

coordinados entre sí, persiguen la consecución de un fin común, la transparente

administración de los fondos públicos.

Entre los subsistemas más importantes podemos citar: Presupuesto, Contabilidad

Gubernamental, Tesorería, Nómina, Control Físico de Bienes, Deuda Pública y

Convenios, los que están regidos por principios y normas técnicas destinados a

posibilitar la asignación y utilización eficiente de los recursos públicos, de la cual se

generen los adecuados registros que hagan efectivos los propósitos de transparencia y

rendición de cuentas.

1.1 PRINCIPIOS GENERALES

1.1.1 ENTES FINANCIEROS

Constituyen entes financieros los organismos, entidades, fondos o proyectos creados

por ley, decreto u ordenanza, con existencia propia e independiente, que administran

recursos y obligaciones del Estado, bajo cuya responsabilidad estará el

funcionamiento del Sistema Integrado de Administración Financiera. Si las

circunstancias lo ameritan se desconcentrará el sistema, bajo la exclusiva

responsabilidad del ente financiero institucional.

Los entes financieros se presumirán de existencia permanente, a menos que las

disposiciones que los crearon definan una existencia determinada u otra norma legal

establezca su disolución o fusión.

El conjunto de recursos y obligaciones administrados por los entes financieros,

reflejados en el Sistema de Administración Financiera institucional, constituirán la base

del Sistema en los niveles Sectorial y Global del Sector Público no Financiero.

Los organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Gobierno Central, se

constituirán en un solo Ente Financiero, con presupuesto, contabilidad y tesorería

únicos.

1.1.2 MODELO DE GESTION FINANCIERA

El conjunto de organismos, entidades, fondos o proyectos que conforman el Gobierno

Central y Entidades Descentralizadas y Autónomas, se rigen a través de la

centralización contable y de la caja fiscal y desconcentración de la ejecución

presupuestaria, para lo que se constituyen los siguientes niveles estructurales:

1.1.2.1 Unidad de Administración Financiera UDAF

Es la máxima instancia institucional en materia financiera y presupuestaria; cumple y

vela por la aplicación de leyes, normas y procedimientos que rigen la actividad

financiera y presupuestaria de observancia general en la Institución.

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Las atribuciones de las Unidades de Administración Financiera de cada organismo y

ente del Sector Público, son las siguientes:

a. Coordinar la programación y formulación del presupuesto, la programación de la

ejecución presupuestaria, y con los responsables de cada unidad ejecutora, la

evaluación de la gestión presupuestaria;

b. Coordinar con la unidad de planificación institucional la adecuada vinculación de la

planificación con el presupuesto y el registro, en el sistema integrado de

información financiera, de la parte pertinente a los objetivos, metas y acciones

definidas en el plan.

c. Coordinar la administración financiera institucional con el ente rector para la

debida aplicación de las políticas, directrices, normas y procedimientos que

emanen del mismo.

La UDAF no tiene competencias de carácter operativo: aglutina las solicitudes de sus

unidades ejecutoras para su tratamiento al nivel del ente rector; y, autoriza y aprueba las

operaciones presupuestarias delegadas para su tratamiento.

1.1.2.2 Unidad Coordinadora UC

Es la unidad que, en lo organizativo, es una instancia dependiente de la UDAF para

cumplir determinadas atribuciones que le sean delegadas para facilitar la coordinación de

las unidades ejecutoras con la UDAF, particularmente en lo relacionado a la

programación presupuestaria, programación financiera y ejecución presupuestaria. Su

creación es facultativa de la Institución en función de las necesidades de la gestión

financiera institucional.

1.1.2.3 Unidad Ejecutora UE

Es la unidad desconcentrada con atribuciones y competencias para realizar funciones

administrativas y financieras y que, estructuralmente, forma parte de una Institución.

Los presupuestos se asignan al nivel de unidad ejecutora; por tanto, son la instancia

responsable, en lo operativo, de las distintas fases del ciclo presupuestario; para tal

efecto se regirá a las disposiciones y normas del ente rector canalizadas a través de la

UDAF y de las Unidades Coordinadoras de las que deberá requerir su aprobación o

autorización en todo aquello que no se encuentre dentro de su marco de

competencias.

Todos los registros en las distintas fases del presupuesto se efectúan en la Unidad

Ejecutora; en consecuencia, le corresponde mantener los documentos de soporte de

conformidad con las normas vigentes sobre la materia.

Para efecto de realizar sus actividades mantendrá comunicación y canalizará sus

requerimientos por medio de las Unidades Coordinadoras y la UDAF, según sea el

caso.

1.1.3 PERIODOS DE GESTION

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El Sistema de Administración Financiera operará con períodos mensuales para medir,

conocer y comparar los resultados de la gestión y la situación económica financiera,

contable y presupuestaria, sin que ello constituya impedimento para generar informes

con la oportunidad, forma y contenido que los usuarios lo determinen.

En el período con cierre activado, no se podrán alterar o modificar los datos; las

regularizaciones por errores u otras causas deberán efectuarse en el mes vigente del

Sistema.

El ejercicio fiscal coincidirá con el año calendario, comprendido entre el 1o. de enero y el

31 de diciembre de cada año.

1.1.4 CONSISTENCIA

El Sistema de Administración Financiera estará estructurado como un sistema integral,

único y uniforme. El Ministerio de Economía y Finanzas tendrá la atribución exclusiva

para autorizar, en casos excepcionales,

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