SISTEMA INTEGRAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
Enviado por engaldos • 6 de Octubre de 2014 • Tesis • 11.141 Palabras (45 Páginas) • 301 Visitas
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Capítulo 1 del Módulo 3.- Procedimiento Clásico: Etapas
Docentes: Amalia Moreno Vizcardo / Mariela Sifuentes Huamán / Miguel Salas Macchiavello
Introducción
El Estado tiene la obligación de satisfacer las necesidades de sus habitantes, para garantizar la convivencia y la paz social. Para cumplir dicho objetivo requiere efectuar una serie de actividades u acciones que puedan traer como resultado el logro satisfactorio de dichas necesidades, entre ellas, efectuar la compra o adquisición de bienes, contratar servicios o ejecutar obras.
En ese sentido, la contratación administrativa se constituye en la herramienta del Estado para cumplir con sus fines. Se considera como tal ya que por medio de ella se acuerda con un particular la prestación de un servicio, la adquisición de un bien o la realización de una obra, para que el Estado cumpla con sus fines y objetivos institucionales.
Considerando la importancia de la contratación estatal se ha previsto una regulación especial, más aún porque una de las partes en la relación jurídica es la Administración Pública. Ello implica que se requiera de una reglamentación adecuada para el correspondiente control del buen uso de los recursos públicos que, como sabemos, son escasos.
Así, el artículo 76º de la Constitución Política del Perú dispone que las obras, así como la adquisición, enajenación y suministro de bienes con utilización de fondos o recursos públicos se ejecuten obligatoriamente por contrata y Licitación Pública, mientras que la contratación de servicios y proyectos se hace por Concurso Público. Complementariamente, la normativa de contratación pública ha desarrollado el referido precepto constitucional estableciendo las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Público en los procesos de contratación de bienes, servicios u obras, así como regula las obligaciones y derechos que se derivan de éstos.
Al respecto, debe indicarse que todo proceso de contratación regulado por la normativa de contrataciones del Estado se desarrolla en ciertas etapas, que pueden ser agrupadas en tres fases:
1) Fase de Programación y actos preparatorios, la cual comprende:
i) La definición de necesidades y la aprobación del respectivo Plan Anual de Contrataciones,
ii) La realización de un estudio de posibilidades que ofrece el mercado y la determinación del tipo de proceso de selección a convocarse;
iii) La designación del Comité Especial encargado de llevar a cabo la contratación; y,
iv) La elaboración y aprobación de las Bases del proceso de selección;
2) Fase de Selección, que se desarrolla en ocho etapas(1):
i) convocatoria;
ii) registro de participantes;
iii) formulación y absolución de consultas;
iv) formulación y absolución de observaciones;
v) integración de Bases;
vi) presentación de propuestas;
vii) calificación y evaluación de propuestas; y,
viii) otorgamiento de la Buena Pro; y,
3) Fase de Ejecución contractual, que comprende desde la celebración del contrato respectivo hasta la conformidad y pago de las prestaciones ejecutadas, en el caso de los contratos de bienes y servicios, y con la liquidación y pago correspondiente, tratándose de contratos de ejecución o consultoría de obras.
I. Definición de proceso de selección
El proceso de selección es una fase dentro del proceso de contratación que tiene como finalidad que la Entidad seleccione a la persona natural o jurídica que presente la mejor propuesta para la satisfacción de sus necesidades. Para ello deberá seguirse el procedimiento establecido en la normativa sobre contratación pública.
Sobre el particular, corresponde señalar que el proceso de selección implica el desarrollo del procedimiento administrativo mediante el cual la Entidad pública invita a los proveedores que se encuentran en el mercado a presentar sus propuestas para que, luego de la evaluación correspondiente, se elija a aquel con el que la Entidad contratará.
Al respecto, el Anexo Único de Definiciones del Reglamento señala que el proceso de selección es “un proceso administrativo especial conformado por un conjunto de actos administrativos, de administración o hechos administrativos, que tiene por objeto la selección de la persona natural o jurídica con las cual las Entidades del Estado van a celebrar un contrato para la contratación de bienes, servicios o la ejecución de una obra”.
II. Tipos de proceso de selección
La normativa de contratación pública ha previsto los siguientes procesos de selección:
• Licitación Pública: Se convoca para la contratación de bienes y obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias.
• Concurso Público: Se convoca para la contratación de servicios, según los parámetros establecidos en las normas presupuestarias.
• Adjudicación Directa: Se convoca para la contratación de bienes, servicios y ejecución de obras, según los márgenes establecidos en las normas presupuestarias. Puede ser pública o selectiva.
• Adjudicación de Menor Cuantía: Proceso que se aplica a las contrataciones que realice la Entidad, cuyo monto sea inferior a la décima parte del límite mínimo establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Público para los casos de Licitación Pública y Concurso Público.
El artículo 19º del Reglamento ha previsto que este tipo de proceso se aplicará también para los siguientes supuestos:
(i) La contratación de expertos independientes para que integren los Comités Especiales; y
(ii) Los procesos declarados desiertos, cuando corresponda, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32º de la Ley.
Para determinar el proceso de selección aplicable, se considerará el objeto principal de la contratación y el valor referencial establecido en la Entidad para la contratación prevista.
En el caso de contrataciones que involucren un conjunto de prestaciones, el objeto principal del proceso de selección se determinará en función a la prestación que represente la mayor incidencia porcentual en el costo.
Para la determinación del tipo de proceso aplicable,
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