Alimentos
Enviado por mondry10 • 5 de Febrero de 2015 • 972 Palabras (4 Páginas) • 122 Visitas
EXPEDIENTE Nº
SECRETARIO JUDICIAL: DR.
ESCRITO Nº 01
INTERPONGO DEMANDA DE INTERDICCION CIVIL
SEÑOR JUEZ ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DE LA PROVINCIA DE TRUJILLO
CARLOS ENRIQUE PALOMINO RUESTA, debidamente identificado con DNI Nº 45372615, con domicilio real sito Av. Carlos Valderrama Nº 857- Las Quintanas- Trujillo y con domicilio procesal sito en Calle Gamarra 679 2do Piso Oficina 01 de esta misma ciudad.A usted respetuosamente nos presentamos y decimos:
I.-PETITORIO:
En Vía de Proceso sumarisimo interpongo demanda de INTERDICCION de mi hermano JOSE LUIS PALOMINO RUESTA, por padecer de absoluta incapacidad física y mental; así mismo, a titulo de acumulación objetiva originaria solicito a su despacho se proceda a DECLARAR EL REGIMEN DE CURATELA QUE CORRESPONDA; demanda que interpongo en atención los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:
II.-FUNDAMENTOS DE HECHO :
1.-Desde que nació mi hermano JOSE LUIS PALOMINO RUESTA ha padecido de una parálisis cerebral que le priva de todo discernimiento y lo hace incapaz de expresar su voluntad.
2.- Conforme a los exámenes médicos que se le han practicado desde su niñez, lo cual se confirma con el ultimo examen medico que anexo, mi hermano el citado en el considerando anterior, sufre de una dolencia cerebral que tiene carácter irreversible, por lo que pese al tratamiento que se le pueda brindar, nunca podrá tener conciencia y discernimiento.
3.- Pese a dicha situación, mis padre Don Manuel Enrique Palomino Caceres Y Doña Maria Eusebia Ruesta Vilchez nunca han tomado medida alguna para que su incapacidad absoluta se le provea de representación o de un régimen legal de protección; por las referidas circunstancias, recurro a su despacho, Sr. Juez, a fin de que en base a las pruebas aportadas declare Ud. Interdicto a mi hermano.
III.- FUNDAMENTOS DE DERECHO:
Se amparar mi pretensión en lo establecido por los artículos 43 inciso 2 ( incapacidad Absoluta de los que se encuentran privados de discernimiento por cualquier causa) y 564(procedencia de la curatela) del Código Civil, y por el ARTICULO 581( procedencia del proceso de interdicción) del Código Procesal Civil.
IV.- LEGITIMIDAD E INTERES PARA OBRAR:
La Legitimidad para el inicio de la presente acción me corresponde en la calidad de hermano de la persona contra quien se debe dictar la interdicción; y, el interés para obrar se basa en el derecho que tengo de recurrir a su despacho como ultima alternativa posible para que se declare la interdicción, así como que
...