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Apuntes De Derecho Internacional


Enviado por   •  17 de Abril de 2014  •  5.032 Palabras (21 Páginas)  •  221 Visitas

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DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO.

LA NACIONALIDAD.

Nacionalidad.

En México seguimos la doctrina impuesta por la Escuela Francesa, por eso la vemos, y porque es un punto de contacto del individuo, de personas morales y de bienes con uno o más países. Entre todos los puntos de contacto, éste, la nacionalidad, es uno de los más débiles.

La nacionalidad se estudia desde tres putos de vista:

1. Conceptos.

2. Adquisición-Otorgamiento (modalidades)

a. Personas Físicas.

b. Personas Morales; ejemplo: Sociedades Mexicanas con capital 100% extranjero.

c. Bienes: Los bienes no pueden tener nacionalidad, tienen origen, para estos efectos solo tienen nacionalidad las aeronaves y las embarcaciones.

3. Pérdida.

Mexicanos por nacimiento: se les permite tener doble nacionalidad y gozan de la garantía de la no pérdida.

A diferencia de los mexicanos por naturalización, éstos tienen que perder su nacionalidad para convertirse en mexicanos.

El concepto y la definición son muy breves; se habla de un vínculo jurídico de un individuo como personas físicas, morales y bienes, y un Estado; otros autores hablan de un vínculo jurídico y político.

Nación VS Estado.

¿Es lo mismo hablar de Nación y Estado? Al desglosarse el concepto en el ámbito sociológico y en el jurídico encontraos diferencias:

• Concepto sociológico: Nacionalidad, no como país, sino como pueblo, raza, idioma, costumbre, religión (lazos entre un pueblo, independientemente si se encuentra en un país o en otro).

• Concepto jurídico: son nacionales o ciudadanos de determinado país independientemente de los lazos sociológicos; sólo por el hecho de nacer en ese país los vincula con ese nacional, aunque sea de otra religión, costumbre, idioma, pero nacieron en México.

Por ejemplo:

• Ex-Unión Soviética: Se fragmentó, y de sólo un Estado nacieron 16 nuevos países y esta división se debió a los lazos religiosos étnicos y no jurídicos.

• Ex-Yugoslavia: (Servia, Corasia, Bosnia y Cosudo) se debió esa división a situaciones religiosas.

• Dos Alemanias: Sociológicamente se puede hablar de la nación alemana, pero en dos Estados.

• Nación Judía: palestinos: Viven en todo el mundo, en muchos estados, sociológicamente hablando permanecen unidos, mismo idioma y costumbres homogéneas.

• Nación Gitana: nación nómada, no tiene un Estado.

Nacionalidad VS Ciudadanía.

También se usan como sinónimos, sin embargo en nuestra legislación fundamental hay una diferencia.

• Artículo 30. Capítulo II, de los mexicanos.

• Artículo 33. Capítulo II, de los extranjeros.

• Artículo 34. De los ciudadanos mexicanos. Hombres y mujeres teniendo la calidad de mexicanos: cumplir la mayoría de edad y tener un modo honesto de vivir.

• Artículo37. Pérdida de la nacionalidad y de la ciudadanía:

o Base constitucional de mexicanos por nacimiento, no perder, ser privados de la nacionalidad.

o Los mexicanos por naturalización si pueden perderla.

o Cuando se pierde la nacionalidad.

1. Nacionalidad: Concepto jurídico. Vínculo jurídico entre el individuo (personas morales y bienes) y el Estado.

2. Ciudadanía: Concepto político. Vínculo político entre el individuo y el Estado.

Teorías del otorgamiento de Nacionalidad.

¿Qué sucede cuando un individuo, persona moral o bien adquiere la nacionalidad?

• Teoría contractualista: para unos existía un contrato, es muy dudoso que el individuo tenga oportunidad de negociar las cláusulas, en el mejor de los casos es un contrato de adhesión. Crítica: al nacer; al tener dieciocho años se expresa la voluntad.

• Teoría del acto de voluntad: en el caso de la naturalización, si hay voluntad expresa en el consentimiento, el individuo acepta la condición de renunciar a otra nacionalidad y su sumisión a las leyes mexicanas. En el caso de matrícula y abanderamiento de aeronaves también existe una manifestación de la voluntad por el titular. Crítica: esta teoría no se adecúa a la realidad, es impuesta.

• Teoría positivista: es la teoría que más se adecúa; se otorga la nacionalidad cuando se cumplen los requisitos (es voluntaria un claro ejemplo es la naturalización) o cuando se actualizan los supuestos establecidos en la Ley. Artículo 30. Son mexicanos los que nacen en el territorio nacional; ¿estamos en presencia de una imposición o una interrogativa?

Elementos de la nacionalidad.

1. Elemento activo: el Estado que la otorga o la reconoce.

2. Elemento pasivo: el individuo que la recibe.

3. Nexo o vínculo: entre los elementos activo y pasivo.

o Ius solis.

o Ius sangunis.

o Ius domicili.

Los primeros dos nexos son muy comunes, sobre todo el primero, según el artículo 30 se adquiere la nacionalidad del Estado, suelo, en el que nace. Crítica: la nacionalidad es algo muy íntimo y personal. Hay que ver un vínculo muy íntimo de ostentar la nacionalidad de cada estado, nace desde el corazón.

1. Ius soli. Derecho de suelo. Una vacacionista de vacaciones de primavera en México da a luz por accidente en las playas mexicanas, no quiere registrarlo en México, pero la Constitución establece que su hijo es mexicano. Crítica: no se desarrolla un vínculo por el sólo hecho de nacer ahí, el ius soli no es una garantía de ese vínculo.

No es garantía para tener la nacionalidad. Cuando el individuo nace un una aeronave o embarcación abanderada, por ejemplo, mexicana, se aplica el ius solis y será mexicana. Las naves y los aviones no son extensiones del territorio pero se aplica como tal.

2. Ius sanguinis. Derecho de sangre. Aquéllos que nacen fuera de México. Puede que no se desarrolle un vínculo entre el individuo y el Estado porque no se desarrolló en México no creció ahí. Los padres pueden desarrollar costumbres mexicanas, tal vez ni aprende el idioma español y no desarrolla las tradiciones que sus padres practican. ¿Ambos padres tienen que ser mexicanos para transmitir la nacionalidad? Lo ideal es que sí sean los dos padres mexicanos para así enseñarle al hijo a desarrollar un vínculo con el país de origen a pesar de que vivan en oro país. Históricamente la nacionalidad mexicana no se transmitía a los hijos (discriminatorio), la mujer tenía que declararse una cualquiera, declarar que no sabía quién era el padre.

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