Articulo 46 LISR
Enviado por Pamela080901 • 30 de Noviembre de 2014 • 585 Palabras (3 Páginas) • 866 Visitas
El artículo 44 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta nos habla del ajuste por inflación.
Tiene una gran importancia ya que se hacen con el objetivo de reconocer la pérdida del valor de los activos no monetarios por exposición a la inflación. Al presentar los estados financieros ajustados por inflación, estos son más reales, expresan la situación actual de la empresa.
Hay que tener en cuenta que al ajustar por inflación se genera un ingreso por corrección monetaria y este ingreso no es efectivo, es solo un ingreso nominal, por tal razón la utilidad del ejercicio resultante del ingreso por ajustes por inflación no se debe distribuir, si se tiene en cuenta que se van a distribuir un efectivo que en ningún momento ingreso a caja, los ajustes por inflación solo fueron ingresos ficticios que por ningún motivo debe distribuirse, esta partida debe llevarse a una reserva del patrimonio, pero no distribuirla.
Al ajustar por inflación hace que la empresa se presente más sólida, con mayor capital de trabajo y esto ante las entidades financieras y terceras personas es positivo, pues ven a la empresa como una empresa sólida, que ofrece seguridad y es una garantía para invertir en ella o hacer negocios con ella.
El artículo nos explica las fórmulas que deben seguirse para poder llegar al cálculo del ajuste por inflación de los activos .
ARTÍCULO 46 QUE SE CONSIDERA DEUDA PARA EFECTOS DEL ARTÍCULO 44 DE ESTA LEY
• Se considerara como deuda cualquier obligación en numerario pendiente de cumplimiento: las derivadas de contratos de arrendamiento financiero, de operaciones financieras derivadas a que se refiere la fracción IX del artículo 20 de la misma, las aportaciones para futuros aumentos de capital y las contribuciones causadas desde el último día del periodo al que correspondan y hasta el día en el que deban pagarse.
Son deudas, los pasivos y reservas del activo, pasivo o capital.
• También son deudas, los pasivos y las reservas del activo, pasivo o capital, que sea o hayan sido deducibles
• Se considera que las reservas se crean o incrementan mensualmente y en la proporción que representan los ingresos del mes del total de ingresos en el ejercicio.
Deudas originadas por partidas no deducibles.
• En ningún caso se considerarán como deudas las originadas, por partidas no deducibles
• El monto de las deudas que excedan el límite a que se refiere el primer párrafo de la fracción XXVII del mismo artículo.
Cuando se considerarán que se contraen deudas.
• Se considerarán que se contraen deudas por la adquisición de bienes y servicios, por la contención de uso o goce temporal de bienes o por capitales tomados en préstamo, cuando se dé cualquiera de los supuestos siguientes:
Adquisición de bienes o servicios
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