Articulo Cientifico
Enviado por pobregon2203 • 16 de Mayo de 2014 • 2.100 Palabras (9 Páginas) • 310 Visitas
RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO DE APELACIÓN EN CONTRA DE DICTAMEN DE CALIFICACIÓN POR PÉRDIDA DE LA CAPACIDAD LABORAL
SEÑORES:
JUNTA REGIONAL DE CALIFICACION DE INVALIDEZ …….
E.S.D
REF. Recurso de Reposición y en subsidio Apelación
JAIME…………, mayor de edad, identificado con la C.C. 93.409.996 expedida en la ciudad de Ibagué, dentro de las diligencias de la referencia, en la oportunidad legal pertinente presento RECURSO DE REPOSICIÓN Y EN SUBSIDIO APELACIÓN contra el Dictamen de Calificación de pérdida de la Capacidad Laboral y determinación de la Invalidez, que me fue proferido el 29 de Abril del Año en curso, con fundamento en los siguientes:
HECHOS
PRIMERO: El día 11 de Febrero de 2007, me encontraba en las instalaciones de la empresa ……….. LTDA. en la ciudad de Bogotá desempeñándome en el cargo de almacenista; cuando una esquirla salto de una pulidora que estaba siendo manipulada por otro trabajador de la empresa, y se introdujo en mi ojo derecho causándome una herida corneal.
SEGUNDO: El día 13 de Febrero de 2007, me fue realizada una intervención quirúrgica para extraer la esquirla del ojo derecho y en el mes de abril del mismo año me realizaron una nueva intervención para extraer el cristalino del mismo ojo.
TERCERO: El día 27 de Mayo de 2008 el Doctor ……….., Jefe de la sección glaucoma y campimetría, presento un informe de perimétrica automatizada que me fue practicado, en el cual expresa que existe un 61% de déficit en el área explorada.
CUARTO: El día 27 de Junio de 2008 recibí una notificación de calificación de invalidez en la que manifestaban que la pérdida de capacidad laboral era del 13.5%, cuando en el dictamen de calificación de pérdida de capacidad laboral hacía alusión a un 61%.
QUINTO: Inconforme, el día 3 de julio de 2008 presente un recurso en contra de la calificación de invalidez que me fue notificada.
SEXTO: El día 11 de septiembre de 2008 me acerque a las oficinas de la ARP ………… para obtener información sobre el recurso interpuesto, pero me indicaron que mi recurso no había sido radicado, por lo tanto presente copia del mismo documento que había radicado el 3 de julio de 2008.
SEPTIMO: En varias oportunidades más me acerque a las oficinas de la A.R.P ., con el fin de obtener respuesta del Recurso que radique en dos oportunidades, sin que se hubiere dado respuesta al mismo.
OCTAVO: El 18 de Mayo de 2010 se dio respuesta al Derecho de Petición radicado el Día 06 – 05 – 2010 en donde se indico, que se procedería a remitir el Caso a la Junta Regional Calificadora de Invalidez.
NOVENO: El 22 de Mayo de 2010 presente Derecho de Petición dirigido a la A.R.P ………….en el que solicite a dicha entidad copia de la remisión hecha a la Junta Regional de Calificación de Invalidez para que me fuere realizada la respectiva valoración. Así mismo, solicite que se efectuara el pago de los Honorarios correspondientes a la Junta de Calificación de Invalidez, según lo establecido en el Artículo 50 del Decreto 2463 de 2001 y el Articulo 2 de la Ley 776 de 2002.
DECIMO: El 22 de Junio de 2010 se dio Respuesta al Derecho de Petición radicado el 22 de Junio de 2010, indicándose que mi caso efectivamente fue remitido a la Junta Regional de Calificación de Invalidez el día 21 de Julio de 2008. Y se indico que el pago se había girado, como se puede establecer del recibo de pago de los Honorarios correspondientes.
El 03 de Septiembre de 2010 presente Acción de Tutela en contra de la Junta Regional de Calificación de Invalidez, que por Reparto correspondió al Juzgado 3 Civil del Circuito de ……….. En ella, solicite tutelar mi Derecho Fundamental de Petición, toda vez que la Junta Regional de Calificación de Invalidez se abstuvo de dar respuesta a la Petición que eleve el día 21 de Julio de 2010.
UN DECIMO: Mediante Fallo de Septiembre Diecisiete de 2010 el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Ibagué concedió la Tutela de la Referencia.
DOCEAVO: Como consecuencia de lo anterior, y atención a lo ordenado por el Fallo de Tutela la Junta Regional de Calificación Regional me manifestó lo siguiente:
- Para el trámite de la calificación se requiere de conformidad con nuestra normatividad, el concepto de la A.R.P.
- No se ha recibido por la A.R.P, el Fondo de Pensiones, ni por Usted solicitud de Calificación. Frente a lo anterior es de advertir que carece de total certeza esta afirmación. Toda vez que la solicitud de calificación fue efectuada por la A.R.P ………. el día 21 de Julio de 2008, y recibido por la Junta Regional de Calificación de Invalidez el 24 de Julio de 2008.
- De otra parte, es preciso señalarle que en razón de estar Residenciado en la Ciudad de Ibagué le corresponde por competencia a la Junta Regional de Calificación del Tolima, por ello debe dirigirse a la A.R.P para que sea remitido a esa Junta o si usted quiere acudir en forma directa, debe presentarles los siguientes requisitos:
1. Fotocopia de la Historia Clínica.
2. Fotocopia Documento de Identificación.
3. Datos de Dirección y Teléfonos donde se puede citar.
4. Consignación (original y fotocopia)en el Banco que le indiquen por un Salario Mínimo Legal Mensual Vigente (515.000) a nombre de Junta Regional de Calificación. En este orden de ideas pareciere que el monto a consignar obedece al pago de Honorarios por concepto de la realización de la valoración médica, cuando este fue efectuado por la A.R.P ………., ya que de no haberse efectuado la Junta Regional de Calificación no hubiere recibido el Expediente.
TRECEAVO: Frente a la anterior respuesta presente nuevamente Derecho de Petición el 22 de octubre de 2010 Dirigido a la Junta Regional de Calificación de Invalidez con la finalidad de que se fijara fecha y hora para la realización del examen en la Ciudad de Bogotá, con fundamento en Documentos Anexos que aporte y que permitían establecer que se cumplían con los requisitos para ello.
CATORCEAVO: El 12 de Mayo del presente Año me notifique del Dictamen de Calificación de pérdida de la Capacidad Laboral y determinación de la Invalidez, que arrojo como porcentaje de la Perdida un 13.85%.
ARGUMENTOS DEL RECURSO
Las Administradoras de Riesgos Profesionales, de conformidad con lo establecido en el artículo 42 del Decreto-ley 1295 de 1994, a través de sus Comisiones laborales propias o a contrato deben evaluar la pérdida de la
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