Aspectos Juridicos
Enviado por emaye.santos • 23 de Marzo de 2014 • 1.547 Palabras (7 Páginas) • 239 Visitas
los aspetos juridicos
1.4.5. Empresas de inserción
Se ha establecido un sistema de bonificaciones para incentivar la contratación por parte de las
empresas de inserción de personas en situación de exclusión social, desempleadas e inscritas
en los SEPE, con dificultades para su integración en el mercado laboral: perceptores de rentas
mínimas de inserción, jóvenes de entre 18 y 30 años procedentes de Instituciones de
Protección de Menores, personas que no puedan acceder a las prestaciones de rentas
mínimas de inserción o similares, entre otros.
Cuando el contrato se celebre con una persona en situación de exclusión social menor de 30
años la bonificación será de una cuantía mayor.
1.5. Incentivos a la incorporación de jóvenes a entidades de la economía social
Se han previsto bonificaciones dirigidas a las cooperativas o sociedades laborales que
incorporen de forma indefinida a trabajadores desempleados menores de 30 años como
socios trabajadores o de trabajo.
2. Bonificaciones e incentivos a la contratación laboral
2.1. Trabajadores jóvenes
2.1.1. Contratación indefinida de un joven por microempresas y empresarios autónomos
Las empresas con una plantilla igual o inferior a nueve trabajadores y los empresarios
autónomos que contraten de forma indefinida a un joven desempleado menor de 30 años
tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social.
2.1.2. Primer empleo joven
Se establece la posibilidad de que las empresas celebren contratos temporales con jóvenes
desempleados menores de 30 años que no tengan experiencia laboral o cuando ésta sea
inferior a tres meses.
Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que transformen este contrato en
indefinido tendrán una bonificación en las cuotas empresariales a la Seguridad Social que
variará según se trate de trabajadores o trabajadoras.
2.2. Contratos de formación
2.2.1. Incentivos a la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa
Las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que celebren contratos a tiempo parcial
con vinculación formativa con jóvenes desempleados menores de 30 años tendrán derecho a
una reducción a la cuota empresarial a la Seguridad Social que variará dependiendo de la
plantilla de la empresa.
2.2.2. Incentivos a los contratos en prácticas para el primer empleo
Mediante el RD 4/2013 se establece la posibilidad de celebrar contratos en prácticas con
jóvenes menores de 30 años aunque hayan transcurrido cinco años o más desde la
terminación de sus estudios.
Así, las empresas, incluidos los trabajadores autónomos, que concierten un contrato en
prácticas con un trabajador menor de 30 años tendrán derecho a una reducción de la cuota
empresarial a la Seguridad Social. Esta reducción se verá aumentada en el caso de que el
trabajador estuviese realizando prácticas no laborales en la empresa en el momento de
celebración del contrato de trabajo en prácticas.
2.2.3. Reducciones de cuotas en los contratos para la formación y el aprendizaje
Las empresas que a partir del 12 de febrero 2012 hayan celebrado y celebren contratos para la
formación y el aprendizaje con trabajadores desempleados inscritos en la oficina de empleo
BARCELONA | BILBAO | LISBOA | MADRID | OPORTO | VALENCIA | BRUSELAS | LONDRES | NUEVA YORK | BUENOS AIRES | LIMA | MÉXICO D.F. | SANTIAGO DE CHILE | SÃO PAULO I PEKÍN 56
tendrán derecho a una reducción en la cuota empresarial a la Seguridad Social cuya cuantía
variará dependiendo de la plantilla de la empresa.
2.3. Transformación de contratos
2.3.1. Bonificaciones por transformación de los contratos para la formación y el
aprendizaje en contratos por tiempo indefinido
Las empresas que, a la finalización de su duración inicial o prorrogada, transformen en
contratos indefinidos los contratos para la formación y el aprendizaje, independientemente de
su fecha de celebración, tendrán derecho a una bonificación en la cuota empresarial a la
Seguridad Social cuya cuantía variará según se trate de trabajadores o trabajadoras.
2.3.2. Bonificaciones por transformación de contratos en prácticas, de relevo y de
sustitución en contratos por tiempo indefinido
Las empresas con menos de 50 trabajadores, incluidos los trabajadores autónomos y las
sociedades laborales o cooperativas a las que se incorporen trabajadores como socios
trabajadores o de trabajo, tendrán derecho a una bonificación a la cuota empresarial a la
Seguridad Social cuando transformen en indefinidos contratos en prácticas o contratos de
relevo y sustitución por anticipación de la edad de jubilación. La cuantía de la bonificación
dependerá de si se trata de trabajadores o de trabajadoras.
2.4. Desempleados
2.4.1. Incentivos a la contratación en nuevos proyectos de emprendimiento joven
Los trabajadores por cuenta propia, menores de 30 años y sin trabajadores asalariados que,
desde el 24 de febrero de 2013, contraten por primera vez a desempleados de 45 o más años
de forma indefinida, tendrán derecho a una reducción de la cuota empresarial a la
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