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BASES TÉCNICAS GENERALES SSMA:


Enviado por   •  2 de Agosto de 2014  •  2.077 Palabras (9 Páginas)  •  664 Visitas

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BASES TÉCNICAS GENERALES SSMA:

1.1 Introducción

El Administrador EP-CM, también denominado en adelante, el representante del Dueño, considera para el Proyecto Esperanza , las siguientes Bases Técnicas de Salud, Seguridad, Medio Ambiente (en adelante Bases Técnicas de Salud, Seguridad y Medio Ambiente o también “Manual SSMA) , teniendo en consideración los siguientes objetivos:

• Diseñar, construir y poner en marcha todo proyecto con Cero Daño, dentro del presupuesto y plazo establecido, incorporando las mejores tecnologías con costos competitivos y sustentables en el tiempo.

• Instaurar y mantener relaciones industriales laborales armónicas y transparentes entre; Dueño, administrador EP-CM, y las Empresas Colaboradoras o Contratistas, existiendo un completo conocimiento de los deberes y derechos que corresponden al mínimo cumplimiento, mientras se desempeñen en la realización del Proyecto.

• Incrementar y consolidar la conciencia y responsabilidad en la Salud, Seguridad, Medio Ambiente Natural y Humano y que esta es una función imperativa diaria y permanente, de todos quienes participamos del Proyecto Esperanza y que es responsabilidad de cada trabajador velar por su integridad física y la de los demás, acatando y cumpliendo las normas existentes, promoviendo y sugiriendo nuevas ideas a sus supervisores, que vayan en directo beneficio de la Salud, Seguridad, Medio Ambiente.

• Permanente discusión de las lecciones aprendidas y constante aplicación del mejoramiento continúo.

1.2 Definiciones y Nomenclaturas

• EP-CM: Contrato de Compras, Ingeniería, Construcción y Manejo del Proyecto

• SSMA ó CASS: Se refiere a las normas de Calidad, Ambiente, Salud y Seguridad

• AMSA: Antofagasta Minerals Sociedad Anónima

• ME : Minera Esperanza

1.3 Alcance

Forman parte integrante de estas Bases Técnicas de Calidad, Ambiente, Salud y Seguridad, las normas y Políticas de Salud, Seguridad, Medio Ambiente y otras de Minera Esperanza en adelante el Dueño o ME y del Administrador EP-CM.

El alcance de estas bases son aplicables en:

• Todas las instalaciones tanto propias o que tengan directa relación con el Proyecto Esperanza y que son controladas por ME (desde la construcción hasta el cierre y rehabilitación del terreno).

• Proyectos en desarrollo; desde la ingeniería conceptual, básica y detalle, hasta la entrega de los trabajos encomendados por ME.

• Incluye todas las actividades realizadas por Contratistas en lugares donde ME desarrolla sus operaciones.

• Cualquier lugar o sitio o actividad donde ME sea mandante o se trabaje para ME

2. NORMAS SSMA

2.1 Disposiciones

Estas Bases Técnicas de SSMA rigen para toda Empresa, natural o jurídica, que celebre un Contrato con Minera Esperanza, para la ejecución de cualquier trabajo, obra o servicio en relación con o para ME y el Proyecto Esperanza.

2.2 Normas Generales

• Todo Contratista que celebre contrato con ME deberá dar cumplimento integro y poner en práctica las Normas Generales y Procedimientos Específicos de Calidad, Salud, Seguridad, Medio Ambiente que se establezcan, como también aquellas instrucciones escritas y verbales que se impartan durante la ejecución de los servicios contratados.

• Para los efectos de estas Bases Técnicas, los Subcontratistas, Asesores, Consultores, Proveedores y Visitas que presten servicio a algún Contratistas, serán considerados pertenecientes al Contratista.

• Dar cumplimiento al Reglamento Especial para Empresas Contratistas en materia de Salud y Seguridad en el Trabajo, que son partes de éstas bases técnicas.

• Las Bases Técnicas SSMA regirá para cualquier instalación, dependencia y accesos desde y hacia las instalaciones del Dueño o del Administrador EP-CM.

• Estas podrán ser modificadas unilateralmente por el Dueño o el Administrador EP-CM (su representante) si las circunstancias operacionales o de riesgos de accidentes así lo exigieren, y cualquier modificación a éstas sólo podrán hacerla los Coordinadores de Salud, Seguridad y Medio Ambiente del Dueño o del Administrador EP-CM.

• Toda modificación será comunicada al Colaborador Contratista por el Dueño o el Administrador EP-CM.

2.3 Departamentos de Prevención de Riesgos y Normas

El Contratista deberá mantener en terreno, y en todo momento, desde comienzo a fin del contrato a un experto en Prevención de Riesgos que debe estar registrado en el SERNAGEOMIN o el Servicio de Salud, quien estará a cargo del área de Prevención de Riesgos. La cantidad de expertos y su calificación dependerá de la evaluación de riesgos del trabajo a efectuar y la dotación de trabajadores de la empresa.

• Toda empresa Contratista deberá presentar un Experto en Prevención de Riesgos para asesorar su línea gerencial y supervisora, en el control de riesgos del Contrato.

• Las empresas con 100 o más de 100 trabajadores deberán contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, implementado y mantenido específicamente para el Contrato:

- El Departamento de Prevención de Riesgos deberá estar dirigido exclusivamente por un Experto Profesional, calificado por el Servicio Nacional de Geología y Minería.

- Para el caso en que la faena o contrato se desarrolle en áreas de minas a tajo abierto y/o con explosivos, el Jefe del Departamento, deberá ser Experto Profesional calificado en categoría A.

- Para los casos de la demás faenas mineras fuera del Rajo Minero o actividades con explosivos, el Jefe de Departamento podrá ser Experto Profesional, calificado en categoría A o B.

- El Departamento de Prevención de Riesgos deberá contar en su organización, al menos con:

- Un Jefe de Departamento a tiempo completo.

- Un estadístico con dedicación 100%.

- Un encargado de Medio Ambiente

- Expertos profesionales en prevención de riesgos de terreno con calificación Profesional (Ingenieros o técnicos o Sernageomin en categoría A, B o C), por cada área de trabajo en que se haya subdividido el proyecto o la faena, ya sea por sectores o por especialidad. Este estándar es válido también para los turnos adicionales de trabajo, con más de 50 trabajadores.

• Toda empresa con más de 50 trabajadores y menos de 100 trabajadores, deberán contar con un Departamento de Prevención de Riesgos, cuya organización tendrá, como mínimo :

- Un experto en prevención de riesgos, calificado como Ingeniero en Prevención de Riesgos, o experto Sernageomin, categoría

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