Bancos
Enviado por 145263 • 23 de Septiembre de 2014 • Ensayo • 1.605 Palabras (7 Páginas) • 242 Visitas
Entidades bancarias
Una entidad bancaria (Bancos y Cajas de Ahorro) es una institución financiera que se encarga de administrar el dinero de unos para prestarlo a otros. La banca, o el sistema bancario, es el conjunto de entidades o instituciones que, dentro de una economía determinada, prestan el servicio de banco o banca.
La estructura del sistema financiero en Venezuela, de manera jerarquía:
Está compuesta en su parte superior por el
Ejecutivo nacional, representado por el Ministerio del Poder Popular para la Economía y Finanzas.
Entes adscritos y supervisados:
• Banco Central de Venezuela, encargados estos de dirigir políticas monetarias, impresión de billetes de la moneda de curso legal.
• Comisión Nacional de Valores, vigilar las operaciones de los mercados de compra/venta de títulos valores
• Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras
• Fondo de Garantías de Depósitos, administración de los fondos depositados en garantía por las empresas del sector.
Revisión de la calidad y funcionalidad de los productos que ha de recibir el consumidor final, entre otros.
Por debajo de ellos, siendo sus supervisados o vigilados, se encuentra el sistema bancario propiamente dicho; el conjunto de instituciones financieras con las que el ciudadano de a pie, haciendo gala de su confianza en dicho sistema, mantiene relaciones económicas, siendo la función principal de este sistema la de servir de intermediario entre las unidades económicas deficitarias y las unidades económicas superavitarias.
Marco legal que existe para regular el sector financiero nacional podríamos mencionar:
El 3 de noviembre de 2001, bajo Decreto No. 1.526 se promulgada La Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, se autorizaba a la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras a inspeccionar, vigilar y fiscalizar a los bancos y las demás instituciones de crédito.
Por otra parte, el Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria (FOGADE) debe cumplir un papel estelar en el establecimiento de la credibilidad en el sistema bancario nacional. Su fortalecimiento financiero con el aporte de las instituciones financieras ha sido un acierto legislativo definitivo por parte del Estado.
1. Ley de Instituciones del Sector Bancario, que “establece el marco legal para la constitución, funcionamiento, supervisión, inspección, control, regulación, vigilancia y sanción de las instituciones que operan en el sector bancario venezolano”., que recientemente fue aprobada (28 de diciembre de 2010).
2. Ley del Sistema Nacional de Garantías Reciprocas para la Pequeña y Mediana Empresa
3. Ley de Mercado de Valores
4. Ley Orgánica Antidrogas
Requisitos normativos a ser atendidos por las empresas para su Constitución
Las instituciones del sector bancario deben constituirse bajo la forma de sociedad anónima o bajo la forma de organización permitida por el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional, de acuerdo con las leyes respectivas.
El procedimiento de su constitución ante el ente regulador será realizado por personas naturales denominadas organizadores y la autorización para su promoción estará condicionada a los resultados que emanen del estudio de necesidad económica que al efecto realice la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, el cual será aprobado por el Órgano Superior del Sistema Financiero Nacional.
Las instituciones que soliciten su transformación, conversión, fusión o escisión, solicitarán a la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario las autorizaciones de organización y de funcionamiento respecto del nuevo tipo de actividad. Forma de constitución Gaceta Oficial Nº 6.015 Extraordinario del 28 de diciembre de 2010)
Requisitos para autorizar el funcionamiento de entidad bancaria
La Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario es la única institución facultada para autorizar la organización y el funcionamiento de las instituciones de este sector según el procedimiento señalado en su normativa prudencial y en el Reglamento de la presente Ley (Ley de Instituciones del Sector Bancario). Artículo 18 Organización y funcionamiento
En el caso de fusiones o transformaciones, las cuales sólo podrán ser efectuadas por los bancos universales y micro financieros, deberán presentar la solicitud ante Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario acompañada de un estudio con los siguientes aspectos:
1) Estado de situación de las instituciones bancarias que proyectan fusionarse o transformarse, de ser éste el caso.
2) La viabilidad del proyecto.
3) Un plan de distribución de las acciones, así como la proporción a ser suscrita a través de oferta pública, de ser el caso.
4) El plan de fusión o transformación, con indicación de las etapas en que se efectuará.
5) El proyecto de estatutos de la institución bancaria que resultare de la fusión o transformación.
6) Los planes de negocios, de organización, de plataforma tecnológica, y de funcionamiento de la institución bancaria.
7) Cualquier otra información que solicite la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario.
La información y el plan previsto en los numerales 2, 3 y 4 de este artículo, conjuntamente con el proyecto de estatutos indicado en el numeral 5, deben ser previamente aprobados por las asambleas generales de accionistas correspondientes.
Clasificación de los
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