Barcelona Traction
Enviado por abnercs • 2 de Noviembre de 2013 • 9.427 Palabras (38 Páginas) • 304 Visitas
Breve reseña de los hechos y Derecho aducido por Bélgica :
Barcelona Traction es una compañía canadiense llamada así porque su objeto social era invertir en recursos hidroeléctricos en Cataluña.Barcelona Traction quiebra y Bélgica pide la reparación de los perjuicios causados a sus accionistas pues a pesar de ser la compañía de nacionalidad de un tercer estado ( en el caso canadiense) , sus intereses en ella son preponderantes a su juicio y la quiebra de la compañía se debería a las acciones de un señor llamado Juan March apoyado por acciones del Estado español. Para demostrar estos indica que el 89,3 de los accionistas eran belgas. España rechaza la petición de Bélgica que esta le presenta antes de acudir a la Corte , Belgica hace notar esto para demostrar que agoto la vía diplomática previamente a acudir a la Corte.
-La Barcelona Traction se financiaba vía emisión de acciones y obligaciones cuya suspensión en el pago lleva a declarar su quiebra , esta suspensión se alcanza una vez que se sucedieron los siguientes eventos:
- -En la crisis de 1929 , que afecto a la economía mundial , se siguieron pagando las obligaciones e incluso se repartieron dividendos por parte de la Barcelona traction esto lo hace notar Bélgica para demostar que la situación económica de la compañía era particularmente solida .Las obligaciones que emitio la compañía estaban en pesetas y en libras en 1936 tuvo que interrumpir el pago de estas por la guerra civil y la privación de recursos y ocupación de la empresa , por lo cual hizo un aviso publicado en el periódico.-En 1940 se recupera la empresa y pudo retomar el pago de interés de las obligaciones y sus deudas en cuenta corriente. -Sin embargo por la situación política y social el instituto de cambio , órgano del gobierno español , se volvió particularmente severo y adopto medidas muy restrictivas en cuanto a operaciones con devisas extranjeras o bien realizadas por no residentes. -Todos los pagos tanto de obligaciones en pesetas como en libras como de cuenta corriente de la compañía se veían paralizados por las autorizaciones que debía obtener de dicho órgano .Barcelona Traction pidió las autorizaciones necesarias ante lo cual el instituto le solicito una serie de informaciones precisas , todas fueron entregadas por la compañía pero no obstante esto no se les dio permiso para el pago de estas hasta 1942 en que se autorizo el pago de las obligaciones en pesetas.
Se desarrollo entonces un plan de restructuración por la falta de devisas extranjeras en España que básicamente consistía en el pago de varios cupones a través de la conversión en acciones de las obligaciones. El plan no requería ninguna aprobación del gobierno español y el instituto parecería no oponerse pero el ministerio del que dependía fue confiado al señor suances que era conocido por sus tendencias nacionalistas y autárquicas. El plan requería unas ciertas divisas sin embargo ante lo cual el ministerio lo rechaza y dice que no puede permitirlo por la escasez de divisas en el mercado.
-Barcelona Traction re estructura el plan para que fueran las propias empresas que la componían quienes entregaran las divisas y no se pidiera ninguna a España. A pesar de esto el ministerio se opone y establece como condición para permitirlo un estudio profundo en la estructura de la empresa. La fecha limite para cumplimentar el plan llega y este caduca.
-En la desesperada situación un cierto Señor Montanes ,que en realidad actuaba por ordenes de Juan March que ya hemos mencionado arriba , contacta a los miembros de Barcelona Traction para decirles que hay un grupo interesado en la compra de los intereses de esta y al preguntársele su nombre dice que no puede revelarse por ser delicado. Durante todo este periodo hubo nuevas tentativas de arreglar la situación financiera , nuevos rechazos del gobierno para hacerlo y nuevas ofertas del señor March , quien después ya revela su identidad para adquirir la empresa pero los accionistas no acceden a ellas.
Se declara en quiebra a la empresa por petición de tres inversionistas españoles que acuden a un juez que se declara competente no obstante no tener ningún elemento objetivo para serlo , pues esta en una localidad que nada tiene que ver con el asunto lo que hace notar Bélgica es en si mismo sospechoso. -El juicio se lleva a cabo con incontables violaciones a la ley y al proceso y se destituye a toda la administración de la compañía , se ponen también todo tipo de obstáculos para imposibilitar los recursos que habrían podido hacerse valer contra la primera sentencia , vía una declaración de cosa juzgada y una contestación de competencia arreglada. -La asamblea de acreedores para nombrar síndicos también es manipulada solo se llama a algunos , que por supuesto estaban acordes a los intereses del señor March y se deja entrar a otros sin acreditar serlo , todo esto para manipular la venta de las acciones y permitirse al señor March apoderarse de la sociedad .
Exposición de derecho por parte de Bélgica :
- La competencia de la corte se basa en el Tratado de conciliación firmado por Belgica en 1927.-Según lo que el mismo tratado establece el gobierno belga intento primero llegar a un arreglo de las diferencias por vía diplomática como se hizo notar en los hechos. -La demanda es admisible pues auque la Barcelona Traction sea de nacionalidad canadiense se ha demostrado que los intereses belgas son preponderantes según cifras proporcionadas en lo hechos. Es fundado en doctrina y en derecho internacional que los estados tienen la obligación en su territorio de proteger los bienes y las personas de otro y en este caso Barcelona traction no solo no recibió esa protección sino que debe su quiebra a las acciones del gobierno español que secundaron la voluntad del Señor March de hacerse con la compañía como ya se demostró en los hechos pero para fortalecer esta argumentación se hace notar que la compañía ejercio mas de quinientas acciones en diez años que fueran con maniobras rechazadas. Es importante destacar que aun suponiendo sin concerder que los operarios judiciales hubieran aplicado correctamente la ley eso querría decir que la ley no puede proteger los interés nacionales de otro estado contra gente sin escrupulos y ese mismo hecho ya seria generador de responsabilidad internacional .
-Además , sumado a todo lo ya dicho , los tribunales españoles se arrogaron competencia para conocer y juzgar con efectos sobre bienes y personas que incluso se encuentran fuera de España pues la compañía no poseía en España ni sucursal ni ningún tipo de vienen el territorio de ese país . .
-La jurisprudencia internacional marca muchos precedentes donde se ha declarado responsable
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