Bases Legales
Enviado por gabymendozaaaa • 11 de Abril de 2015 • 2.228 Palabras (9 Páginas) • 376 Visitas
Bases Legales
Las bases legales de la investigación están constituidas por el conjunto de
documentos de naturaleza legal que sirven de testimonio referencial y de soporte
a la investigación a realizarse.
Según Villafranca D. (2002) “Las bases legales no son mas que leyes que
sustentan de forma legal el desarrollo del proyecto, es decir, son leyes,
reglamentos y normas necesarias en algunas investigaciones cuyo tema asi lo
amerite”.
La Educación en base a la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela es el origen del desarrollo y proceso en el que una persona se ve
influenciada a desarrollar y cultivar aptitudes, conocimientos, hábitos y conductas
y así lograr un proceso de socialización para enfrentarse positivamente a un medio
social e integrarse al mismo y lograr un máximo desarrollo en su personalidad.
Las bases legales de esta investigación se encuentran representadas, en
primer lugar, en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (2000),
donde se destacan los siguientes articulos:
- Artículo 102.
La educación es un derecho humano y un deber social fundamental, es
democrática, gratuita y obligatoria. El Estado la asumirá como función indeclinable
y de máximo interés en todos sus niveles y modalidades, y como instrumento del
conocimiento científico, humanístico y tecnológico al servicio de la sociedad. La
educación es un servicio público y está fundamentado en el respeto a todas las
corrientes del pensamiento, con la finalidad de desarrollar el potencial creativo de
cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad en una sociedad
democrática basada en la valoración ética del trabajo y en la participación activa,
consciente y solidaria en los procesos de transformación social consustanciados
con los valores de la identidad nacional, y con una visión latinoamericana y
universal. El Estado, con la participación de las familias y la sociedad, promoverá
el proceso de educación ciudadana de acuerdo con los principios contenidos de
esta Constitución y en la ley.
Este artículo corresponde los derechos culturales y educativos de los
ciudadanos y ciudadanas venezolanos, es decir, comprende que es uno de los
mandatos constitucionales más importantes de nuestra carta magna. Asi pues, la
educación se plantea entonces, como una necesidad personal, un bien público, un
derecho permanente e irrenunciable. Además esta es un derecho que el estado
garantiza, simplemente por ser ciudadano, completamente obligatorio, respetando
las diferentes creencias fomentadas en el hogar, con la finalidad de valerse como
individuo en una sociedad democrática y contribuir de manera unánime en ella,
todo esto conforme a lo que determina la ley en la Constitución.
-Artículo 103.
Toda persona tiene derecho a una educación integral, de calidad,
permanente, en igualdad de condiciones y oportunidades, sin más limitaciones
que las derivadas de sus aptitudes, vocación y aspiraciones. La educación es
obligatoria en todos sus niveles, desde el maternal hasta el nivel medio
diversificado. La impartida en las instituciones del Estado es gratuita hasta el
pregrado universitario. A tal fin, el Estado realizará una inversión prioritaria, de
conformidad con las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas.
El Estado creará y sostendrá instituciones y servicios suficientemente dotados
para asegurar el acceso, permanencia y culminación en el sistema educativo. La
ley garantizará igual atención a las personas con necesidades especiales o con
discapacidad y a quienes se encuentren privados o privadas de su libertad o
carezcan de condiciones básicas para su incorporación y permanencia en el
sistema educativo.
En resumen, la educación sigue siendo un derecho que nos da el estado,
de óptimas condiciones e igualdad, por lo que el estado iniciara diversas
instituciones donde se garantiza el proceso de educación; al igual que, esta
dirigida a las personas con discapacidades, ya sea mentales o físicas, con el
proposito de la participacion de todos los ciudadanos al sistema educativo.
Otro de los fundamentos legales de la investigación, lo representa la Ley Orgánica
de Educacion, de donde se extraen los siguientes artículos:
-Artículo 3 (Principios y valores rectores en la educación).
La presente Ley establece como principios de la educación, la democracia
participativa y protagónica, la responsabilidad social, la igualdad entre todos los
ciudadanos y ciudadanas sin discriminaciones de ninguna índole, la formación
para la independencia, la libertad y la emancipación, la valoración y defensa de la
soberanía, la formación en una cultura para la paz, la justicia social, el respeto a
los derechos humanos, la práctica de la equidad y la inclusión; la sustentabilidad
del desarrollo, el derecho a la igualdad de género, el fortalecimiento de la
identidad nacional, la lealtad a la patria e integración latinoamericana y caribeña.
Se consideran como valores fundamentales: el respeto a la vida, el amor y la
fraternidad, la convivencia armónica en el marco de la solidaridad, la
corresponsabilidad, la cooperación, la tolerancia y la valoración del bien común, la
valoración social y ética del trabajo, el respeto a la diversidad propia de los
diferentes grupos humanos. Igualmente se establece que la educación es pública
y social, obligatoria, gratuita, de calidad, de carácter laico, integral, permanente,
con pertinencia social, creativa, artística, innovadora, crítica, pluricultural,
multiétnica, intercultural y plurilingüe.
Es decir, indica que en los principios sociales y educativos debe
predominar primeramente la democracia sin discriminación de ningún tipo, el
formarse para ser libre, y aprender a valorar y a defender nuestro propio territorio,
fomentar la paz, la justicia, el respeto por lo demás, la igualdad, e incorporar a las
personas. Considerando como valor principal el respeto a la vida, el amor, la
hermandad y la comprensión.
-Artículo 4 (Educación y cultura).
La educación como derecho humano y deber social fundamental orientada
al desarrollo
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