Bases Legales
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Bases Legales
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
Publicada en Gaceta Oficial del jueves 30 de diciembre de 1999, N° 36.860
Capítulo VII
De los Derechos Económicos
Artículo 118°
Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como Se reconoce el derecho de los trabajadores y trabajadoras, así como de la comunidad para desarrollar asociaciones de carácter social y participativo, como las cooperativas, cajas de ahorro, mutuales y otras formas asociativas. Estas asociaciones podrán desarrollar cualquier tipo de actividad económica, de conformidad con la ley. La ley reconocerá las especificidades de estas organizaciones, en especial, las relativas al acto cooperativo, al trabajo asociado y su carácter generador de beneficios colectivos. El Estado promoverá y protegerá estas asociaciones destinadas a mejorar la economía popular y alternativa.
Artículo 136°
El Poder Público se distribuye entre el Poder Municipal, el Poder Estadal y el Poder Nacional. El Poder Público Nacional se divide en Legislativo, Ejecutivo, Judicial, Ciudadano y Electoral.
Cada una de las ramas del Poder Público tiene sus funciones propias, pero los órganos a los que incumbe su ejercicio colaborarán entre sí en la realización de los fines del Estado.
Artículo 184°
La ley creará mecanismos abiertos y flexibles para que los Estados y los Municipios descentralicen y transfieran a las comunidades y grupos vecinales organizados los servicios que éstos gestionen previa demostración de su capacidad para prestarlos.
LEY DE LOS CONSEJOS COMUNALES
Gaceta Oficial N° 5.806 (extraordinaria) de fecha 10 de abril de 2006
Capítulo I
Disposiciones Generales
Artículo 1. Objeto. La presente Ley tiene por objeto crear, desarrollar y regular la conformación, integración, organización y funcionamiento de los consejos comunales; y su relación con los órganos del Estado, para la formulación, ejecución, control y evaluación de las políticas públicas.
Artículo 2. De los consejos comunales. Los consejos comunales en el marco constitucional de la democracia participativa y protagónica, son instancias de participación, articulación e integración entre las diversas organizaciones comunitarias, grupos sociales y los ciudadanos y ciudadanas, que permiten al pueblo organizado ejercer directamente la gestión de las políticas públicas y proyectos orientados a responder a las necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social.
Artículo 3. Principios. La organización, funcionamiento y acción de los consejos comunales se rige conforme a los principios de corresponsabilidad, cooperación, solidaridad, transparencia, rendición de cuentas, honestidad, eficacia, eficiencia, responsabilidad social, control social, equidad, justicia e igualdad social y de género.
Bases Teóricas
En los últimos años, en Venezuela se ha experimentado un importante proceso de transformación donde se convoca de forma permanente a la participación y la organización de la gente. Pero en no pocas ocasiones, y en diversas instancias, esto no pasa de ser un discurso. El mismo proceso de los Consejos Comunales viene siendo impulsado por una diversidad de actores, principalmente organismos públicos, que validan la importancia de hacer realidad el texto constitucional.
La corresponsabilidad social orienta la formulación de propuestas como las contenidas en el Artículo 184 de la Constitución de la República, que permiten la descentralización participativa. De este modo, se orientan adecuadamente las modalidades de descentralización de servicios, programas sociales o de atención a las comunidades.
Dentro de esta perspectiva, la relación descrita propiciaría experiencias de construcción de alianzas sociales orientadas a la lucha contra la pobreza y otros compromisos asumidos por los Estados en sus relaciones multilaterales, o en declaraciones vinculadas al tema de los derechos humanos. Por lo que, la modernización y mejoramiento de la Gestión Pública en el país se orienta a establecer un modelo gerencial basado en resultados, y al mismo tiempo generar las condiciones para el desarrollo de
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