Bases Legales
glenda25 de Mayo de 2014
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BASES LEGALES
Ley orgánica para la protección del niño, niña y adolescente, Art. 30 y 43; que destaca la importancia del derecho a un nivel de vida adecuado, a la información y atención en materia de salud y nutrición.
Hace referencia a los derechos de los niños y las niñas, en los aspectos de información, atención en salud y nutrición, en este sentido la formación de hábitos y estilos de vida saludables conforman un área prioritaria.
Ley Orgánica de Educación
Corresponsales de la educación (familias)
El artículo 17 dice que Las familias tienen el deber, el derecho y la responsabilidad en la orientación y formación en principios, valores, creencias, actitudes y hábitos en los niños, niñas, adolescentes, jóvenes, adultos y adultas, para cultivar respeto, amor, honestidad, tolerancia, reflexión, participación, independencia y aceptación.
Las familias tienen el deber y el derecho de formar al niño y la niña en su desarrollo integral, siendo así que juega un papel fundamental para la formación de valores, principios, creencias; son los principales orientadores en la adquisición de actitudes y hábitos de higiene.
ANTECEDENTES
Martín (2004), realiza su aporte con el tema “Hábitos de Higiene Personal y en la Escuela” en el cual resalta la enseñanza de los hábitos de presentación personal e higiene, es una necesidad educativa básica. La escuela tiene que ayudar al alumnado a crear su propio sistema de valores, tomar decisiones responsables, alcanzar un nivel adecuado de autonomía. Para conseguir esto es necesario: Un marco conceptual adecuado, una estructura metodológica acorde a un clima escolar adecuado.
Rivero y Ugueta (2009), realizaron la investigación de incidencia de ellos hábito de higiene personal para la conservación de una salud integral en los alumnos de la unidad educativa Luisa Castillo del Estado Vargas, cuyo objetivo general fue analizar los hábitos de higiene personal para la conservación de una salud integral en los estudiantes de esta institución su investigación es de campo no experimental, su metodología es descriptiva, los alumnos y alumnas de la antes señalada presentan hábitos de higiene, sin embargo se aprecia que un pequeño grupo no lo presentan lo que se quiere es el reforzamiento de los mismos, por los (as) docentes de esta institución le dan importancia fundamental a los hábitos de higiene personal que garantiza una salud integral en los alumnos y alumnas de la institución educativa
El Teorico:
Luis Beltran Prieto Figueroa
Fomenta el conocimiento y aplicación de medios de seguridad, higiene y alimentación que permitan prevenir situaciones de riesgo para preservar y conservar la salud integral.
Bandura, Más recientemente incorpora en su modelo de desarrollo y aprendizaje, el comportamiento, la persona y el entorno actuando en forma interactiva, lo que denomina un “determinismo recíproco”.
Su teoría que al principio la denominó”teoría del aprendizaje social” señala la relevancia de analizar los efectos de los medios de comunicación como mecanismo que orientan el modelaje social. Sostiene el investigador que los medios crean imágenes, representaciones, modelos de la realidad, que actúan sobre la persona, por lo que en consecuencia producen o modifican los procesos cognitivos y los comportamientos. Sin embargo, los cambios del medio ambiente social, puede variar el comportamiento.
La sección “C” del C.E.I Simoncito Campo Carabobo está integrada por para una matrícula de 25 niños (as), 9 niñas y 16 niños, mediante la observación en la jornada de higiene, al momento del espacio de alimentación en el desayuno y el almuerzo los niños demostraron ausencia del hábito de higiene antes y después de comer, como el lavarse las manos y de cepillarse los dientes,
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