Bloque Constituicionalidad
Enviado por Alfonso • 13 de Abril de 2015 • 1.290 Palabras (6 Páginas) • 1.794 Visitas
1. ¿Qué es el Bloque de Constitucionalidad?
El bloque de constitucionalidad hace referencia a aquellos tratados, convenios, recomendaciones, normas, principios que sin estar dentro del texto de la constitución hacen parte de la constitución y como tal deben ser tenidos en cuenta como directrices constitucionales por cuanto hacen parte integral de la constitución, y ayudan a la integración de las leyes de la misma.
Bloque de constitucionalidad es “un conjunto normativo que contiene disposiciones, principios o valores materialmente constitucionales, fuera del texto de la constitución documental.” Consiste en “asumir que existe un conjunto de normas que sin estar consagradas expresamente en la Constitución, hacen parte de ella por la decisión de un juez o por expresa disposición del constituyente.” En este sentido, estas normas son consideradas con rango constitucional y por lo tanto gozan de supremacía constitucional.
Se puede definir también como la doctrina utilizada para la interpretación constitucional, ya no solamente basándose en el texto de la Constitución, sino en otros elementos jurídicos que, en un momento dado la Constitución formal no contempla claramente y/o taxativamente, y a fin de evitar la emisión de una sentencia carente de razonamiento y sustento jurídico, o bien, para realzar o consolidar derechos que en la Constitución no están expresos o determinados, sino de manera tácita, es que esta doctrina viene a suplir esas necesidades del intérprete constitucional.
Acosta, L. J. (s.f.). el rincon del vago. Obtenido de http://html.rincondelvago.com/bloque-de-constitucionalidad.html
Fundacion Universitaria del Area Andina. (s.f.). Fundamentos constitucionales del derecho a la salud. 7.
GÓMEZ, M. L. (s.f.). maximo gris. Obtenido de http://maximogris.net/revista/?p=3373
2. Identificar y explicar las Acciones Constitucionales existentes en el Ordenamiento Colombiano para la salvaguarda de Derechos.
ACCIONES CONSTITUCIONALES
Son diferentes mecanismos de protección para los derechos e intereses jurídicos de la ciudadanía, por medio de los cuales, se les otorga una mayor participación social en defensa y representación de sus intereses particulares o comunitarios.
Bien puede diferenciarse entre aquellas cuya finalidad es la protección concreta de derechos fundamentales –tutela, hábeas corpus y hábeas data, de cumplimiento, populares y de grupo-, y aquellas cuyo objeto es la defensa del orden jurídico abstracto, vale decir, la acción de nulidad por inconstitucionalidad y la pérdida de investidura.
ACCIÓN DE TUTELA
Esta acción permite tutelar o pedir la protección de un derecho fundamental protegido por nuestra constitución, o que no se siga vulnerado este derecho. Puede ser iniciada por cualquier persona sea natural o jurídica. No hay límite de tiempo para su caducidad, lo único importante es que este en vigencia el acto administrativo o la ley. Sus pretensiones son que se cumpla la ley o el acto administrativo sobre el cual se ha iniciado la acción
HABEAS CORPUS
La Acción de Habeas Corpus se encarga de la protección de la libertad de una persona que haya sido privada de su libertad y cuando sus garantías legales o constitucionales se hayan vulnerado. También protege a quien haya sido detenido en forma prolongada de manera ilegal. Puede ser iniciada por cualquier persona que crea estar privado de su libertad ilegalmente. No tiene caducidad Mientras la persona se encuentra privada de la libertad y con ella se pretende la inmediata liberación del individuo.
HABEAS DATA
La acción de Habeas Data es la facultad que tiene todo ciudadano de conocer, actualizar y rectificar algún tipo de información personal que figure en una base de datos o en archivos bien sean de carácter público o privado. Puede ser iniciada por cualquier persona. No tiene caducidad mientras la persona esté en la base de datos de la cual desea ser borrada. Con ella se pretende Que se borre su nombre de dichas listas o de la base de datos
ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO
La Acción de Cumplimiento, que puede ser formulada por cualquier persona natural o jurídica, con la finalidad de que cualquier autoridad pública o un particular cumplan con una disposición normativa o un acto administrativo.
ACCIONES POPULARES
La Acción Popular tiene por objeto la protección de los derechos e intereses colectivos de una comunidad en caso de que una autoridad pública o un particular ocasionen un daño o amenacen con causarlo
ACCIONES DE GRUPO
La Acción de Grupo es un mecanismo
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