ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Boletin dih


Enviado por   •  9 de Septiembre de 2015  •  Apuntes  •  1.940 Palabras (8 Páginas)  •  152 Visitas

Página 1 de 8

Boletín del Secretario General Cumplimiento del Derecho Internacional Humanitario por fuerzas de las Naciones Unidas El Secretario General, con el propósito de establecer los principios y reglas fundamentales del Derecho Internacional Humanitario aplicables a las fuerzas de las Naciones Unidas conduciendo operación bajo el comando y control de las Naciones Unidas, promulga lo siguiente: Sección 1 Campo de aplicación 1.1 Los principios y reglas fundamentales establecidos en el presenten boletín son aplicables a las fuerzas de las Naciones Unidas cuando en situaciones de conflicto armado estas están activamente comprometidas en la misma como combatientes, por la extensión y por la duración de su compromiso. Son consecuentemente aplicables en acciones de imposición de paz, o en operaciones de mantenimiento de paz cuando el uso de fuerza es permitido en defensa propia. 1.2 La promulgación de esta boletín no afecta el estatus protegido de los miembros de las operaciones de mantenimiento de paz bajo la Convención de 1994 sobre la Seguridad del Personal de las Naciones Unidas y Asociados o su estatus como no combatientes, mientras, tengan derecho a la protección dada a los civiles bajo el Derecho Internacional Humanitario de conflictos armados. Sección 2 Aplicación de la ley nacional La presente provisión no constituye una lista exhaustiva de los principios y reglas del Derecho Internacional Humanitario que comprometen al personal militar, y no detrimento la aplicación de lo mismo, no reemplazan las leyes nacionales bajo las cuales el personal militar continúa comprometido a través de la operación. Sección 3 Acuerdo sobre el estatus de fuerza En el acuerdo sobre el estatus de las fuerzas concluido entre las Naciones Unidas y un Estado en cuyo territorio es desplegada una fuerza de las Naciones Unidas, las Naciones Unidas se comprometen a asegurar que la fuerza conducirá sus operaciones con un completo respeto por los principios y reglas de las convenciones generales aplicables a la conducta del personal militar. Las Naciones Unidas también se comprometen a asegurar que los miembros del personal militar de las fuerza tienen bien adquiridos los principios y reglas de esos instrumentos internacionales. La obligación de respetar los dichos principios y reglas es aplicable a las fuerzas de las Naciones Unidas incluso en la ausencia de un acuerdo sobre el estatus de las fuerzas.

Sección 4 Violaciones del Derecho Internacional Humanitario En caso de violaciones al Derecho Internacional Humanitario, los miembros del personal militar de las fuerzas de las Naciones Unidad serán sujetos a procesamiento en sus cortes nacionales. Sección 5 Protección de la población civil 5.1 Las fuerzas de las Naciones Unidas harán una clara distinción en todo momento entre los civiles y los combatientes y entre los objetos civiles y los objetivos militares. Las operaciones militares serán dirigidas solamente en contra de combatientes y objetivos militares. Los ataques a civiles u objetos civiles esta prohibido. 5.2 Los civiles disfrutaran la protección brindada por esta sección, a menos y por el tiempo que tomen parte directa en las hostilidades. 5.3 Las fuerzas de las Naciones Unidas tomaran todas las precauciones posibles para evitar, y en cualquier evento minimizar, la perdida incidental de vida civil, lesión a los civiles o daño a la propiedad civil. 5.4 En su área de operación, Las fuerzas de las Naciones Unidas evitaran, en el limite de lo posible, colocar objetivos militares dentro o cerca de áreas densamente pobladas, y tomaran todas las precauciones necesarias para proteger a la población civil, individuos civiles y objetos civiles de los peligros resultantes de las operaciones militares. Las instalaciones y equipo militar de las operaciones de mantenimiento de paz, como tales, no serán considerados como objetivos militares. 5.5 The United Nations force is prohibited from launching operations of a nature likely to strike military objectives and civilians in an indiscriminate manner, as well as operations that may be expected to cause incidental loss of life among the civilian population or damage to civilian objects that would be excessive in relation to the concrete and direct military advantage anticipated. 5.6 Las fuerzas de las Naciones Unidas no cometerán represalias en contra de civiles ni en contra de objetos civiles. Sección 6 Medios y métodos de combate 6.1 El derecho de las fuerzas de las Naciones Unidas de escoger los métodos y medios de combate no están ilimitados. 6.2 Las fuerzas de las Naciones Unidas respetaran las reglas prohibiendo o restringiendo el uso de armas y métodos de combate bajo los instrumentos relevantes del Derecho Internacional Humanitario. Estos incluyen en particular, la prohibición del uso de gases asfixiantes, venenosos u otros, y los métodos biológicos de guerra las balas que explotan, se expanden o se aplanan fácilmente en el cuerpo humano; y ciertos proyectiles explosivos. El uso de ciertas armas convencionales, tales como fragmentos no detectables y minas antipersonales, trampa-bombas y armas incendiarias esta prohibido.

6.3 Las fuerzas de las Naciones Unidas tienen prohibidos usar métodos de guerra que puedan causar daño superfluo o sufrimiento innecesario, o que tengan como objetivo, o se espere que causen, un daño severo, extenso y de largo plazo al medio ambiente. 6.4 Las fuerzas de las Naciones Unidas tienen prohibido usar armas o métodos de combate cuya naturaleza sea el causar sufrimiento innecesario. 6.5 Esta prohibido ordenar que no hayan supervivientes. 6.6 Las fuerzas de las Naciones Unidas tienen prohibido atacar monumentos de artes, sitios arqueológicos, históricos o arquitectónicos, trabajos de arte, lugares de culto y museos y bibliotecas los cuales constituyan la herencia cultural o espiritual de los pueblos. En su área de operaciones las fuerzas de las Naciones Unidas no usaran tal propiedad cultural o sus alrededores inmediatos para propósitos que puedan exponerlas a destrucción o daño. Robo, pillaje, apropiación indebida o cualquier acto de vandalismo dirigido en contra de la propiedad cultural es estrictamente prohibido. 6.7 Las fuerzas de las Naciones Unidas tienen prohibido atacar, destruir, remover, dejar inútil los objeto indispensables para la supervivencia de la población civil, tal como comida, cultivos, ganado e instalaciones de agua potable y provisiones. 6.8 Las fuerzas de las Naciones Unidas no harán a instalaciones que contengan fuerzas peligrosas, ejemplo presas, diques y estación generadoras eléctricas nucleares, el objeto de operaciones militares si tales operaciones pueden causar la liberación de fuerzas peligrosas y consecuentes perdidas severas entre la población civil. 6.9 Las fuerzas de las Naciones Unidas no cometerán represalias en contra de los objetos y las instalaciones protegidos bajo esta sección. Sección 7 Tratamiento de civiles y personas durante hors de combat 7.1 Las personas que no toman parte en las operaciones militares incluyendo civiles, miembros de las fuerzas armadas que han bajado sus armas y personas colocadas hors de combat por razones de enfermedad, heridas o detención serán en toda circunstancia tratadas humanamente y sin ninguna distinción adversa basada en raza, sexo, convicción religiosa, o cualquier otro fundamente. Se les dará completo respeto por su persona, honor y convicciones religiosas u otras. 7.2 Los siguientes actos en contra de cualquiera de las personas mencionadas en la sección 7.1 están prohibidos en cualquier momento y en cualquier lugar: violencia en contra de su vida o integridad física; asesinato, trato cruel como tortura, mutilación o cualquier forma de castigo corporal; castigo colectivo; represalias; tomar rehenes; violación; prostitución obligada; cualquier forma de asalto sexual y humillación y trato degradante; esclavitud, y pillaje. 7.3 Las mujeres serán especialmente protegidas en contra de cualquier ataque, en particular violación, prostitución obligada y cualquier otra forma de asalto indecente. 7.4 Los niños serán objeto de un respeto especial y serán protegidos en contra de cualquier forma de asalto indecente.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (12 Kb) pdf (46 Kb) docx (13 Kb)
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com