Bono De Prenda
Enviado por kellhy717 • 22 de Marzo de 2013 • 307 Palabras (2 Páginas) • 377 Visitas
CERTIFICADO DE DEPÓSITO Y BONO DE PRENDA
CONCEPTO Y NATURALEZA JURIDICA DEL CERTIFICADO DE DOPOSITO YDEL BONO DE PRENDACONCEPTO
1. El Certificado de Depósito es un título de crédito emitido por los AlmacenesGenerales de Depósito y acredita la propiedad de mercancías o bienes depositados en elalmacén que emite el título.
2. El Bono de Prenda es un título de crédito que comprueba la constitución de un crédito prendario sobre las mercancías o bienes indicados en el certificado de depósitocorrespondiente.El certificado de depósito acredita la propiedad de las mercancías o los bienesdepositados en el almacén general de depósito que lo emite; por su parte el títuloaccesorio del certificado, denominado bono de prenda, acredita la existencia de uncrédito prendario constituido sobre las mercancías o los bienes indicados en elcertificado depósito al que esté adherido (art. 229, LGTOC).El legítimo tenedor del certificado depósito y sus bonos de prenda ejerce dominio sobrela mercancía o bienes depositados, los cuales pueda recoger en cualquier tiempo contrala entrega del certificado y los bonos correspondientes (incorporación), siempre que le pague el almacén y al fisco la renta y demás costos del almacenaje, así como losimpuestos correspondientes (art. 239, LGTOC), respectivamente.
En este título, seaplica de forma directa, la regla según la cual la reivindicación de las mercancíasrepresentadas en un certificado sólo podrá hacerse mediante la reivindicación del propiotítulo; por ello, el embargo o secuestro la mercancía no surte efectos si no comprende altítulo mismo.
El certificado de depósito y su accesorio, el bono de prenda, se crean: con el objeto deque el depositante pueda vender o colocar una mercancía que obra en un almacén sinnecesidad de retirarla, y con el fin accesorio de poderla dar como prenda, también sintener que desplazarla. A diferencia el certificado, que crea una relación almacén-depositante, el bono crea una relación depositante-acreedor. De ésta distinción secoligen las diferencias fundamentales del título principal y del accesorio
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