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Enviado por karencortesm • 6 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 2.320 Palabras (10 Páginas) • 183 Visitas
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- Contrato de trabajo: El Contrato es un acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa y diremos que es laboral, cuando además de los elementos de cualquier contrato (capacidad de las partes para contratar, consentimiento, causa lícita, objeto lícito), concurran los elementos esenciales de que trata el artículo 23 del Código Sustantivo del Trabajo.
- Contrato accidental o transitorio: El artículo 6° del Código Sustantivo del Trabajo define el contrato de trabajo ocasional, accidental o transitorio como aquel de corta duración, no mayor de un mes y que se refiere a labores distintas de las actividades normales del empleador.
http://www.gerencie.com
- Contrato de trabajo a término fijo: El contrato de trabajo a término fijo debe constar siempre por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años, pero es renovable indefinidamente.
- Contrato de trabajo a término indefinido: Se considera que existe un contrato de trabajo a término indefinido, cuando en él no se pactó un tiempo de duración, cuando no se pactó una fecha de terminación, es decir, no se definió en el contrato cuándo se terminaría, por tanto, no es posible determinar la fecha de terminación.
https://es.wikipedia.org/wiki
- Contrato de labor: El contrato de obra o labor termina cuando se termina la obra o labor que le dio origen.
- Trabajo extra o suplementario: El trabajo extra o trabajo suplementario como también se le conoce, se refiere a las horas de trabajo adicionales a la jornada laboral ordinaria pactada entre las partes.
- Periodo de prueba: El periodo de prueba está definido en el artículo 76 del Código Sustantivo del Trabajo, que señala:
“Período de prueba es la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del empleador, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo”.
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- Empleador: Persona natural o jurídica que contrata un servicio.
- Salario integral: El Salario integral es aquel salario en el que se considera que ya está incluido dentro del valor total del salario, además del trabajo ordinario, las prestaciones, recargos y beneficios tales como el correspondiente al trabajo nocturno, extraordinario, dominical y festivo, el de primas legales, extralegales, las cesantías y sus intereses, subsidios y suministros en especie; y en general, las que se incluyan en dicha estipulación.
Para que se pueda considerar un salario integral, este no puede ser inferior a 10 salarios mínimos legales.
- Salario a destajo: La característica peculiar del salario a destajo es la de ser un salario medido por un resultado que, a su vez, mide la cantidad de trabajo. Aquí, el criterio indirecto de medida del trabajo es el dado por el resultado, en el que se encuentra, según otra fórmula, igualmente estadística, la medida de la cantidad de trabajo que es normalmente necesario para conseguirlo.
En otras palabras, es la remuneración del resultado de alguna actividad o trabajo.
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- Salario por unidad de tiempo: este tipo de salario se establece de acuerdo a la duración de la prestación del servicio. Por ejemplo, por día, por mes, etc.
- Liquidación laboral: La liquidación del contrato de trabajo se realiza cuando el trabajador se desvincula definitivamente de la empresa, y en se liquidan todos los conceptos que el empleador le sale a deber al trabajador al momento de su retiro definitivo.
En la liquidación del contrato de trabajo se liquida también la respectiva indemnización por despido cuando la terminación del contrato haya sido por una causa que la ley, el contrato de trabajo o el reglamento interno no consideran justa para el despido.
- Prestación social: son los dineros adicionales al Salario que el empleador debe reconocer al trabajador vinculado mediante Contrato de trabajo por sus servicios prestados. Es el reconociendo a su aporte en la generación de ingresos y utilidad en la empresa o unidad económica.
- Cesantías: son una prestación social que contempla la legislación laboral colombiana que busca proteger de alguna forma al trabajador que queda “cesante”, es decir, aquel trabajador que queda desempleado o que simplemente se le termina el contrato de trabajo, lo cual no siempre implica que quede desempleado, pero la ley así lo ha supuesto.
- Caducidad: Extinción de un derecho por el transcurso del tiempo concedido para su ejercicio. También conocida como decadencia de derechos.
- Licitación: Sistema por el que se adjudica la realización de una obra o un servicio, generalmente de carácter público, a la persona o la empresa que ofrece las mejores condiciones.
www.wordreference.com/definicion/licitación
- Parafiscales: Toda empresa o unidad productiva que tenga trabajadores vinculados mediante Contrato de trabajo debe hacer un aporte equivalente al 9% de su Nómina por concepto de los llamados aportes parafiscales, los cuales se distribuirán de la siguiente forma: 4% para el subsidio familiar (Cajas de Compensación Familiar), 3% para el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y 2% para el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA).
http://www.gerencie.com/aportes-parafiscales.html
- Cuantía: Número de unidades, tamaño o porción de una cosa, especialmente cuando es indeterminado.
www.wordreference.com/definicion/cuantía
- Subordinación: Dependencia de una persona o una cosa respecto de otra o de otras, por las que está regida o a las que está sometida.
https://es.wikipedia.org/wiki/Subordinación
- Bonificaciones: Cantidad de dinero que se añade al sueldo o que se descuenta de un precio.
http://es.thefreedictionary.com/bonificaciones
- Indemnización por despido: La indemnización por despido, en el derecho laboral de muchos países, es el pago que el empleador debe dar al trabajador, en proporción a la cantidad de años que el segundo ha trabajado para el primero.
https://es.wikipedia.org/wiki/Indemnizaci%C3%B3n_por_despido
- Indemnización moratoria: La indemnización moratoria procede aun en los casos en que se discute la naturaleza del contrato que vincula al empleador con el trabajador, esto es, cuando se alega la existencia de un contrato de trabajo realidad, caso en el cual existe un contrato de servicios pero el trabajador alega que la relación en el fondo era laboral y no civil.
http://www.gerencie.com/indemnizacion-moratoria
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