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CARACTERISTICAS DE LAS MEDIDAS CAUTELARES:


Enviado por   •  16 de Marzo de 2014  •  366 Palabras (2 Páginas)  •  508 Visitas

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• Instrumentales: son instrumento o medio del proceso y por tanto accesorias a la causa principal en la cual se dictan; Explica Piero Calamandrei que las medidas cautelares no constituyen un fin en sí mismas, sino que sólo sirven para proteger, precaver o prevenir un fallo principal, de tal manera que son un instrumento del proceso para garantizar la eficacia y efectividad del proceso mismo. No es concebible en el moderno Estado Social de Derecho la posibilidad de medidas cautelares autónomas puesto que ello seria, al menos en nuestro país, indudablemente inconstitucional

• Provisionales: En principio las medidas cautelares cesan cuando se produce la sentencia que pone fin al proceso principal, es decir, tienen vidas mientras dura el proceso.

• Revocables: Las medidas cautelares pueden ser revocables en cualquier estado de la causa. Precisamente, dado el carácter temporal que éstas mantienen, se justifica su revocatoria ante una modificación de las circunstancias que fundamentaron su emisión. Así mismo, las medidas cautelares pueden ser revocadas por falta de impulso del recurrente principal, así el artículo 136 de la LOCSJ, párrafo único establece que «La falta de impulso procesal adecuado, por el solicitante de la suspensión, podrá dar lugar a la revocatoria de ésta, por contrario imperio».

• Accesorias: Son siempre accesorias al proceso principal. No pierden el carácter de accesoriedad ni siquiera en materia de Propiedad Industrial, donde se les admite antes de intentar la demanda.

• Idoneidad: Igualmente las medidas cautelares deben ser las más idóneas para salvaguardarla efectividad de la tutela judicial, pues si se conceden providencias que no garantizan los resultados del proceso, la tutela cautelar se verá frustrada en la medida en que no será idónea para la realización de esta.

• Necesidad: Las medidas cautelares que se concedan deben ser necesarias para la producción de perjuicios graves e irreparables, o de tal naturaleza que no pueden repararse por la sentencia que pongan fin al proceso principal. Esta característica se encuentra íntimamente vinculada con la urgencia que debe contener toda medida cautelar.

• Jurisdiccionalidad (operan dentro del proceso). Las medidas cautelares son disposiciones jurisdiccionales en aras de proteger o precaver que el fallo de un juicio principal quede infructuoso o ilusorio en su ejecución y, por otra parte, la efectividad del proceso jurisdiccional.

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