CASOS PRACTICOS
Enviado por mishelle12387 • 1 de Julio de 2014 • Práctica o problema • 397 Palabras (2 Páginas) • 577 Visitas
CASOS PRACTICOS:
Caso Práctico 1
El señor Federico Lanceloti Salas es una persona natural que obtiene su RUC 10429091816, en setiembre 2011, y desea acogerse al Régimen Especial del Impuesto a la Renta, para prestar servicios de transporte turístico de personas,
En dicho mes, cuenta con un total de adquisiciones por el valor de S/.6500 más IGV. Con respecto a sus ingresos por servicios de transporte turístico factura la cantidad de S/.13, 500 mas IGV. Se pide determinar cómo se debe de acoger al RER y pagar el IGV y el pago de impuesto a la renta para el periodo de Setiembre 2011.
Solución
Según el artículo 117º del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), pueden acogerse al Régimen Especial las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas, domiciliadas en el país, que obtengan renta de tercera categoría por actividades de servicio. En ese sentido, el artículo 118º de la LIR señala determinados topes de ingresos y de valor de activos, las actividades excluidas de dicho régimen, requisitos que son cumplidos por el señor Federico Lanceloti.
Ahora bien, un punto muy importante a tomar en cuenta en el acogimiento al Régimen Especial, es el prescrito en el artículo 119º de la LIR, es cual señala que el acogimiento se realizará únicamente con ocasión de la delegación y pago de la cuota que corresponde la periodo de inicio de actividades declarado en el RUC, y siempre que se efectúe dentro de la fecha de vencimiento.
En conclusión, para que se efectúe de manera concreta el acogimiento del señor Federico Lanceloti al Régimen Especial, deberá de presentar su DJ PDT 0621. IGV – Renta, dentro del plazo de vencimiento según el cronograma de obligaciones mensuales del periodo de setiembre y efectuar el pago correspondiente para que este recién acogido al Régimen Especial. Determinación de sus obligaciones tributarias
Asumir que cumple que el resto de requisito señalados en el artículo 118º del TUO de la Ley
del Impuesto a la Renta Ingresos por servicio de transporte turístico
Ventas 13,500.00
IGV 2,430.00
Total 15,930.00
Adquisiciones de bienes y servicios
Compras 6,500.00
IGV 1,170.00
Total 7,670.00
Determinación del IGV
IGV Ventas 2,430.00
IGV Compras 1,170.00
IGV a Pagar 1,260.00
Pago de Impuesto a la Renta
Ingresos Netos tasa Pago de RER
13,500.00 1.50% 202.50
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