COMERCIO INTERNACIONAL
Enviado por LUCHOFER • 10 de Diciembre de 2013 • 2.292 Palabras (10 Páginas) • 265 Visitas
COMERCIO TRANSFRONTERIZO DE SERVICIOS E INVERSIÓN
1. Ámbito de aplicación:
Este capítulo se aplica al marco regulatorio que afecta el comercio transfronterizo de
servicios que sean suministrados por proveedores de servicios de Colombia o Estados
Unidos. Se entiende por comercio transfronterizo de servicios, el suministro de un servicio
en alguna de las siguientes tres modalidades:
- Suministro transfronterizo: el servicio es suministrado desde el territorio de una de
las partes al territorio de la otra parte. Por ejemplo, cuando un ingeniero colombiano
envía un software a Estados Unidos a través de correo electrónico.
- Consumo en el extranjero: el servicio es suministrado en el territorio del proveedor
por desplazamiento del consumidor. Por ejemplo, cuando un ciudadano
norteamericano se practica un procedimiento médico en Colombia (comúnmente
conocido como “turismo de salud”).
- Presencia de personas físicas: consiste en el desplazamiento de personas de un
Estado parte al territorio de otra parte para prestar un servicio. Por ejemplo, cuando un
profesor norteamericano dicta clases en una universidad colombiana.
Las disposiciones del Capítulo de Comercio Transfronterizo de Servicios no aplican a:
(i) La prestación de servicios financieros,
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(ii) Contratación pública,
(iii) Servicios aéreos (excepto servicios de reparación y mantenimiento de aeronaves y
servicios aéreos especializados),
(iv) Subsidios o donaciones, incluyendo garantías, préstamos y seguros que cuenten con
apoyo gubernamental;
(v) A los servicios suministrados en ejercicio de actividades gubernamentales y
(vi) Medidas migratorias, incluyendo la admisión o condiciones de admisión para la entrada
temporal.
2. Principios para la prestación de servicios transfronterizos:
El Capítulo contempla una serie de principios orientados a la no discriminación y la
reducción de distorsiones con el objetivo de propiciar condiciones de certidumbre y
transparencia para los prestadores de servicios transfronterizos. Los principales
compromisos son los siguientes:
a. Trato Nacional: Consiste en dar a los prestadores de servicios extranjeros un trato no
menos favorable que el que se da a los prestadores de servicios nacionales. Esto quiere
decir que un prestador colombiano de servicios que exporte sus servicios a Estados
Unidos deberá poder suministrar dichos servicios en condiciones “no menos favorables”
que las otorgadas a los prestadores de servicios de ese país. La misma condición aplica
en la situación inversa.
b. Trato de Nación Más Favorecida: Un prestador de servicios colombiano que exporte
sus servicios a Estados Unidos deberá poder suministrar dichos servicios en
condiciones “no menos favorables” que las otorgadas por ese país a prestadores de
servicios de terceros países.
c. Acceso a Mercados: Ni Colombia ni Estados Unidos podrán imponer restricciones que
establezcan límites al número de proveedores de servicios, al valor total de las
transacciones o activos de servicios, al número total de las operaciones de servicios o la
cantidad total de producción de servicios, o al número total de personas naturales que
puedan ser empleadas en un determinado sector de servicios o que un proveedor de
servicios pueda emplear y que sean necesarias para el suministro de un servicio
específico. Tampoco se podrán restringir o exigir tipos específicos de persona jurídica o
de empresa conjunta para el suministro de servicios.
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d. Presencia Local: Ni Colombia ni Estados Unidos podrán exigir a los proveedores de
servicios de la otra nacionalidad establecer o mantener oficinas de representación, o ser
residentes como condición para el suministro transfronterizo de un servicio.
3. Excepciones a los principios para la prestación de servicios transfronterizos:
medidas disconformes:
Las medidas del gobierno central o regional que se excluyen de las cuatro disciplinas
citadas en el acápite anterior se denominan medidas disconformes. Dependiendo del
alcance de la excepción, se encuentra en las listas de los Anexos 1 y 2.
- Anexo 1: Contiene las medidas legales relativas a un sector, arte, profesión u oficio que
no se ciñen a las disciplinas del capítulo y estaban vigentes al momento de suscribir el
TLC. A continuación se listan algunos ejemplos de las medidas que se reservó
Colombia:
Disciplina
Excepción
Trato Nacional
Solamente los nacionales colombianos podrán ejercer la pesca
artesanal.
Acceso a
Mercados
Para obtener una concesión para un canal nacional de
operación privada que suministre servicios de televisión abierta,
una persona jurídica debe estar organizada como sociedad
anónima.
Presencial Local
Para suministrar servicios directamente relacionados con la
exploración y explotación de minerales e hidrocarburos en
Colombia, cualquier persona jurídica constituida bajo las leyes
de otro país, deberá establecer una sucursal, filial o subsidiaria
en Colombia.
- Anexo 2: Contiene reservas generales o sectores particulares que no se someten a
todas o alguna disciplina del TLC. Dentro de los sectores que Colombia se reservó se
encuentran los servicios de salud y servicios profesionales relacionados con la salud, los
servicios de educación pública, servicios relacionados con el medio ambiente, así como
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todos los servicios relacionados con la seguridad social y la readaptación social de
nuestros nacionales.
4. Oportunidades para la prestación de servicios profesionales en Estados Unidos:
Bajo el TLC con Estados Unidos se entiende por servicios profesionales aquellos que “para
su prestación requieren educación superior especializada, y cuyo ejercicio es autorizado o
restringido por una Parte” 1
Como parte de los compromisos específicos del TLC, se acordó la creación de un Grupo de
Trabajo sobe Servicios Profesionales que permitirá trabajar en el desarrollo de estándares
de licenciamiento y certificación de proveedores
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